Gestionar brevemente una sociedad de responsabilidad limitada. Estructura de los órganos de dirección de una LLC con uno o más fundadores. Asamblea general de participantes de LLC

Continuamos la publicación de la versión de revista del libro de M.Yu. Tikhomirov "Sociedad de responsabilidad limitada: una guía práctica para la aplicación de la ley en la nueva edición"<*>. El autor explica sistemáticamente el procedimiento para aplicar la nueva edición de la Ley "Sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada", establecida por las leyes federales que entraron en vigor desde mayo de 2008 hasta enero de 2010. Un análisis comparativo de las nuevas disposiciones de la Ley con la edición de Se llevan a cabo las normas legales anteriores y se dan recomendaciones prácticas. Este número analiza las cuestiones de organización de la gestión empresarial.

<*>Tikhomirov M.Yu. Sociedad de responsabilidad limitada: una guía práctica para la aplicación de la ley en la nueva edición. M.: Editorial. Tikhomirova M.Yu., 2010.

Sistema de control

Los nombres de los órganos de dirección de las sociedades de responsabilidad limitada, los principios de su formación y sus actividades coinciden en gran medida con las normas correspondientes sobre los órganos de dirección de las sociedades anónimas, lo que se explica por la similitud de la naturaleza jurídica de estas sociedades. Al mismo tiempo, la posibilidad de reforzar en cierta medida los principios colectivos en los órganos de dirección de las sociedades de responsabilidad limitada, prevista por la Ley, bien puede aplicarse en estatutos específicos de sociedades comerciales de este tipo.

Los fundamentos para la organización de la gestión en una sociedad de responsabilidad limitada se establecen en el artículo 32 de la Ley, que actualmente se aplica según reformada por la Ley N° 312-FZ.

El órgano supremo de la empresa es la junta general de participantes. Puede ser secuencial o extraordinario.

Todos los participantes tienen derecho a asistir a la junta general, participar en la discusión de los puntos del orden del día y votar en la toma de decisiones. Son nulas las disposiciones de los estatutos o las decisiones de los órganos de la sociedad que limiten estos derechos de los participantes.

Cada participante tiene un número de votos en la junta general proporcional a su participación en el capital autorizado de la empresa, salvo los casos previstos por la Ley.

Los estatutos de la sociedad en el momento de su constitución o introduciéndole modificaciones por decisión de la junta general adoptada por unanimidad de todos los participantes podrán establecer un procedimiento diferente para determinar el número de sus votos. Las modificaciones y exclusiones de las disposiciones del estatuto que establecen dicho procedimiento se llevan a cabo mediante decisión de la junta general, adoptada por unanimidad de todos los participantes.

Así, al definir la estructura de los órganos de dirección de una sociedad de responsabilidad limitada, la Ley confiere las competencias del órgano supremo a la junta general. Esto se desprende de la propia naturaleza jurídica de una sociedad de responsabilidad limitada: dicha entidad jurídica se crea mediante el pago de las acciones de sus participantes, de las cuales se compone el capital autorizado. En consecuencia, cada uno de los participantes, cuyo número total no debe exceder de 50, tiene derecho a gestionar los asuntos de la empresa. Esto es precisamente lo que explica la norma imperativa de la Ley sobre la nulidad de cualesquiera disposiciones de los estatutos o decisiones de los órganos de la sociedad que limiten los derechos de los partícipes establecidos en el apartado 1 del art. 32 de la Ley.

Al mismo tiempo, al prever la oportunidad incondicional para cada uno de los participantes de la empresa de participar en la junta general, la Ley parte del hecho de que el peso de sus votos y su influencia en la formación de la decisión de la junta pueden ser diferentes. Parece bastante lógico que el número de votos de cada participante sea proporcional a su participación en el capital autorizado de la empresa.

Sin embargo, se debe prestar atención a la peculiaridad de una sociedad de responsabilidad limitada prevista por la Ley. Como saben, la Ley Federal N ° 208-FZ del 26 de diciembre de 1995 "Sobre Sociedades Anónimas" establece: cada acción ordinaria de la empresa proporciona al accionista - su propietario la misma cantidad de derechos (artículo 31). Esto predetermina el principio de determinar el número de votos de los accionistas al tomar decisiones en la junta general.

La ley, que establece el principio general para determinar el número de votos, permite a los participantes de una sociedad de responsabilidad limitada prever en los estatutos de la empresa un procedimiento diferente para determinar su número. La introducción de dicho procedimiento en el estatuto, así como su modificación y exclusión del estatuto, debe ser aceptada por unanimidad por todos los miembros de la empresa. El carácter dispositivo de esta norma jurídica puede considerarse como un paso definitivo del legislador hacia el fortalecimiento de los principios colectivos en la gestión.

Cuando el fundador de una empresa es una sola persona, ejerce la competencia de la empresa en forma de sus decisiones de gestión individuales.

Los estatutos de la empresa pueden prever la formación de un consejo de administración (consejo de supervisión). El procedimiento para la formación y las actividades de este órgano, así como el procedimiento para poner fin a los poderes de los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) y la competencia del presidente del consejo de administración (consejo de supervisión) están determinados por el carta.

Se requiere la creación de un consejo de administración (consejo de supervisión) en las sociedades anónimas en las que el número de propietarios de acciones con derecho a voto sea igual a 50 o superior a este número (artículo 64 de la Ley de Sociedades Anónimas).

La ley legalizó la posibilidad de crear un consejo de administración (consejo de supervisión) también en las sociedades de responsabilidad limitada. En muchos sentidos, el procedimiento para la formación y funciones del consejo de administración (consejo de supervisión) de una sociedad de responsabilidad limitada es similar al procedimiento para la formación y funciones de órganos similares en sociedades anónimas.

Como muestra la práctica de las sociedades anónimas, a veces se crean consejos de administración (consejos de supervisión) en empresas cuyo número de participantes es inferior a 50. Por lo tanto, existe experiencia en el funcionamiento de dichos consejos en empresas relativamente pequeñas. La necesidad de su creación vino dictada por la dispersión territorial de los participantes de la empresa y el deseo de resolver rápidamente cuestiones fundamentales de las actividades de la empresa que no eran competencia exclusiva de la junta general.

Los miembros del órgano ejecutivo colegiado de una sociedad de responsabilidad limitada no pueden constituir más de 1/4 de la composición del consejo de administración (consejo de supervisión). Una persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de una empresa no puede ser simultáneamente presidente del consejo de administración (consejo de supervisión).

Por decisión de la junta general de los participantes de la empresa, los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) durante el desempeño de sus funciones podrán recibir una remuneración y (o) un reembolso de los gastos asociados con el desempeño de estas funciones. Los importes de estas remuneraciones y compensaciones se establecen por decisión de la junta general de participantes.

De conformidad con la Ley N ° 312-FZ, los párrafos segundo y tercero del inciso 2 del art. 32 de la Ley, que anteriormente regulaba la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa. Actualmente, las relaciones pertinentes se regulan por las normas del nuevo apartado 2.1 de este artículo.

La competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa está determinada por sus estatutos de conformidad con la ley. El estatuto puede disponer que la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa incluya:

  • determinación de las principales direcciones de las actividades de la empresa;
  • formación de los órganos ejecutivos de la empresa y terminación anticipada de sus poderes, así como la adopción de una decisión sobre la transferencia de poderes del órgano ejecutivo único a una organización comercial o empresario individual (gerente), aprobación de dicho gerente y los términos del acuerdo con él;
  • fijar el monto de la remuneración y compensación dineraria del órgano ejecutivo único de la sociedad, de los miembros del órgano ejecutivo colegiado y del gerente;
  • tomar decisiones sobre la participación de la empresa en asociaciones y otras asociaciones de organizaciones comerciales;
  • nombramiento de una auditoría, aprobación del auditor y determinación del monto del pago por sus servicios;
  • aprobación o adopción de documentos que regulan la organización de las actividades de la empresa (documentos internos de la empresa);
  • creación de sucursales y apertura de oficinas de representación de la empresa;
  • resolver cuestiones de aprobación de operaciones en las que exista interés, en los casos previstos en el artículo 45 de la Ley;
  • resolver cuestiones de aprobación de transacciones importantes en los casos previstos en el artículo 46 de la Ley;
  • resolver cuestiones relacionadas con la preparación, convocatoria y celebración de una junta general de participantes de la empresa;
  • otras cuestiones previstas por la Ley, así como los estatutos de la empresa y que no sean de la competencia de la junta general de partícipes de la empresa o del órgano ejecutivo de la empresa.

Si una sociedad de responsabilidad limitada, de acuerdo con sus estatutos, forma un consejo de administración (consejo de supervisión), la competencia de este organismo debe establecerse en los estatutos de conformidad con los párrafos 1 a 11, cláusula 2.1 del art. 32 y demás disposiciones de la Ley. Así, la norma dispositiva sobre la posibilidad de constituir un consejo de administración (consejo de supervisión), en caso de implementarse, confiere carácter imperativo a lo dispuesto en los apartados 2.1 y 2.2 del art. 32 de la Ley.

Si la resolución de cuestiones relacionadas con la preparación, convocatoria y celebración de una junta general de participantes está asignada por el estatuto a la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión), el órgano ejecutivo de la empresa adquiere el derecho de exigir la participación. de una asamblea general extraordinaria de participantes.

Podrán participar en la junta general con derecho a voto consultivo los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión), la persona que ejerza las funciones del órgano ejecutivo único y los miembros del órgano ejecutivo colegiado que no sean miembros de la sociedad.

Lo dispuesto anteriormente en el apartado 3 del art. 32 de la Ley no sufrió cambios en 2008 - 2009. La conclusión sobre un cierto fortalecimiento de los principios colectivistas en las actividades de las sociedades de responsabilidad limitada se ve confirmada por la disposición de la Ley sobre la posibilidad de participación en la junta general de los participantes de dicha sociedad con derecho a voto consultivo de los miembros de la consejo de administración (consejo de supervisión) y representantes de órganos ejecutivos que no sean partícipes de la empresa.

La gestión de las actividades actuales de la empresa la realiza el órgano ejecutivo único o el órgano ejecutivo único y el órgano ejecutivo colegiado. Los órganos ejecutivos de la empresa rinden cuentas ante la junta general de participantes y el consejo de administración (consejo de supervisión) (cláusula 4 del artículo 32 de la Ley).

La ley no contiene reglas estrictas sobre el nombre del órgano ejecutivo, lo que permite a los participantes determinar de forma independiente el nombre de su órgano ejecutivo en los estatutos de la empresa. Para los órganos ejecutivos colegiados, los nombres más típicos son "consejo", "dirección", "dirección ejecutiva", para los órganos ejecutivos únicos: "director", "director ejecutivo", etc.

Se ha establecido la responsabilidad de los órganos ejecutivos ante la junta general y el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa (si este último está formado). Las formas de control de las actividades del órgano ejecutivo pueden ser diferentes y están reguladas tanto por los estatutos de la empresa como por sus documentos internos. Sin embargo, las medidas de influencia aplicadas a los miembros del órgano ejecutivo (en particular, el despido) están reguladas por la legislación laboral, principalmente por el Código del Trabajo de la Federación de Rusia.<1>.

<1>Ver: Comentario al Código del Trabajo de la Federación de Rusia / Ed. M.Yu. Tikhomirov. M.: Editorial Tikhomirov M.Yu, 2002 - 2006 (http://www.urkniga.ru).

Comparación de la ley, por ejemplo, con el Código Civil alemán<2>, cabe señalar: de conformidad con este reglamento, los miembros del consejo de administración pueden ser destituidos de su cargo en cualquier momento conservando su derecho a una remuneración fija. El estatuto puede disponer que el despido del cargo sólo se permita si existen motivos graves, en particular una violación grave de los deberes o la incapacidad para realizar negocios adecuadamente.

<2>Ley civil. M.: Centro Internacional para el Desarrollo Económico y Financiero, 1996. Parte 1.

Cláusula 5 del art. 32 de la Ley contiene una norma obligatoria que prohíbe la transferencia de derechos de voto por parte de un miembro del consejo de administración (consejo de supervisión), un miembro del órgano ejecutivo colegiado a otras personas, incluidos otros miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) , otros miembros del órgano colegiado de dirección de la empresa.

Esta disposición aparentemente indiscutible no necesitaría comentarios si la propia Ley (artículo 42) no previera el derecho de los participantes de la empresa a transferir los poderes del órgano ejecutivo único al gerente. El artículo 32 de la Ley establece que el derecho de voto no puede transferirse a nadie. El significado del artículo 42 es el derecho a transferir no poderes individuales, sino la competencia general del único órgano ejecutivo. Este derecho de transferencia deberá estar regulado por un acuerdo especial, siempre que tal posibilidad esté prevista en los estatutos de la empresa.

Los estatutos de la empresa pueden prever la formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor) de la empresa. En empresas con más de 15 participantes es obligatoria la formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor). También puede ser miembro de la comisión de auditoría (auditor) una persona que no sea miembro de la empresa.

Las funciones de la comisión de auditoría (auditor), si así lo prevén los estatutos de la empresa, pueden ser realizadas por un auditor aprobado por la junta general que no esté relacionado por intereses patrimoniales con la empresa, miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) , con la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la sociedad, los miembros del órgano ejecutivo colegiado y los partícipes.

Los miembros de la comisión de auditoría (auditor) no pueden ser miembros del consejo de administración (consejo de supervisión), persona que desempeñe las funciones del órgano ejecutivo único y miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa.

A diferencia de una JSC, en una sociedad de responsabilidad limitada, la formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor) es obligatoria solo si el número de sus participantes es superior a 15. Por lo tanto, las empresas con un número menor de participantes no están obligadas a formar este organismo de auditoría interna. Al mismo tiempo, los estatutos pueden prever la formación de un organismo de auditoría con un número menor de participantes.

Los principios de formación y actividades del organismo de auditoría tanto en JSC como en LLC son en muchos aspectos similares. En particular, la Ley de Sociedades Anónimas y la Ley coinciden casi literalmente con las disposiciones de que los miembros de la comisión de auditoría (auditor) de una empresa no pueden ser simultáneamente miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) y ocupar cargos en los órganos de dirección. de la compañia. Y esto es natural, ya que el control sobre las actividades económicas y financieras debe ejercerse independientemente de la forma organizativa y jurídica de la persona jurídica.

Asamblea general de participantes de la empresa.

Las normas sobre la competencia de la junta general de partícipes de la sociedad se establecen en el artículo 33 de la Ley.

La competencia de la junta general está determinada por los estatutos de la empresa de conformidad con la ley. Estas reglas del párrafo 1 del art. 33 son válidos en la edición anterior. Al reconocer el derecho de los participantes a participar directamente en la gestión de los asuntos de la empresa (artículo 8 de la Ley), la junta general es precisamente un órgano de dirección que tiene en cuenta los votos de cada uno de los participantes, incluso si, al decidir en un tema concreto, la empresa participante sigue siendo minoría.

La competencia de la junta general de participantes está determinada no sólo por los estatutos de una empresa en particular, sino también por la Ley que establece las normas pertinentes, con base en lo dispuesto en el artículo 91 del Código Civil de la Federación de Rusia. Por supuesto, los participantes de la sociedad tienen derecho a determinar de forma independiente qué temas considerarán en sus reuniones. Sin embargo, no tienen derecho a excluir del estatuto cuestiones que, según la Ley, deben ser resueltas únicamente por la junta general.

Esta última circunstancia sobre la competencia exclusiva de la junta general es importante porque los derechos de los participantes para gestionar los asuntos de la sociedad deben ser reales.

Desde el 1 de julio de 2009, el apartado 2 del art. 33 de la Ley, que contiene una lista de cuestiones que son competencia de la junta general, se aplica en una nueva edición (ver Ley N 312-FZ). Además, la Ley N ° 205-FZ complementó el inciso 13 del inciso 2 del art. 33 de la Ley con las palabras “o el estatuto de la empresa” y establece el último párrafo del apartado 2 de este artículo en la nueva redacción.

La competencia de la junta general de participantes de la empresa incluye:

  • determinar las principales direcciones de las actividades de la empresa, así como tomar decisiones sobre la participación en asociaciones y otras asociaciones de organizaciones comerciales;
  • cambiar los estatutos de la empresa, incluido el cambio del tamaño del capital autorizado;
  • formación de los órganos ejecutivos de la empresa y cese anticipado de sus poderes, así como la adopción de una decisión sobre la transferencia de poderes del órgano ejecutivo único a un gerente, la aprobación de dicho gerente y los términos del acuerdo con él , si el estatuto no incluye la resolución de estas cuestiones dentro de la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión);
  • elección y cese anticipado de poderes de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa;
  • aprobación de informes anuales y balances anuales;
  • tomar una decisión sobre la distribución del beneficio neto de la empresa entre los participantes de la empresa;
  • aprobación (aceptación) de documentos que regulan las actividades internas de la empresa (documentos internos);
  • tomar una decisión sobre la colocación de bonos y otros valores con calidad de emisión por parte de la empresa;
  • nombramiento de una auditoría, aprobación del auditor y determinación del monto del pago por sus servicios;
  • tomar una decisión sobre la reorganización o liquidación de la empresa;
  • nombramiento de una comisión de liquidación y aprobación de los balances de liquidación;
  • resolver otras cuestiones previstas por la Ley o los estatutos de la empresa.

La participación real en la gestión radica en el hecho de que la Ley define una lista de las cuestiones más fundamentales en la vida de la sociedad, que son consideradas exclusivamente por su órgano supremo, la junta general. Se indican en el último párrafo del apartado 2 del art. 33. Parte de ellos, previstos en los incisos 2, 5 a 7, 11 y 12 del apartado 2 del art. 33, etc., así como las cuestiones que son competencia exclusiva de la junta general de partícipes de conformidad con la Ley, no pueden ser atribuidas por el estatuto a la competencia de otros órganos de dirección de la empresa.

Sin embargo, simplemente enumerar las cuestiones que deben considerarse en la junta general no es suficiente para garantizar el derecho real de un participante de la empresa a participar en la gestión de sus asuntos. Por tanto, la Ley (último párrafo del apartado 2 del artículo 33) contiene otra disposición importante relativa a la inadmisibilidad de transferir cuestiones que son competencia exclusiva de la junta general a otros órganos de dirección. Se refiere al consejo de administración (consejo de supervisión), al órgano ejecutivo colegiado (si se forman estos órganos), así como al director general (director) de la empresa. Hay que tener en cuenta: la comisión de auditoría no es un órgano de gestión.

La ausencia de tal disposición podría llevar al hecho de que, como resultado de la delegación de poderes de la junta general a otros órganos de dirección, los participantes puedan encontrarse en una situación en la que realmente sean destituidos de la dirección de la empresa.

La competencia no exclusiva de la junta general incluye las especificadas en el apartado 2 del art. 33 cuestiones que el estatuto puede remitir a la competencia de otros órganos de dirección (se enumeran en los subpárrafos 1, 4, 8 - 10, 13, párrafo 2 de este artículo).

Los estatutos de la empresa son un documento puramente creativo. Desafortunadamente, en la práctica hay casos frecuentes en los que los participantes no critican el borrador de la sección del estatuto, que define las cuestiones consideradas por la junta general. En consecuencia, sobrecargar la competencia de la junta general con cuestiones secundarias que no sean de carácter fundamental puede afectar negativamente a su pronta resolución. Y viceversa: al determinar la competencia de la junta general, se deben tener en cuenta las características de una organización, empresa (complejo inmobiliario) específica y los intereses comunes de todos los participantes en la empresa. Para conocer el contenido de los estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada, consulte el art. 12 de la Ley.

Cuantas más competencias tenga la junta general, menor será el ámbito de competencia de otros órganos de dirección. En este sentido, es aconsejable encontrar un “medio dorado” que permita al consejo de administración (consejo de supervisión) y al director general (director) funcionar plenamente sin reducir su responsabilidad en la resolución de cuestiones relevantes de la gestión de la empresa.

Se mantiene vigente en su redacción anterior el artículo 34 de la Ley, que establece normas específicas para la celebración de la próxima junta general de partícipes de una sociedad de responsabilidad limitada. No existen tales normas en el Código Civil de la Federación de Rusia. Este artículo combina normas imperativas que establecen reglas obligatorias para una sociedad mercantil y normas dispositivas que remiten la resolución de determinadas cuestiones a la asamblea general de partícipes de la sociedad. Las relaciones que surgen en relación con la junta general anual de accionistas se regulan de la misma manera (artículo 47 de la Ley de Sociedades Anónimas).

La próxima junta general se celebra dentro de los plazos especificados en los estatutos de la empresa, pero al menos una vez al año. La próxima junta general es convocada por el órgano ejecutivo de la empresa.

El estatuto debe determinar la fecha de celebración de la próxima junta general, en la que se aprueban los resultados anuales de las actividades de la empresa. Dicha junta general deberá celebrarse no antes de dos meses ni después de cuatro meses después del final del ejercicio financiero.

El artículo 34 debe leerse en conjunto con otras normas establecidas por otros artículos del Capítulo IV de la Ley. Como ya se señaló, el estatus de la junta general de participantes (ordinaria y extraordinaria) como máximo órgano de la empresa está determinado por las reglas del artículo 32. La competencia de la junta general, incluidas las exclusivas, está regulada por el artículo 33. El procedimiento para convocar y celebrar una junta general y tomar decisiones está determinado por las normas de los artículos 36 a 38.

El derecho a participar en la gestión de los asuntos de la empresa en la forma establecida por la Ley y los estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada es uno de los derechos más importantes (fundamentales) de sus participantes (artículo 8 de la Ley). Por lo tanto, en la próxima junta general de participantes de LLC, todos sus participantes (sus representantes) tienen derecho a estar presentes con voto de calidad y participar en la discusión de los temas del orden del día. Son nulas las disposiciones de los estatutos o las decisiones de los órganos que limitan estos derechos de los participantes de la empresa, es decir son inválidos y no están sujetos a aplicación desde el momento en que se aprueba la carta, se le realizan las modificaciones apropiadas o se toman decisiones similares. Dichas disposiciones no conllevan consecuencias jurídicas y no crean, modifican ni terminan relaciones jurídicas.

Es obligatorio que la próxima junta general se celebre al menos una vez al año. La ley permite que dicha reunión se celebre con más frecuencia si los participantes de la LLC establecen las reglas apropiadas en los estatutos.

El derecho a convocar la próxima junta general de participantes de LLC, por regla general, pertenece al órgano ejecutivo de la empresa. Esta regla está formulada como norma obligatoria, sin embargo, en el caso previsto por la Ley y los estatutos de la empresa, las facultades correspondientes son ejercidas por el consejo de administración (consejo de supervisión) (cláusula 2.2 del artículo 32 de la Ley).

La ley no determina qué órgano ejecutivo de la empresa convoca la junta general: único o colegiado. Por tanto, en el caso de constitución en una sociedad además de un órgano ejecutivo colegiado único, esta cuestión debe quedar claramente resuelta en el estatuto.

La convocatoria de una junta general no es sólo un derecho, sino también una obligación del órgano ejecutivo (o del consejo de administración (consejo de supervisión), si se le han transferido las competencias pertinentes). Por tanto, cuando se acerque la fecha de su celebración, el órgano ejecutivo está obligado a notificarlo a todos los partícipes de la empresa a más tardar 30 días antes de la fecha de su celebración y tomar las demás acciones previstas en el artículo 36 de la Ley.

La fecha límite para la celebración de la junta general anual (en la que se aprueban los resultados anuales de las actividades de la empresa) debe establecerse en los estatutos de la LLC (para otros requisitos para los estatutos de la empresa, consulte el artículo 12 de la Ley). Esta regla es imperativa. Al mismo tiempo, en el apartado segundo del art. 34 de la Ley contiene una regla dispositiva: la fecha de la reunión se puede fijar dentro de un período de tiempo determinado, pero no antes de dos meses ni después de cuatro meses después del final del ejercicio financiero. La introducción de normas específicas sobre el calendario de la junta general anual depende de una serie de condiciones, en particular el volumen de actividades económicas y financieras de la empresa, su estructura (presencia de sucursales, oficinas de representación, otras unidades estructurales), la existencia de las relaciones de dependencia, la complejidad de los vínculos económicos, etc.

Para las sociedades anónimas, el momento de la reunión general anual también está determinado por los estatutos, pero dicha reunión debe celebrarse no antes de dos meses ni después de seis meses después del final del ejercicio financiero de la empresa (artículo 47 de la Ley de Sociedades Anónimas).

En la práctica nacional y extranjera, el término "ejercicio financiero" se utiliza para designar el período para el cual se preparan los informes anuales. Por ejemplo, en el Reino Unido hay dos fechas de cierre de ejercicio: el 31 de marzo y el 31 de diciembre. En Estados Unidos, para la gran mayoría de las empresas, el 31 de diciembre es el final del año fiscal, que corresponde al “año fiscal”.

La legislación de la Federación de Rusia sobre contabilidad opera con el concepto de "año de informe". Según el artículo 14 de la Ley Federal de 21 de noviembre de 1996 N 129-FZ “Sobre Contabilidad”<3>El año del informe para todas las organizaciones es el año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre inclusive.

<3>Noroeste de la RF. 1996. N 48. Arte. 5369; 1998. N 30. Arte. 3619; 2002. N 13. Arte. 1179; 2003. N 1. Arte. 2, 6; N 2. Arte. 160; N 22. Arte. 2066; N 27 (parte I). Arte. 2700; 2006. N 6. Arte. 636; N 45. Arte. 4635.

Se considera que el primer año de informe para las organizaciones de nueva creación es el período comprendido entre la fecha de su registro estatal y el 31 de diciembre del año correspondiente, y para las organizaciones creadas después del 1 de octubre, hasta el 31 de diciembre del año siguiente. Los datos sobre transacciones comerciales realizadas antes del registro estatal de organizaciones (por ejemplo, relacionadas con la formación de capital autorizado, compra de equipos, alquiler de locales, etc.) se incluyen en sus estados financieros para el primer año de informe. Los estados contables se preparan para el año del informe. Para la preparación de estados financieros, se considera como fecha de presentación el último día calendario del período sobre el que se informa. En consecuencia, para la preparación de estados financieros anuales, la fecha de presentación es el 31 de diciembre.

Las decisiones en la próxima junta general de participantes de la LLC se toman de acuerdo con las reglas establecidas por los artículos 37, 38 y otros de la Ley, así como en los estatutos de la sociedad correspondiente.

El artículo 35 de la Ley está dedicado a la junta general extraordinaria de partícipes de la sociedad. En 2008 - 2009 no se realizaron cambios en este artículo. Antes de que la Ley entrara en vigor, las normas sobre una junta general extraordinaria de una LLC no estaban reguladas por la legislación civil de la Federación de Rusia. Al mismo tiempo, el artículo 55 de la Ley de Sociedades Anónimas estableció normas similares sobre la junta general extraordinaria de accionistas.

De conformidad con el apartado 1 del art. 35 se celebra una junta general extraordinaria en los casos especificados en el estatuto, así como si su celebración es requerida por los intereses de la empresa y sus partícipes.

La asamblea general extraordinaria, al igual que la ordinaria, es el máximo órgano de la sociedad (artículo 32 de la Ley) y ejerce la competencia de la asamblea general establecida en el artículo 33 y otros de la Ley, así como en el estatuto de la compañía. Al mismo tiempo, no es aconsejable incluir dentro de la competencia de la junta general extraordinaria la consideración de cuestiones que es lógico considerar en la junta general anual (por ejemplo, sobre la aprobación de informes anuales y balances anuales, etc. .).

En los estatutos de la empresa correspondiente se debe establecer una lista específica de motivos para convocar y celebrar una junta general extraordinaria de una LLC (para conocer los requisitos para los estatutos, consulte el artículo 12 de la Ley). Además, la Ley (cláusula 1 del artículo 35) permite lo siguiente: si la celebración de una junta general extraordinaria es requerida por los intereses de la empresa o de sus participantes, la junta general extraordinaria se celebra en los demás casos. Por tanto, es imposible establecer en los estatutos de la empresa una lista cerrada (exhaustiva) de motivos para convocar y celebrar una junta general extraordinaria.

La iniciativa de convocatoria de una junta general extraordinaria podrá corresponder a las entidades enumeradas exhaustivamente en el primer párrafo del apartado 2 del art. 35 de la Ley. Una junta general extraordinaria es convocada por el órgano ejecutivo de la empresa por iniciativa suya a solicitud del consejo de administración (consejo de supervisión), la comisión de auditoría (auditor), el auditor, así como los miembros de la empresa que poseen en conjunto no menos más de 1/10 del número total de votos. Otras personas no tienen derecho a iniciar la convocatoria de una junta general extraordinaria.

La norma según la cual los participantes de la empresa que en conjunto poseen al menos 1/10 del número total de votos de los participantes tienen derecho a solicitar una junta general extraordinaria, en nuestra opinión, no puede interpretarse de manera amplia. Según la interpretación literal de esta regla, no se aplica al caso en que un participante de la LLC tiene el número especificado de votos. Encontraremos confirmación de esta conclusión, en particular, en el apartado 4 del art. 37 de la Ley: una reunión convocada por los participantes de la empresa es abierta por “uno de los participantes que convocó esta reunión”. Además, según el apartado 1 del art. 35 se celebra una reunión extraordinaria, en particular, en los casos en que los intereses de los partícipes de la empresa así lo requieran. Por lo tanto, los intereses de sólo uno de los participantes, incluso con 1/10 del número total de votos, no deben considerarse como base para la celebración de una junta general extraordinaria.

La regla explicada fue establecida por la Ley para garantizar los intereses de una minoría de participantes en la empresa y permite a sus participantes, cuyas acciones en el capital autorizado de dicha empresa comercial son relativamente pequeñas, participar realmente en la gestión. Ésta es una de las diferencias entre una LLC y una sociedad anónima, donde los intereses de los grandes inversores están más protegidos. A modo de comparación, podemos recordar: una cuestión similar en la legislación sobre acciones conjuntas de la Federación de Rusia se resuelve de manera diferente. La Ley de Sociedades Anónimas establece el derecho de los accionistas (accionistas) que posean al menos el 10% de las acciones con derecho a voto a exigir la convocatoria de una junta general de accionistas (Cláusula 1, artículo 55). En otras palabras, en una sociedad anónima, la junta general puede ser convocada por iniciativa de uno o varios accionistas que tengan un número suficiente de votos para tal fin.

La legislación extranjera sobre sociedades prevé la posibilidad de que los participantes en sociedades comerciales con un número de votos inferior al establecido por la ley exijan una junta general extraordinaria si esto es necesario en interés de su organización. Por ejemplo, según el art. 122 de la Ley de Accionistas alemana, el derecho a exigir la convocatoria de una junta general corresponde a los accionistas cuya participación en el capital fijo de la empresa sea al menos 1/20 del importe (5%) del tamaño de este capital, y por Según los estatutos de la empresa, el importe requerido de la participación total de los solicitantes en el capital fijo puede reducirse a menos del 5%. El derecho a exigir la convocatoria de una junta general extraordinaria también lo disfrutan, según el artículo 394 del Código de Comercio de la República de Polonia, los accionistas que representen al menos 1/10 del capital autorizado, aunque la cantidad especificada podrá reducirse en Los artículos de asociación.

La ley no permite la posibilidad de establecer en la carta menos de lo especificado en el apartado 2 del art. 35, el número de votos necesarios para que los participantes de la LLC tengan derecho a exigir la convocatoria de una reunión extraordinaria.

El órgano ejecutivo de la empresa está obligado, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de celebración de una junta general extraordinaria, a considerar esta solicitud y tomar una decisión sobre su celebración o rechazo. La decisión de rechazar puede ser tomada por el órgano ejecutivo de la empresa sólo si:

  • no se siguió el procedimiento establecido por la ley para la presentación de una solicitud de celebración de una junta general extraordinaria de partícipes de la empresa;
  • Ninguno de los temas propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa es de su competencia o no cumple con los requisitos de las leyes federales.

Si uno o más temas propuestos para su inclusión en el orden del día de una junta general extraordinaria no son de la competencia de la junta general o no cumplen con los requisitos de las leyes federales, estos temas no se incluyen en el orden del día.

Así, el derecho a tomar la decisión sobre la celebración de una junta general extraordinaria, por regla general, pertenece al órgano ejecutivo de la empresa (único o colegiado), dependiendo de la competencia a qué órgano ejecutivo le asigne este derecho el estatuto de la sociedad de responsabilidad limitada. Este derecho es al mismo tiempo responsabilidad del órgano ejecutivo. Si este organismo no decide convocar una junta general extraordinaria dentro del plazo establecido o decide negarse a celebrarla, el consejo de administración (consejo de supervisión), la comisión de auditoría (auditor), el auditor, los participantes que tener en conjunto no menos de 1/10 del número total de votos,

  • dependiendo de quién sea el propietario de la iniciativa para convocar a la correspondiente junta general extraordinaria (inciso 4 del artículo 35 de la Ley).

La ley no define claramente el contenido del requisito de convocar una junta general extraordinaria. Parece que debería incluir la redacción exacta de las cuestiones que se someterán a decisión en la junta extraordinaria, los motivos que llevaron a plantear estas cuestiones y una propuesta sobre la forma de la junta general extraordinaria iniciada, la fecha y la hora. de su tenencia. Al mismo tiempo, el requisito que emana de los participantes de la empresa también debe contener información sobre el tamaño de sus acciones en el capital autorizado de la LLC.

La solicitud de celebración de una junta general extraordinaria se envía al órgano ejecutivo de la sociedad autorizado para convocarla. La forma de celebración de una reunión extraordinaria (presencia conjunta o voto a distancia) se establece mediante decisión del órgano ejecutivo de acuerdo con la forma propuesta por el iniciador de la reunión. Tal requisito es considerado por el órgano ejecutivo dentro de los cinco días, y si dentro de este plazo no toma la decisión de convocar una junta general extraordinaria, se aplicarán las reglas establecidas en el párrafo 4 del art. 35 de la Ley.

En el apartado 2 del art. 35, la norma imperativa establece sólo dos causales para que el órgano ejecutivo tome la decisión de negarse a celebrar una junta general extraordinaria de partícipes de la empresa, las cuales no están sujetas a una interpretación amplia.

Dado que el párrafo 2 se refiere al cumplimiento de los temas que se incluirán en la agenda con los requisitos de las leyes federales, es inaceptable evaluar el cumplimiento de estos temas con los requisitos de los estatutos. En caso de negativa a incluir ciertos temas en la agenda de la reunión debido al incumplimiento de dichos temas con los requisitos de las leyes federales, es recomendable adjuntar un documento que contenga una evaluación pericial profesional de estos temas desde un punto de vista legal a la decisión de denegación. Esta puede ser la opinión del servicio jurídico o del asesor jurídico de la empresa, o la opinión de un abogado independiente. La competencia de la junta general de participantes de la empresa se determina de acuerdo con las normas de los artículos 32, 33, etc. de la Ley, así como los estatutos de la empresa.

De acuerdo con los criterios especificados, se toma la decisión de celebrar o negarse a celebrar una junta general extraordinaria. Se ha establecido una regla especial en el caso de que uno o más temas propuestos por el iniciador de una junta general extraordinaria para su inclusión en el orden del día no sean de la competencia de la junta general o no cumplan con los requisitos de las leyes federales. Estos temas no están incluidos en el orden del día, aunque el órgano ejecutivo de la empresa aún debe decidir sobre la celebración de una junta general extraordinaria.

El órgano ejecutivo de la empresa no tiene derecho a modificar la redacción de los asuntos propuestos para su inclusión en el orden del día de una junta general extraordinaria, ni a cambiar la forma propuesta de su celebración.

Junto con los temas propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa, el órgano ejecutivo, por iniciativa propia, tiene derecho a incluir temas adicionales en el mismo.

En consecuencia, la redacción de los asuntos propuestos para su inclusión en el orden del día de una junta general extraordinaria deberá mantenerse en la redacción propuesta por su correspondiente iniciador. La forma de celebración de una junta general extraordinaria propuesta por el iniciador de la junta (presencia conjunta o voto en ausencia) no se puede modificar. Sin embargo, el órgano ejecutivo de la empresa tiene derecho, además de los temas propuestos por el iniciador de la junta, a incluir cualquier tema adicional en el orden del día de la junta general extraordinaria por iniciativa propia. Sus temas se determinan únicamente a discreción del órgano que convoca la reunión extraordinaria.

En el apartado 3 del art. 35 de la Ley establece el plazo máximo durante el cual (a partir del día en que el órgano ejecutivo recibe la solicitud correspondiente) debe celebrarse una reunión. Si se decide celebrar una junta general extraordinaria, ésta deberá celebrarse a más tardar dentro de los 45 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud para su celebración.

El tema de consideración de una junta general extraordinaria suelen ser temas que están sujetos a pronta resolución, por lo que el plazo para su celebración es bastante estricto. El período especificado incluye el período de cinco días para tomar una decisión sobre la celebración de una reunión, establecido en el párrafo 2 del art. 35, así como los plazos previstos en el artículo 36 de la Ley.

Si, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud para la celebración de una junta general extraordinaria de participantes de la LLC, el órgano ejecutivo no tomó la decisión correspondiente o se negó a celebrarla, la convocatoria de la junta tiene derecho a realizarse. directamente por los órganos o personas que enviaron la solicitud necesaria al órgano ejecutivo. En este caso, deberán seguir las instrucciones del artículo 36 de la Ley, y el órgano ejecutivo de la empresa está obligado a proporcionar a los iniciadores una lista de los participantes de la empresa con sus direcciones.

Los gastos de preparación, convocatoria y celebración de dicha junta general podrán ser reembolsados ​​por decisión de la junta general a expensas de la empresa.

Si posteriormente los participantes de la empresa consideran necesario o apropiado convocar una junta general extraordinaria, la junta general extraordinaria o ordinaria tiene el derecho de decidir compensar al iniciador (iniciadores) de la convocatoria de la junta extraordinaria por los costos asociados con su preparación, convocatoria y tenencia. Esta compensación se realiza con cargo a los fondos propios de la empresa.

La junta general también tiene el derecho de no aprobar las acciones del iniciador de una junta general extraordinaria, por ejemplo, en los casos en que los participantes de la empresa consideren que las cuestiones sometidas a consideración no son importantes para las actividades de la empresa o su decisión no pudo ser resuelto con prontitud, pero en la próxima junta general. En estos casos, los gastos de celebración de una junta general extraordinaria de partícipes de la sociedad no podrán ser reembolsados ​​a los órganos o personas que solicitaron su celebración.

El procedimiento para convocar una junta general de participantes de la empresa está determinado en detalle por el artículo 36 de la Ley. Este artículo en 2008 - 2009 en general no cambió, con excepción del párrafo 3, que, a partir del 1 de julio de 2009, está vigente modificado por la Ley N 312-FZ. Normas similares figuran, por ejemplo, en los artículos 52, 53, etc. de la Ley de sociedades anónimas.

Las reglas del artículo 36 de la Ley se aplican igualmente al procedimiento para convocar la junta general ordinaria (artículo 34) y extraordinaria de los participantes de la LLC (artículo 35). La mayoría de las normas contenidas en este artículo son imperativas, pero también contiene normas dispositivos.

El órgano o las personas convocantes de la junta general están obligados a notificarlo a cada participante de la empresa a más tardar 30 días antes de su celebración por correo certificado a la dirección indicada en la lista de participantes de la empresa, o de otra forma prevista. por la carta.

El organismo o las personas que tienen los derechos y obligaciones asociados con la convocatoria de una junta general de participantes de la LLC pueden ser un órgano ejecutivo único o colegiado, un gerente (si se le han transferido los poderes del órgano ejecutivo único), una junta directiva. (consejo de supervisión), una comisión de auditoría (auditor), un auditor, participantes que posean en conjunto al menos 1/10 del número total de votos.

La próxima junta general de participantes de la LLC es convocada por el órgano ejecutivo (artículo 34 de la Ley) o el gerente (artículo 42 de la Ley), si le han sido transferidos los poderes del órgano ejecutivo único de la empresa y los poderes. convocar la próxima reunión no están asignados por el estatuto a la competencia del órgano ejecutivo colegiado.

Lo mismo son sujetos del derecho a convocar una junta general extraordinaria de partícipes de la empresa, con excepción del caso previsto en el apartado 4 del art. 35 de la Ley, cuando la Ley transfiere los poderes para convocar dicha reunión a su correspondiente iniciador: el consejo de administración (consejo de supervisión), la comisión de auditoría (auditor), el auditor, los participantes que posean en total no menos de 1/ 10 del total de votos.

En el apartado 1 del art. 36 de la Ley establece imperativamente la obligación de los titulares de la autoridad de convocar una junta general de participantes de la empresa para notificar personalmente a todos los participantes de la empresa sobre la reunión dentro del plazo especificado en este párrafo. A menos que los estatutos de la LLC prevean otro método para dicha notificación, se lleva a cabo de la manera especificada en este párrafo.

Cláusula 2 del art. 36 determina el contenido de la convocatoria de una junta general y establece las reglas para la formación de su orden del día.

La convocatoria deberá indicar la hora y lugar de celebración de la junta general, así como el orden del día propuesto.

Cualquier miembro de la empresa tiene derecho a hacer propuestas para incluir temas adicionales en el orden del día de la junta general a más tardar 15 días antes de su celebración. Se incluyen en el orden del día los asuntos adicionales, con excepción de aquellos que no sean de la competencia de la junta general o no cumplan con los requisitos de las leyes federales.

Todos los participantes tienen derecho a hacer propuestas para la inclusión de temas adicionales en el orden del día de la junta general, independientemente del número de votos que tengan. La condición principal aquí es el cumplimiento del plazo de 15 días establecido en esta norma antes de la fecha de la correspondiente junta general.

Las cuestiones adicionales propuestas por los participantes de la empresa deben incluirse en el orden del día de la junta general convocada de los participantes de la empresa si se cumplen dos condiciones: las propuestas pertinentes se han presentado (es decir, han sido conocidas por el organismo o las personas que convocan la reunión) a más tardar 15 días antes del día de la reunión de la junta general; cuestiones adicionales son competencia de la junta general y cumplen con los requisitos de las leyes federales.

Los asuntos adicionales propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general convocada, si se cumplen las condiciones anteriores, se incluyen en el orden del día de la junta exactamente en la redacción en la que fueron presentados por los participantes de la empresa. La ley prohíbe directamente al órgano o a las personas que convocan la junta general modificar la redacción de los puntos propuestos para el orden del día.

El órgano o las personas que convocan la junta general no tienen derecho a modificar la redacción de los temas adicionales propuestos para su inclusión en su orden del día.

Bajo los cambios en el orden del día de la junta general convocada, que se comentan en el apartado cuarto del inciso 2 del art. 36 de la Ley, en primer lugar, es necesario comprender los cambios asociados con la inclusión de temas adicionales en la agenda, como se discutió anteriormente. Además, el órgano o las personas que convoquen la junta, en los casos permitidos por la ley, podrán realizar otros cambios en el orden del día original de la junta general, por ejemplo, si esto se debe a la naturaleza del tema adicional incluido en el orden del día.

Si se realizan cambios en el orden del día inicial de la junta general convocada, el órgano o las personas que convocan la junta correspondiente están obligados a notificar estos cambios a todos los miembros de la empresa a más tardar 10 días antes de la fecha de convocatoria de la junta general. Aparentemente, en este caso, la palabra "notificar" significa la obligación del organismo o persona correspondiente de tener evidencia de haber enviado mensajes sobre cambios en la agenda, con fecha no posterior al período especificado. El método de dicha notificación puede determinarse en los estatutos de la empresa y, si los estatutos no establecen las reglas correspondientes, cada notificación se envía por correo certificado.

Al considerar las quejas de los participantes de la empresa sobre la negativa a satisfacer sus demandas de convocar una reunión extraordinaria o de incluir temas adicionales en el orden del día de la reunión, los tribunales deben tener en cuenta que la lista de motivos por los cuales se puede negar a un participante de la empresa satisfacer estos requisitos está contenido en los artículos 35 y 36 La ley es integral. Si la negativa a satisfacer tales demandas se basa en motivos no previstos por la ley, entonces el tribunal debe reconocerlo como ilegal y obligar a la empresa (junta directiva) a cumplir con los requisitos pertinentes del participante: convocar una junta general extraordinaria. , agregar temas adicionales al orden del día de la reunión (cláusula 21 de la Resolución No. 90/14).

En el apartado 3 del art. 36 de la Ley establece los requisitos de información y materiales que todos los miembros de la empresa deben recibir en preparación para la junta general, las reglas para su presentación y familiarización con la información contenida en ellos. Los cambios realizados en este párrafo por la Ley N ° 312-FZ se reducen al hecho de que en el primer párrafo de este párrafo las palabras “en los documentos constitutivos de la empresa o en los proyectos de documentos constitutivos” se reemplazan por las palabras “en los estatutos de la empresa o proyecto de estatuto.”

La información y los materiales que se deben proporcionar a los participantes de la empresa al preparar la junta general de participantes de la empresa incluyen el informe anual, las conclusiones de la comisión de auditoría (auditor) y del auditor con base en los resultados de la auditoría de los informes anuales y los balances anuales. , información sobre el candidato (candidatos) para los órganos ejecutivos, el consejo de administración (consejo de supervisión) y la comisión de auditoría (auditores), proyectos de modificaciones y adiciones al estatuto, o un nuevo proyecto de estatuto, borradores de documentos internos de la empresa, así como otra información (materiales) prevista en la carta.

En esta lista, establecida en el primer párrafo del inciso 3 del art. 36, se nombra información y materiales que deben, por un lado, considerarse mínimamente necesarios al celebrar una junta general ordinaria, por ejemplo una anual (los primeros tres tipos de materiales), y por el otro, como opcionales dependiendo de los temas incluidos en el orden del día de la próxima junta general extraordinaria de participantes de una sociedad de responsabilidad limitada (otros tipos de información y materiales y, si es necesario, los tres primeros tipos).

Si el estatuto no prevé un procedimiento diferente para familiarizar a los participantes de la empresa con la información y los materiales, el organismo o las personas que convocan la junta general están obligados a enviarles información y materiales junto con un aviso de la junta general, y en el caso de un cambio en la agenda, la información y los materiales relevantes se envían junto con el aviso sobre dicho cambio.

La información y los materiales especificados deben entregarse a todos los miembros de la empresa para su revisión en las instalaciones del órgano ejecutivo dentro de los 30 días anteriores a la junta general. La empresa está obligada, a petición de un participante, a proporcionarle copias de estos documentos. La tarifa cobrada por la empresa por proporcionar estas copias no puede exceder los costos de su producción.

El procedimiento para familiarizar a los participantes de la empresa con la información y materiales especificados en el primer párrafo del inciso 3 del art. 36 pueden estar definidos en los estatutos de la empresa. En caso contrario, se aplicarán las reglas formuladas en el párrafo segundo de esta cláusula.

La regla sobre familiarización de los participantes de LLC con materiales e información establecida en el párrafo tres del inciso 3 del art. 36 de la Ley significa que 30 días antes del inicio de la junta general y posteriormente hasta la fecha de su convocatoria, los materiales especificados y otra información deben ubicarse en las instalaciones del órgano ejecutivo de la empresa en un lugar accesible a todos los participantes. . Esta regla corresponde a lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley, que define las reglas generales para el almacenamiento de documentos de la empresa.

De conformidad con el apartado 4 del art. 36, el estatuto de la empresa podrá prever períodos más cortos que los especificados en este artículo. Esta regla dispositiva se aplica a todos los plazos especificados en el artículo. Aquí sólo se aplica una limitación: los plazos previstos en la carta no pueden ser superiores a los establecidos en el artículo 36 de la Ley.

El artículo 36 regula con gran detalle el procedimiento para convocar una junta general de participantes de la empresa. Si durante la preparación de una reunión se producen desviaciones de sus normas, la legalidad de la reunión sólo podrá establecerse si todos los participantes (representantes de los participantes) están registrados en dicha reunión.

El procedimiento para la celebración de una junta general está regulado por el artículo 37 de la Ley. Los cambios introducidos en este artículo por la Ley N ° 312-FZ se refieren únicamente a los párrafos 6 y 8, que están en vigor desde el 1 de julio de 2009 en una nueva edición.

El Código Civil de la Federación de Rusia no contiene normas sobre el procedimiento para la celebración de una junta general de participantes de LLC, lo que indica únicamente que la competencia de los órganos de gestión de dicha empresa comercial, así como el procedimiento para la toma de decisiones por parte de estos órganos, se determinan de conformidad con el Código Civil de la Federación de Rusia, la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y los estatutos de la empresa (cláusula 2 del artículo 91 del Código Civil de la Federación de Rusia). Al mismo tiempo, la naturaleza detallada de la regulación legal del procedimiento para la celebración de una junta general de participantes de LLC se adopta mediante la Ley de la legislación sobre acciones conjuntas de la Federación de Rusia (artículos 47, 49, 56 - 63 de la Ley de Sociedades Anónimas).

Según el apartado 1 del art. 37 la junta general se celebra en la forma establecida por la Ley, los estatutos de la empresa y sus documentos internos. En la medida en que no esté regulado por la Ley, los estatutos de la empresa y los documentos internos, el procedimiento para la celebración de una junta general se establece mediante decisión de la junta general de los participantes de la empresa.

El artículo 37 de la Ley establece un procedimiento uniforme para la celebración de juntas generales tanto ordinarias como extraordinarias de los participantes en una sociedad de responsabilidad limitada. De conformidad con el apartado 1 del art. 37, este procedimiento está regulado por la Ley, los estatutos de la empresa correspondiente y sus documentos internos (por ejemplo, el reglamento de la junta general de participantes de la LLC, el reglamento de la junta general, el reglamento sobre el procedimiento para la toma de decisiones de la junta general y las reglas para su ejecución, etc.).

Si durante la junta general resulta que las normas de la Ley y los documentos enumerados anteriormente no son suficientes para determinar algún aspecto procesal o de otro tipo, la propia junta general tiene derecho a resolver las cuestiones que surjan de acuerdo con las reglas que establezca. . Sólo es importante que estas reglas no contradigan las disposiciones pertinentes de la Ley, los estatutos y los documentos internos de la empresa.

Antes de la apertura de la junta general, se realiza el registro de los miembros de la empresa que llegan.

Los participantes tienen derecho a participar en la junta general personalmente o por medio de sus representantes. Los representantes de los participantes deben presentar documentos que confirmen su autoridad. Un poder otorgado a un representante debe contener información sobre el representado y el representante (nombre o designación, lugar de residencia o ubicación, datos del pasaporte) y estar redactado de acuerdo con los requisitos de los párrafos 4 y 5 del art. 185 del Código Civil de la Federación de Rusia o certificado por notario.

Un participante de la empresa no registrado (representante de un participante de la empresa) no tiene derecho a participar en la votación.

Así, el apartado 2 del art. 37 de la Ley establece una regla imperativa según la cual la inscripción de quienes asistan a la junta general es obligatoria. La inscripción siempre precede a la apertura de la junta general. Los participantes de la LLC deben partir de esta regla al desarrollar las disposiciones pertinentes de los estatutos y sus documentos internos. La falta de registro de un participante o su representante priva a la persona correspondiente del derecho a participar en la votación en la junta general.

La ley prevé directamente la posibilidad de participar en la junta general tanto personalmente como a través de un representante, sin limitar en modo alguno el derecho de elección de los partícipes de la empresa. Además, no les está prohibido, en caso necesario, sustituir a su representante y confiar el ejercicio de sus poderes en la junta general a un nuevo representante. En los estatutos y documentos internos de la empresa también es recomendable resolver estas cuestiones en el espíritu de regulación discrecional inherente a esta norma de la Ley.

Las relaciones de representación pueden basarse en un poder, una indicación de la ley o un acto de un organismo estatal autorizado o de un organismo de gobierno local. Según el apartado 2 del art. 182 del Código Civil de la Federación de Rusia no son representantes de personas que actúan, aunque en interés de otros, sino por cuenta propia (por ejemplo, intermediarios comerciales, administradores de quiebras, albaceas de herencia, etc.), así como personas autorizado a entablar negociaciones sobre el posible futuro de las transacciones.

Un poder es una autoridad escrita otorgada por una persona a otra para su representación ante terceros. La ley exige el cumplimiento de los apartados 4 y 5 del art. 185 del Código Civil de la Federación de Rusia al redactar un poder. Un poder emitido por un ciudadano miembro de una empresa puede ser certificado por la organización en la que trabaja o estudia, la organización de mantenimiento de viviendas en su lugar de residencia, la administración de un hospital hospitalario si el ciudadano está en tratamiento. allá. Un poder en nombre de una persona jurídica (participante de una sociedad de responsabilidad limitada) se emite firmado por su director u otra persona autorizada para ello por sus documentos constitutivos, con el sello de esta organización adjunto.

Si por alguna razón el mandante no cumple con estas condiciones, el poder deberá otorgarse en forma notarial.

Cláusula 3 del art. 37 de la Ley contiene una indicación de la hora de apertura de la junta general: se abre a la hora especificada en la convocatoria de la junta general de participantes de la empresa o si todos los participantes de la empresa ya se han registrado anteriormente.

En consecuencia, siempre que todos los participantes de la empresa (sus representantes) hayan completado el procedimiento de registro (cláusula 2 del artículo 37), la junta general podrá abrirse en cualquier momento después de finalizar el registro hasta la hora especificada en la convocatoria. (sobre esta notificación ver Art. 36 de la Ley).

De conformidad con el apartado 4 del art. 37, la junta general es abierta por la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la sociedad, o por la persona que preside el órgano ejecutivo colegiado. Una asamblea general convocada por el consejo de administración (consejo de supervisión), la comisión de auditoría (auditor), el auditor o los participantes es abierta por el presidente del consejo de administración (consejo de supervisión), el presidente de la comisión de auditoría (auditor), el auditor o uno de los participantes que lo convocaron.

La siguiente junta general la abre la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único o la persona que preside el órgano ejecutivo colegiado de la empresa. Las reglas específicas al respecto se establecen en los estatutos y los documentos internos de la LLC correspondiente. Si las funciones del órgano ejecutivo único de la empresa de conformidad con el artículo 42 de la Ley se transfieren al gerente, la junta general es abierta por una persona que sea el gerente o el jefe de la organización de gestión (persona de confianza de la dirección organización). También se abre una asamblea general extraordinaria, convocada por iniciativa de su órgano ejecutivo.

Una junta general extraordinaria de participantes de LLC, convocada no por el ejecutivo, sino por otro organismo o personas especificadas en el párrafo 2 del art. 35, según las reglas del apartado 4 del art. 37 de la Ley es abierta por la persona que preside el órgano o habla en nombre de los participantes que convocó esta junta general (artículo 35 de la Ley), o por otra persona que convocó esta junta general (un auditor o auditor de la empresa) .

La persona que abre la junta general elige un presidente entre los participantes de la empresa. A menos que los estatutos de la empresa dispongan lo contrario, al votar sobre la elección de un presidente, cada participante en la junta general tiene un voto y la decisión sobre este tema se toma por mayoría de votos del número total de participantes con derecho a voto en esta junta general (Cláusula 5, Artículo 37 de la Ley).

El presidente es elegido únicamente entre los participantes de la LLC. Segunda frase del apartado 5 del art. 37 para la votación sobre la elección del presidente de la junta establece una excepción a la regla general de toma de decisiones por parte de los participantes, según la cual cada uno de ellos tiene un número de votos proporcional a su participación en el capital autorizado (artículo 32 de la Ley). Al elegir un presidente en una junta general, votan los participantes, no las acciones del capital autorizado. Sin embargo, la norma dispositiva de la Ley permite la posibilidad de estipular reglas en el estatuto social en comparación con las establecidas en él. Esto sólo se puede hacer en el estatuto y no en el documento interno correspondiente de la empresa.

El órgano ejecutivo organiza la redacción del acta de la junta general de los participantes de la empresa.

Las actas de todas las asambleas generales se archivan en un libro de actas, que debe estar a disposición de cualquier participante para su revisión en cualquier momento. A petición de los participantes, se les entregan extractos del libro de actas, certificados por el órgano ejecutivo.

Así, la obligación de organizar el mantenimiento del acta de la junta general ordinaria y extraordinaria de los partícipes de la empresa se encuentra en el inciso 6 del art. 37 de la Ley encomienda el órgano ejecutivo de la empresa. Si en una empresa existen simultáneamente dos tipos de órganos ejecutivos, el estatuto deberá determinar cuál de ellos (único o colegiado) es responsable de organizar el mantenimiento del acta de la junta general.

A diferencia de la legislación sobre acciones de la Federación de Rusia, que regula en detalle los requisitos para el contenido y las reglas para la redacción del acta de la junta general de accionistas (artículo 63 de la Ley de Sociedades Anónimas), la Ley deja la resolución de estos problemas a discreción de los participantes de la LLC. Como pauta, podemos recomendar utilizar las reglas de este artículo, teniendo en cuenta, por supuesto, las características de una LLC.

El acta de la junta general son documentos que tienen importancia jurídica. Por tanto, se debe tener mucho cuidado con su correcto registro y almacenamiento de acuerdo con las normas aceptadas en una determinada sociedad.

El acta de la junta general de los participantes de la LLC se encuentra entre los documentos sujetos a almacenamiento obligatorio (artículo 50 de la Ley) en la ubicación del único órgano ejecutivo de la empresa o en otro lugar accesible y conocido por todos sus participantes.

La Ley N ° 312-FZ complementó el párrafo 6 del art. 37 de la Ley en el párrafo tres, cuyas normas están diseñadas para garantizar una mayor conciencia de los participantes de la sociedad. A más tardar dentro de los 10 días siguientes a la redacción del acta de la junta general, el órgano ejecutivo u otra persona que haya llevado dicho acta está obligada a enviar una copia del acta de la junta general a todos los participantes de la empresa en la forma prescrita. para la convocatoria de la junta general.

No siempre todos los participantes (sus representantes) están presentes en las juntas generales. Por tanto, la aplicación de las normas anteriores permitirá informar con prontitud a los participantes que estuvieron ausentes en la reunión sobre las decisiones adoptadas por la junta general. Además de familiarizarse con las copias de las actas de las juntas generales, los participantes también tienen derecho a familiarizarse con los originales de estos documentos de acuerdo con las reglas del párrafo 4 del art. 50 de la Ley.

Para los casos en que alguno de sus participantes esté ausente de la junta general por un motivo u otro, se aplicará la norma imperativa establecida en el apartado 7 del art. 37 de la Ley: una junta general en la que al menos un participante (representante de un participante) de la empresa en cuestión está ausente tiene derecho a tomar decisiones únicamente sobre los puntos del orden del día conocidos por todos los participantes de esta empresa (a los que se abordaron las cuestiones pertinentes comunicado de conformidad con los apartados 1 y 2 del artículo 36 de la Ley).

Si todos los participantes están presentes en esta junta general, ésta tiene derecho a resolver cualquier problema, incluidos aquellos que no fueron comunicados a los participantes en la forma prescrita.

En el apartado 8 del art. 37 de la Ley establece reglas especiales y generales para la toma de decisiones de la junta general.

Decisiones sobre las cuestiones especificadas en el inciso 2 del inciso 2 del art. 33 de la Ley, así como en otras cuestiones determinadas por el estatuto de la sociedad, se adoptan por mayoría de al menos dos tercios de los votos del número total, a menos que sea necesario un mayor número de votos para hacerlo. una decisión no está prevista por la ley o los estatutos de la empresa.

Decisiones sobre las cuestiones especificadas en el inciso 11, apartado 2, art. 33 fueron adoptados por unanimidad.

Otras decisiones se toman por mayoría de votos, a menos que la ley o los estatutos de la empresa establezcan la necesidad de un mayor número de votos para tomar tales decisiones.

Así, por mayoría cualificada de al menos dos tercios de los votos, se toman decisiones para cambiar los estatutos de la empresa, incluido aumentar o disminuir el tamaño de su capital autorizado, así como sobre otras cuestiones importantes especificadas en los estatutos. , salvo en los casos en que la Ley o el estatuto para resolver las cuestiones pertinentes requieran un número mayor de votos. En el recuento se tienen en cuenta los votos de todos los miembros de la empresa, y no solo de los presentes en la junta general al tomar la decisión correspondiente.

En el segundo párrafo del inciso 8 de la Ley "Sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada", la Ley No. 312-FZ reemplaza las palabras "incisos 3 y" por la palabra "inciso". Por tanto, aquí se excluye el requisito de la adopción por unanimidad por parte de la junta general de decisiones sobre modificaciones del acuerdo constitutivo. Recordemos que el inciso 3 del inciso 2 del art. 33 de la Ley dejó de ser válida el 1 de julio de 2009, ya que a partir de esta fecha las sociedades de responsabilidad limitada no deben tener un convenio constitutivo como documento constitutivo (ver también el párrafo 5 del artículo 11 de la Ley).

Por lo tanto, en la actualidad, las decisiones sobre la reorganización o liquidación de la empresa las toman por unanimidad todos los participantes de la LLC. La ley no permite la posibilidad de prever en la carta otras reglas para la toma de decisiones sobre cuestiones que requieren unanimidad. Al mismo tiempo, se podrá ampliar en el estatuto la lista de cuestiones que requieren una decisión unánime de todos los participantes de la empresa.

Por mayoría simple del número total de votos de todos los participantes de la empresa (y no solo de los votos de los participantes registrados en la junta general), se puede tomar cualquier decisión, excepto las especificadas en los párrafos uno y dos del inciso 8 de Arte. 37 de la Ley. Esta regla general se aplica siempre, excepto en los casos en que la ley o los estatutos de la empresa establezcan la necesidad de un mayor número de votos para resolver determinadas cuestiones. El número de votos necesarios para tomar tales decisiones que sea menor que el especificado en la norma en cuestión (por ejemplo, una mayoría simple de votos de los participantes registrados en la junta general, etc.) no se puede determinar en el estatuto.

Según el apartado 9 del art. 37 de los estatutos de la empresa puede prever la votación acumulativa sobre cuestiones de elección de miembros del consejo de administración (consejo de supervisión), miembros del órgano ejecutivo colegiado y (o) miembros de la comisión de auditoría.

Esta norma dispositiva permite la posibilidad de prever en el estatuto de una LLC la votación acumulativa al tomar decisiones sobre las cuestiones especificadas en el mismo. Estas preguntas se exponen en una lista exhaustiva. Esta circunstancia no implica la posibilidad de ampliar esta lista en el estatuto de una empresa en particular.

En la votación acumulativa, el número de votos de cada participante se multiplica por el número de personas que deben ser elegidas para el órgano de la empresa, y el participante tiene derecho a emitir el número de votos resultante en su totalidad para un candidato o distribuirlos. entre dos o más candidatos. Se consideran electos los candidatos que obtengan el mayor número de votos.

En caso de que el estatuto de la sociedad sobre determinadas cuestiones no defina el procedimiento de votación (secreta o abierta), la norma dispositiva del apartado 10 del art. 37 establece la regla general de que la junta general toma decisiones mediante votación abierta.

El artículo 38 de la Ley, que define las reglas para la toma de decisiones en la junta general mediante voto a distancia (por votación), mantiene su redacción anterior. Determina las reglas para la toma de decisiones por parte de la junta general de participantes de la LLC mediante sondeos sin celebración de una junta general. No existen tales reglas en el Código Civil de la Federación de Rusia. Al mismo tiempo, el artículo 38 de la Ley adoptó determinadas normas que regulan las relaciones pertinentes en las sociedades anónimas (artículo 50 de la Ley de Sociedades Anónimas).

De conformidad con el apartado 1 del art. 38 de la Ley, se puede tomar una decisión de una junta general sin celebrar una reunión (presencia conjunta de los participantes para discutir los temas del orden del día y tomar decisiones sobre los temas sometidos a votación) mediante la realización de una votación en ausencia (por votación) mediante el intercambio de documentos por comunicación postal, telégrafo, teletipo, teléfono, electrónica u otra que asegure la autenticidad de los mensajes transmitidos y recibidos y su prueba documental.

A diferencia de la legislación de accionistas, que impone requisitos más estrictos para el voto en ausencia (en particular, el uso obligatorio de una papeleta de la forma establecida para dicha votación), el párrafo 1 del art. 38 de la Ley permite el voto a distancia mediante el intercambio de documentos. Se refiere a todos los documentos previstos para tales casos en el documento interno correspondiente de la sociedad de responsabilidad limitada. No está prohibido el uso de papeletas de voto.

El término "autenticidad" proviene de la palabra griega "authentikos", que significa autenticidad, correspondencia con la fuente original. Por ejemplo, auténticos son los textos redactados en una o más lenguas, considerados igualmente auténticos y con igual fuerza jurídica.

Las reglas para la toma de decisiones en la junta general las determina la corporación correspondiente de forma independiente, teniendo en cuenta las reglas establecidas en el artículo en cuestión. Al mismo tiempo, no se pueden tomar decisiones mediante encuesta sobre la aprobación de informes anuales y balances anuales (inciso 6, inciso 2, artículo 33 de la Ley), es decir. sobre uno de los temas obligatorios del orden del día de la junta general anual. Teóricamente, otras cuestiones incluidas en el orden del día de una junta general de este tipo en una LLC pueden resolverse mediante una encuesta, aunque esto difícilmente está justificado. A modo de comparación, observamos: el párrafo 2 del art. 50 de la Ley de Sociedades Anónimas prohíbe tomar decisiones sobre las cuestiones especificadas en este párrafo mediante voto ausente.

Cláusula 2 del art. 38 de la Ley establece dos reglas especiales que se aplican al tomar una decisión en la junta general de una LLC mediante votación:

  • para tales casos, la aplicación de las normas establecidas en los párrafos 2 a 5 y 7 del art. 37 de la Ley;
  • Se excluye la aplicación de los plazos establecidos en los apartados 1 a 3 del art. 36 de la Ley.

Las restantes normas de la normativa pertinente son de obligado cumplimiento.

El procedimiento para realizar la votación en ausencia está determinado por un documento interno de la empresa, que debe prever la notificación obligatoria de la agenda propuesta a todos los participantes, la oportunidad para que todos los participantes se familiaricen con toda la información y los materiales necesarios antes de votar, la la oportunidad de hacer propuestas para incluir temas adicionales en el orden del día, y la notificación obligatoria a todos los participantes antes del inicio de la votación sobre el orden del día modificado, así como la fecha de finalización del procedimiento de votación.

Según las normas dadas en el apartado 3 del art. 38 de la Ley, una LLC tiene el derecho y al mismo tiempo la obligación de regular el procedimiento para realizar el voto en ausencia en su documento interno. Este puede ser un documento independiente que contenga normas locales, específicamente dedicadas a la regulación de las relaciones relevantes. Al mismo tiempo, es más apropiado regular el procedimiento para realizar el voto en ausencia al tomar decisiones en una junta general en una sección separada de un documento interno de importancia general (por ejemplo, en el reglamento de la junta general de participantes de la empresa, reglamento de la junta general, etc.).

También se ha establecido una lista de requisitos obligatorios para el contenido del documento interno especificado o sección del documento interno de la empresa. Al prepararlo en términos de establecer los plazos para el intercambio de información especificados en el artículo 38 de la Ley, uno puede guiarse por ciertas pautas, en particular, por las Resoluciones del Gobierno de la Federación de Rusia del 24 de marzo de 2006 N 160 ". Sobre la aprobación de normas para la frecuencia de recolección de buzones, intercambio, transporte y entrega de correspondencia escrita, así como los plazos de control para el envío de correspondencia escrita".<4>, de 15 de abril de 2005 N 222 “Sobre la aprobación del Reglamento para la prestación de servicios de comunicaciones telegráficas”<5>, de 15 de abril de 2005 N 221 “Sobre la aprobación del Reglamento para la prestación de servicios postales”<6>.

<4>Noroeste de la RF. 2006. N 14. Arte. 1540.
<5>Noroeste de la RF. 2005. N 17. Arte. 1557.
<6>Noroeste de la RF. 2005. N 17. Arte. 1556.

El artículo 39 de la Ley contiene normas especiales que regulan la adopción de decisiones sobre cuestiones de competencia de la junta general por parte del único participante de una sociedad de responsabilidad limitada. En 2008 - 2009 no se realizaron cambios en este artículo.

En una sociedad de responsabilidad limitada formada por un solo participante, todas las cuestiones que son competencia de la junta general no pueden ser resueltas objetivamente excepto por el único participante.

De conformidad con el artículo 39 de la Ley, en una sociedad formada por un solo participante, las decisiones sobre cuestiones de la competencia de la junta general las toma un solo participante individualmente y se documentan por escrito. En este caso, no se aplican las disposiciones de los artículos 34 a 38 y 43 de la Ley, con excepción de las relativas al calendario de la junta general anual.

Así, para las sociedades de un solo partícipe, se excluye la aplicación de las normas contenidas en estos artículos de la Ley: cualquier otra solución es incompatible con la propia organización de una sociedad mercantil que tenga un solo partícipe. Sin embargo, siguen aplicándose las disposiciones relativas al calendario de la junta general anual para empresas con un solo participante. El hecho es que dentro de los plazos establecidos por el artículo 34 de la Ley, se deben aprobar los resultados anuales de las actividades de la LLC.

Órgano ejecutivo único

El artículo 40 de la Ley revela el contenido de la condición de órgano ejecutivo único de la sociedad. Debido al número relativamente pequeño de participantes en la LLC, la formación de dicho organismo permite a la empresa actuar de manera muy dinámica.

El inciso 1 de este artículo se aplica a partir del 1 de julio de 2009 modificado por la Ley N° 312-FZ. Las modificaciones introducidas en este apartado se corresponden con lo dispuesto en el nuevo apartado 2.1 del art. 32 de la Ley, que establece que si se forma un consejo de administración (consejo de supervisión) en una LLC, su competencia incluye, en particular, la formación de los órganos ejecutivos de la empresa y la terminación anticipada de sus poderes.

El único órgano ejecutivo de la empresa (director general, presidente, etc.) es elegido por la junta general por un período determinado por el estatuto, a menos que el estatuto coloque la resolución de estas cuestiones dentro de la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión ). El órgano ejecutivo único también podrá ser elegido entre los participantes de la empresa.

Estamos hablando del órgano ejecutivo, que está obligado a preparar e implementar las decisiones de la junta general y resolver rápidamente cuestiones organizativas, financieras y económicas específicas. Se trata de una persona dotada de los poderes apropiados en nombre de la empresa. Los nombres del único órgano ejecutivo son diferentes: director general, presidente, director ejecutivo, etc. No existen restricciones en la elección de sus nombres en la Ley.

El carácter ejecutivo de un órgano único se expresa en el propio procedimiento de su formación. Por regla general, es elegido por la asamblea general. La competencia correspondiente de la junta general se establece en el apartado 4 del apartado 2 del art. 33 de la Ley, y el procedimiento de votación y toma de decisiones - incisos 7, 8, 10 del art. 37.

En la mayoría de los casos, uno de los participantes de la empresa es elegido como único órgano ejecutivo. Esto le permite comprender mejor los asuntos de la sociedad y evaluar más plenamente el estado de ánimo y el comportamiento de sus participantes. Después de todo, es precisamente este tipo de sociedad la que se caracteriza por la naturaleza personalmente abierta de las relaciones entre sus participantes.

Es posible que, por razones de preparación profesional y cualidades empresariales, un candidato más adecuado para ejercer las competencias del órgano ejecutivo único sea una persona ajena a la sociedad. La ley permite la elección de dicha persona como órgano ejecutivo de la empresa (Cláusula 1, artículo 40 de la Ley). Sólo podemos recomendarle que considere más detenidamente el programa de actividades y evalúe las capacidades reales del candidato.

Un acuerdo entre la empresa y la persona que desempeña las funciones del órgano ejecutivo único es firmado en nombre de la empresa por la persona que presidió la junta general en la que se eligió a la persona que desempeña las funciones del órgano ejecutivo único, o un participante autorizado. por decisión de la junta general o, si la resolución de estas cuestiones se atribuye a la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión), de su presidente o de una persona autorizada por decisión del consejo de administración (consejo de supervisión).

La estabilidad de la relación entre la empresa y el director (director general) se garantiza plenamente mediante el acuerdo entre ellos, según el cual en el segundo párrafo del inciso 1 del art. 40 de la Ley implica un contrato de trabajo. El concepto de contrato de trabajo se define en el artículo 56 y los requisitos para su contenido se encuentran en el artículo 57 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia. Puede celebrarse por un período establecido por el estatuto de la organización o por acuerdo de las partes (Parte 2 del artículo 59 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia).

Actualmente, la legislación laboral no obliga en todos los casos a celebrar un contrato de trabajo de duración determinada con el responsable de la organización. Por tanto, a la hora de determinar la duración de un contrato de trabajo con una persona que desempeña las funciones del órgano ejecutivo único, en los estatutos de la empresa se puede establecer tanto un período definido como indefinido.

En cualquier caso, este plazo debe estar claramente establecido en el estatuto, siendo su cumplimiento obligatorio para la empresa hasta que se realicen los cambios oportunos en el estatuto. La duración del contrato de trabajo de duración determinada debe ser suficiente para el desarrollo y pleno uso de la competencia del órgano único.

Los derechos y responsabilidades del jefe de una organización en el campo de las relaciones laborales están determinados por el Código del Trabajo de la Federación de Rusia, las leyes y otros actos legales reglamentarios, los documentos constitutivos de la organización y el contrato de trabajo. Los detalles de la regulación del trabajo del jefe de una organización se establecen en los artículos 273 a 280 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia.

Un contrato de trabajo con el director de una organización puede rescindirse no solo por los motivos generales previstos en los artículos del Capítulo 13 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia. El artículo 278 establece motivos adicionales para rescindir un contrato de trabajo con el director de una organización.

Un contrato de trabajo con el director de una organización también puede rescindirse por los siguientes motivos:

  • en relación con la destitución del cargo del jefe de la organización deudora de conformidad con la legislación sobre insolvencia (quiebra);
  • en relación con la adopción por parte de un organismo autorizado de una entidad jurídica, o del propietario de la propiedad de la organización, o de una persona (organismo) autorizada por el propietario, de una decisión de rescindir el contrato de trabajo;
  • por otros motivos previstos en el contrato de trabajo.

En caso de rescisión de un contrato de trabajo con el director de una organización en relación con la adopción por parte de un organismo autorizado de una entidad jurídica, o del propietario de la propiedad, o de una persona (organismo) autorizado por el propietario de una decisión de rescindir el contrato de trabajo en ausencia de acciones culpables (inacción) del gerente, se le paga una compensación por el monto determinado por el contrato de trabajo, pero no menos de tres veces los ingresos mensuales promedio.

De conformidad con el artículo 280 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia, el gerente tiene derecho a rescindir el contrato de trabajo anticipadamente advirtiendo al empleador (el propietario de la propiedad de la organización, su representante) por escrito a más tardar con un mes de anticipación.

La ley permite opciones alternativas para firmar un contrato de trabajo con un gerente en nombre de la empresa, ya sea una persona que fue el presidente de la junta general de participantes o un participante a quien la junta general encargó que firmara el acuerdo. La autoridad para firmar este último se certifica mediante decisión especial de la junta general. Si el único órgano ejecutivo está formado por el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, el acuerdo lo firma el presidente u otro representante debidamente autorizado del consejo de administración.

En el apartado 2 del art. 40 de la Ley contiene una norma obligatoria según la cual sólo un individuo puede actuar como único órgano ejecutivo de una empresa. Refleja las características de una LLC con un número relativamente pequeño de participantes. Por este motivo, una empresa de este tipo no requiere una estructura de gestión compleja inherente a las grandes sociedades anónimas.

Esta regla es típica, ya que está diseñada para crear órganos ejecutivos únicos en todos o en la mayoría de los casos. Sólo se ha establecido una cláusula relativa a la posibilidad de transferir las competencias de dichos órganos a un administrador (artículo 42 de la Ley), que puede ser no sólo una persona física, sino también una persona jurídica.

La ley define las competencias del único órgano ejecutivo de la empresa. La lista de sus poderes se encuentra en el párrafo 3 del art. 40 no es exhaustivo, sino parcialmente fijo y abierto, lo que permite establecer el alcance de las competencias de dicho organismo, teniendo en cuenta las tareas y las particularidades de las actividades de la empresa.

Órgano ejecutivo único de la empresa:

  • actúa en nombre de la empresa sin poder notarial, incluida la representación de sus intereses y la realización de transacciones;
  • expide poderes para el derecho de representación en nombre de la sociedad, incluidos poderes con derecho de sustitución;
  • dicta órdenes sobre el nombramiento de empleados de la empresa para cargos, sobre su traslado y despido, aplica medidas de incentivo e impone sanciones disciplinarias;
  • ejerce otras facultades no asignadas por la Ley o los estatutos de la empresa a la competencia de la junta general de partícipes de la empresa, el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa y el órgano ejecutivo colegiado de la empresa.

Expliquemos estos poderes. El órgano ejecutivo único actúa en nombre de la empresa sin ningún poder dentro de la competencia establecida en el estatuto y el contrato de trabajo con la misma. Sus actividades incluyen la representación de los intereses de la empresa en los órganos gubernamentales, ante los tribunales, en las relaciones con los socios, con organizaciones de crédito y otras, así como en los pagos y otros documentos emanados de la empresa firmados por él.

El órgano ejecutivo único celebra contratos y realiza otras transacciones, abre cuentas corrientes y de otro tipo en bancos, administra la propiedad y los recursos financieros de la empresa dentro de su competencia.

Para evaluar la legalidad de las decisiones del órgano ejecutivo único sobre transacciones, conviene tener en cuenta las explicaciones contenidas en el párrafo 32 de la Resolución de los Plenos del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia y del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia. de 1 de julio de 1996 “Sobre algunas cuestiones relacionadas con la aplicación de la primera parte del Código Civil de la Federación de Rusia”.

El único órgano ejecutivo garantiza la preparación y presenta al consejo de administración (consejo de supervisión) o a la junta general de participantes un informe anual, un balance anual, propuestas para la distribución del beneficio neto entre los participantes, informa sobre las actividades financieras y económicas actuales. , organiza la implementación de las decisiones de la junta general, el consejo de administración (consejo de supervisión).

El único órgano ejecutivo puede ser elegido miembro del consejo de administración (consejo de supervisión), pero no tiene derecho a presidirlo. Gestiona el personal de la empresa, aprueba la estructura organizativa y la dotación de personal, organiza la contabilidad y garantiza la preparación y presentación oportuna de informes contables y estadísticos sobre las actividades de la empresa a las autoridades fiscales y a las autoridades estadísticas estatales.

Uno de los derechos del órgano ejecutivo único es otorgar poderes para el derecho de representación en nombre de la sociedad. Esto puede ser necesario si el propio organismo no puede ejercer directamente ciertas competencias o si existe el deseo de garantizar actividades más amplias y flexibles de la empresa en las relaciones externas (con contrapartes, organismos estatales y municipales, etc.). Lo anterior también se aplica a un poder con derecho a delegar en una u otra persona los poderes correspondientes para realizar acciones específicas y firmar documentos (sobre representación y poderes, ver artículos 182 - 189 del Código Civil de la Federación de Rusia). , así como el artículo 5 de la Ley).

Se destacan especialmente las competencias del órgano ejecutivo único en materia de relaciones laborales. Esto se explica por su posición como responsable del servicio de personal de la empresa y resolviendo directamente una serie de cuestiones en la organización de las relaciones laborales. Estamos hablando de facultades como nombramiento, traslado, despido, aplicación de incentivos y medidas disciplinarias. Todas estas acciones están determinadas por órdenes u otros actos locales del órgano ejecutivo y deben cumplir estrictamente con las normas introducidas por el Código del Trabajo de la Federación de Rusia.

Desafortunadamente, en la práctica, las violaciones de la legislación laboral en las organizaciones comerciales no son infrecuentes, cuando los contratos de trabajo no se redactan en el momento de la contratación, no se respetan las normas de seguridad laboral, las horas de trabajo y las horas de descanso. En los últimos tiempos, estos casos se han convertido cada vez más en motivo para responsabilizar judicialmente a los autores.

La ley prevé el ejercicio por parte del órgano ejecutivo único de otras facultades además de las enumeradas anteriormente. Si un conjunto de poderes fijos es obligatorio (no puede ignorarse ni limitarse), entonces la gama de "otros" poderes permite reflejar al máximo las condiciones específicas de la actividad de la empresa y de su único órgano ejecutivo. En este caso, se debe observar una condición: es inaceptable incluir en la competencia del único órgano ejecutivo poderes que son competencia de otros órganos de la empresa: la junta general de participantes de la empresa, el consejo de administración (consejo de supervisión ) y el órgano colegiado de dirección de la empresa. Para ello, conviene volver a leer atentamente los artículos 32 a 39 de la Ley y las disposiciones de los estatutos de la empresa que regulan las actividades de estos órganos.

Se puede recomendar incluir en la lista de "otros" poderes los poderes del único órgano ejecutivo en el ámbito de las relaciones de personal, como determinar el procedimiento para delimitar funciones entre los empleados del aparato de la empresa, tomar medidas para mejorar sus calificaciones, etc.

Son posibles diversas competencias específicas del organismo en los ámbitos financiero, patrimonial, organizativo y productivo de las actividades de la empresa, teniendo en cuenta sus particularidades.

Al determinar la competencia del órgano ejecutivo único de la empresa, es importante tener en cuenta las disposiciones contenidas en la Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia de 14 de mayo de 1998 No. 9 “Sobre algunas cuestiones de aplicación del artículo 174 del Código Civil de la Federación de Rusia cuando los órganos de personas jurídicas ejercen facultades para realizar transacciones”<7>.

Del contenido del artículo 174 del Código Civil de la Federación de Rusia se desprende: si las facultades de un organismo de una persona jurídica para realizar una transacción están limitadas por los documentos constitutivos en comparación con la forma en que están definidos en la ley, y al realizar la transacción, el organismo especificado fue más allá de estas restricciones, la transacción puede ser declarada inválida por el tribunal en un proceso judicial la persona en cuyos intereses se establecen las restricciones, en los casos en que se demuestre que la otra parte de la transacción sabía o debería haber sabido acerca de estas restricciones. En este sentido, el artículo 174 del Código Civil de la Federación de Rusia no se aplica en los casos en que un órgano de una persona jurídica actuó en exceso de las facultades establecidas por la ley. En estos casos hay que guiarse por el artículo 168 del Código.

En las relaciones jurídicas que involucran a personas jurídicas, debe tenerse en cuenta: el artículo 174 del Código Civil de la Federación de Rusia se puede aplicar en los casos en que los poderes de un órgano de una persona jurídica estén definitivamente limitados por sus documentos constitutivos. La presencia de estas restricciones establecidas en otros documentos que no sean documentos constitutivos no puede ser base para la aplicación de este artículo.

En el ejercicio de sus competencias, el órgano ejecutivo único deberá actuar de buena fe y razonablemente. De conformidad con el artículo 277 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia, el director de la organización asume la plena responsabilidad financiera por los daños reales directos causados ​​a la organización. En los casos previstos por las leyes federales, el jefe de la organización compensa a la organización por las pérdidas causadas por sus acciones culpables. En este caso, el cálculo de las pérdidas se realiza de conformidad con el derecho civil.

El procedimiento para las actividades del órgano ejecutivo único de la empresa y su toma de decisiones se establece mediante el estatuto, los documentos internos, así como un acuerdo celebrado entre la empresa y la persona que desempeña las funciones de su órgano ejecutivo único.

En las normas dadas del párrafo 4 del art. 40 de la Ley se refiere a las actividades del único órgano ejecutivo, cuyo procedimiento para su ejecución debe establecerse con precisión. Entonces es posible lograr estabilidad en el trabajo, claridad en las relaciones tanto entre los empleados como entre los empleados y los miembros de la sociedad. Como muestra un estudio de la práctica, los procedimientos mal regulados para las actividades de un gerente reducen la efectividad de dichas actividades y dan lugar a dificultades en las relaciones entre socios, contradicciones y errores.

Se establece el procedimiento para las actividades del órgano ejecutivo único de la empresa:

  • la carta, que debería contener las disposiciones principales;
  • documentos internos que pueden denominarse organizativos y funcionales (por ejemplo, reglamento de la junta general de participantes de la empresa, reglamento del consejo de administración (consejo de supervisión), reglas para la toma de decisiones en la empresa, incluido el órgano ejecutivo único, reglamento sobre personal de la empresa, normativa sobre procedimiento de recogida, tratamiento y uso de la información en la sociedad, normativa del director general, etc.);
  • un acuerdo entre la empresa y la persona que desempeña las funciones del único órgano ejecutivo (contrato de trabajo).

En la práctica, es importante garantizar que el procedimiento establecido para las actividades del único órgano ejecutivo sea observado no solo por este propio órgano, sino también por otros órganos de la empresa, sus participantes y personal.

Órgano ejecutivo colegiado

El artículo 41 de la Ley está dedicado al órgano ejecutivo colegiado de la empresa. Ley N ° 312-FZ, el párrafo uno del párrafo 1 de este artículo fue complementado con una segunda oración. El resto del artículo no ha cambiado.

Según el primer párrafo del inciso 1 del art. 41 de la Ley, si el estatuto de la empresa prevé la formación, junto con el único órgano ejecutivo de la empresa, de un órgano ejecutivo colegiado de la empresa (directorio, dirección y otros), dicho órgano es elegido por la junta general. de los partícipes de la empresa en el número y durante el plazo que determine el estatuto de la empresa. Los estatutos de la empresa pueden prever la atribución de las cuestiones relativas a la formación de un órgano ejecutivo colegiado de la empresa y la terminación anticipada de sus poderes a la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

Es imposible no notar ciertas inconsistencias entre las normas del artículo 41 de la Ley y el Código Civil de la Federación de Rusia. Según el apartado 1 del art. 91 del Código Civil de la Federación de Rusia, en una sociedad de responsabilidad limitada se debe crear un órgano ejecutivo (colegial y (o) único), es decir. El Código prevé la posibilidad de constituir en la sociedad: simultáneamente órganos ejecutivos únicos y colegiados; sólo un órgano colegiado o sólo un único órgano ejecutivo. Como se desprende del párrafo 1 del art. 41, la Ley limita la aplicación de estas normas del Código Civil de la Federación de Rusia, permitiendo la posibilidad de que exista un órgano ejecutivo colegiado sólo simultáneamente con un órgano ejecutivo único, es decir. en este caso, existe un conflicto entre dos normas especiales (cláusula 1 del artículo 91 del Código Civil de la Federación de Rusia y cláusula 1 del artículo 41 de la Ley) que regulan los fundamentos de la organización de la gestión en una sociedad de responsabilidad limitada.

Según el apartado 3 del art. 87 del Código Civil de la Federación de Rusia La ley debe regular el estatus legal de una sociedad de responsabilidad limitada, así como los derechos y obligaciones de sus participantes, es decir. El Código no implica que la Ley pueda regular de otra manera que en el Código Civil de la Federación de Rusia los fundamentos de la organización de la gestión en dicha empresa comercial. Además, en el apartado 2 del art. 3 del Código Civil de la Federación de Rusia, que define la jerarquía de las leyes civiles, establece directamente: las normas de derecho civil contenidas en las leyes federales adoptadas de conformidad con el Código Civil de la Federación de Rusia deben cumplir con el Código.

Similares, pero más detalladas que las reglas del artículo considerado, las reglas que rigen las actividades del órgano ejecutivo colegiado están contenidas en la legislación sobre acciones conjuntas de la Federación de Rusia (artículo 70 de la Ley de sociedades anónimas). Aquellos de ellos que no contradigan la esencia de las relaciones reguladas por el artículo 41 y otras disposiciones pertinentes de la Ley podrán, en su caso, aplicarse por analogía a una sociedad de responsabilidad limitada.

Se puede constituir un órgano ejecutivo colegiado en una LLC con el fin de llevar a cabo la gestión continua de sus actividades. Este órgano rinde cuentas ante la junta general y, en las empresas donde se forma un consejo de administración (consejo de supervisión), ante el consejo de administración (cláusula 4 del artículo 32 de la Ley).

Sólo puede ser miembro del órgano ejecutivo colegiado una persona física, que no podrá ser miembro de la sociedad.

El número de miembros del órgano ejecutivo colegiado y su duración en el cargo deben especificarse en los estatutos de la corporación correspondiente. La carta también podrá regular otras relaciones fundamentales relacionadas con el funcionamiento de este órgano. Con base en lo dispuesto en el estatuto, una regulación más detallada de las actividades del órgano ejecutivo colegiado se realiza en el correspondiente documento interno de la empresa (inciso 2 del artículo 41 de la Ley).

El órgano ejecutivo colegiado puede ser elegido por la junta general de los participantes de la empresa (o formado por el consejo de administración (consejo de supervisión), si así lo prevén los estatutos de la empresa). Al constituir una empresa (artículo 11 de la Ley), la composición de este órgano la eligen los fundadores de la empresa comercial correspondiente. El apartado segundo del apartado 1 del art. 41 de la Ley establece una norma obligatoria según la cual sólo una persona física puede ser miembro de un órgano ejecutivo colegiado.

Un miembro del órgano ejecutivo colegiado no podrá ser miembro de la sociedad. La interpretación literal de esta regla nos permite afirmar que teóricamente toda la composición del consejo o dirección puede estar representada por personas que no sean partícipes de la correspondiente sociedad de responsabilidad limitada. Sin embargo, en la práctica, no es aconsejable que un órgano colegiado esté formado íntegramente por personas externas, con excepción de las filiales y empresas dependientes (artículo 6 de la Ley).

El órgano ejecutivo colegiado de la empresa ejerce las competencias que le asigna el estatuto social a su competencia.

Si se forma un órgano ejecutivo colegiado en una sociedad de responsabilidad limitada, el estatuto debe delimitar claramente la competencia de todos los órganos de dirección que operan en la empresa. Además, es aconsejable establecer las competencias de estos órganos, si es posible, en listas exhaustivas (cerradas) que no permitan una interpretación amplia. En el proceso de actividad práctica de estos órganos, esto ayudará a evitar contradicciones y conflictos.

Las funciones del presidente del órgano ejecutivo colegiado de la empresa son desempeñadas por la persona que desempeña las funciones del órgano ejecutivo único de la empresa, salvo el caso en que las competencias del órgano ejecutivo único de la empresa se transfieran al gerente. .

Si los poderes del órgano ejecutivo único de conformidad con el artículo 42 de la Ley se transfieren al gerente (individuo u organización), la Ley no prohíbe la elección del presidente del órgano ejecutivo colegiado en una junta general de los participantes de la empresa. o como resultado de la votación de los miembros del órgano ejecutivo colegiado elegidos en la forma prescrita.

Basado en el párrafo 2 del art. 41 de la Ley, el procedimiento para las actividades del órgano ejecutivo colegiado y su toma de decisiones se establece en los estatutos y documentos internos de la empresa.

La ley no distingue claramente qué disposiciones sobre el órgano ejecutivo colegiado se establecen en el estatuto y cuáles se establecen en los documentos internos de la empresa. Parece que en la práctica podemos partir del hecho de que el estatuto regula las relaciones más generales y fundamentales asociadas con la formación y funcionamiento del órgano correspondiente, que deberían regularse con más detalle en un documento interno como un reglamento de la junta directiva. (dirección, dirección ejecutiva, etc.).

Normalmente, los reglamentos de la junta (u otro organismo relevante) establecen reglas generales sobre el estatus de este organismo; la composición del consejo y el procedimiento de elección de sus miembros; sobre la remuneración de los miembros del consejo de administración; sobre las reglas para hacer negocios; sobre responsabilidad por infracciones cometidas por miembros de la junta directiva en el desempeño de funciones oficiales; sobre el procedimiento para la realización de las reuniones del directorio y la toma de decisiones en ellas, la fuerza legal de estas decisiones y el procedimiento para su ejecución; proporcionar informes a la junta general de participantes de la empresa, así como al consejo de administración (si este órgano está formado en la empresa); preparación y aprobación de informes anuales y balances; sobre las responsabilidades del directorio en situaciones económicas extremas; llevanza de registros y demás relaciones sujetas a regulación en el correspondiente documento interno de la sociedad.

Según el artículo 281 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia, las leyes federales y los documentos constitutivos de la organización pueden aplicar a los miembros del órgano ejecutivo colegiado que hayan celebrado un contrato de trabajo las características de la regulación laboral establecidas por el Capítulo 43 del Código del Trabajo. Código de la Federación de Rusia para el jefe de la organización. Las leyes federales pueden establecer otras características de la regulación laboral para los jefes de organizaciones y miembros de los órganos ejecutivos colegiados de estas organizaciones.

Gerente

La transferencia de competencias del órgano ejecutivo único de la sociedad al administrador está regulada por el artículo 42 de la Ley. La Ley N° 312-FZ recoge este artículo en una nueva edición. Se ha excluido la referencia al hecho de que la sociedad tiene derecho a transferir los poderes de su órgano ejecutivo único al director sólo si tal posibilidad está expresamente prevista en los estatutos de la sociedad. Esta innovación permite, en ausencia de disposiciones pertinentes en el estatuto, resolver rápidamente la cuestión de atraer a un gerente profesional, por ejemplo, en caso de rescisión anticipada de un contrato de trabajo con una persona que desempeñaba las funciones del único órgano ejecutivo. .

De conformidad con el apartado 1 del art. 42 la empresa tiene derecho a transferir, mediante convenio, el ejercicio de las competencias de su órgano ejecutivo único al administrador.

La implementación práctica de la facultad de transferir las competencias del órgano ejecutivo único al director se refiere a la competencia no exclusiva de la junta general, que decide transferir las competencias del órgano ejecutivo único al director y aprueba a dicho director. y los términos del acuerdo con él, a menos que estos poderes sean asignados por el estatuto de la empresa a la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión).

En la legislación sobre acciones conjuntas también se prevén reglas similares a las establecidas en el artículo 42 de la Ley, que permite la posibilidad de transferir los poderes del órgano ejecutivo único de una sociedad anónima a un gerente, una organización o un empresario individual.

Una empresa que ha transferido los poderes del órgano ejecutivo único a un gerente ejerce los derechos civiles y asume responsabilidades civiles a través de un gerente que actúa de conformidad con las leyes federales, otros actos legales reglamentarios de la Federación de Rusia y los estatutos de la empresa.

El gerente puede ser una persona física registrada de la manera prescrita como empresario individual y que actúa sobre la base de un certificado de inscripción correspondiente en el Registro Estatal Unificado de Empresarios Individuales, o una entidad jurídica (organización de gestión). La sociedad tiene derecho a decidir esta cuestión por sí misma.

A partir de la decisión de la empresa, se elabora y firma un acuerdo con el gerente. No es casualidad que la ley diga que no cualquier ciudadano puede ser gerente, sino sólo aquel que sea un empresario individual (inciso 2, inciso 2.1, artículo 32). La actividad empresarial sin la formación de una entidad jurídica, a diferencia del trabajo por contrato, implica una actividad de iniciativa organizada independientemente del sujeto por su cuenta y riesgo sin subordinación a las normas laborales adoptadas en una organización en particular.<8>.

<8>Ver: Tikhomirov M.Yu. Empresario individual: situación jurídica y tipos de actividades. 3ª ed., rev. y adicional M.: Editorial Tikhomirov M.Yu., 2009 (http://www.urkniga.ru).

En consecuencia, el legislador en este caso pretende establecer relaciones no laborales, sino de derecho civil.

Un acuerdo con una organización gestora sobre la transferencia a ella de los poderes del único órgano ejecutivo de la empresa es por su naturaleza un acuerdo de derecho civil. Contiene elementos individuales de contratos de cesión, gestión fiduciaria de la propiedad, prestación remunerada de servicios, uso gratuito (por ejemplo, de la propiedad de la empresa proporcionada al administrador), etc. Por lo tanto, este acuerdo debe clasificarse como un contrato de derecho civil mixto ( Artículo 421 del Código Civil de la Federación de Rusia). Si se desea, se puede celebrar un acuerdo de este tipo con un ciudadano-empresario.

Un acuerdo con el gerente es firmado en nombre de la empresa por la persona que presidió la junta general de los participantes de la empresa, que aprobó los términos del acuerdo con el gerente, o un participante autorizado por decisión de la junta general, o, si la resolución de estas cuestiones es competencia del consejo de administración (consejo de supervisión), de su presidente o de una persona autorizada por decisión del consejo de administración (consejo de supervisión).

Así, un contrato civil con un gerente es firmado por las mismas personas que un contrato de trabajo con una persona que desempeña las funciones de un único órgano ejecutivo (cláusula 1 del artículo 40 de la Ley).

Recurso de decisiones de los órganos de dirección de la empresa

El artículo 43 de la Ley está dedicado a la apelación de decisiones de los órganos rectores. Al mismo tiempo, del párrafo 1 de este artículo, la Ley N ° 205-FZ excluyó las frases segunda y tercera, que contenían las siguientes reglas: “Dicha solicitud podrá presentarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que el participante de la empresa tuvo conocimiento o debería haber tenido conocimiento de la decisión adoptada. En el caso de que un participante de la empresa haya participado en la junta general de participantes de la empresa que adoptó la decisión apelada, dicha solicitud podrá presentarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha de adopción de dicha decisión. " Actualmente, las normas sobre los plazos para recurrir las decisiones de los órganos de dirección de las sociedades se agrupan en el nuevo apartado 4 del artículo que nos ocupa.

Los análogos de las reglas contenidas en el artículo 43 de la Ley están disponibles en la Ley de Sociedades Anónimas (por ejemplo, en el artículo 49, que define, en particular, las reglas para apelar las decisiones de la junta general de accionistas). Las reglas establecidas en los apartados 1 y 2 del art. 43 de la Ley provienen principalmente de la legislación accionarial.

En el apartado 1 del art. 43 establece el derecho de un participante de una sociedad de responsabilidad limitada a apelar las decisiones de la junta general de participantes de la empresa, así como los motivos de dicha apelación. Una decisión de la junta general de participantes de la empresa, adoptada en violación de los requisitos de la Ley, otros actos legales de la Federación de Rusia, los estatutos de la empresa y violando los derechos e intereses legítimos de un participante de la empresa, puede ser declarada inválida por el tribunal. a petición de un participante de la empresa que no participó en la votación o votó en contra de la decisión impugnada.

En consecuencia, se permite recurrir la decisión de la junta general por parte de un participante de la empresa si:

  • la decisión de la junta general se tomó en violación de los requisitos de la Ley, otros actos jurídicos de la Federación de Rusia y los estatutos de la empresa;
  • la decisión viola los derechos e intereses legítimos de un participante de la empresa.

Un participante de la empresa que no participó en la votación de la junta general (por ejemplo, por ausencia a la junta) o votó en contra de la decisión pertinente puede ejercer el derecho de apelar una decisión de la junta general.

La apelación se realiza presentando la solicitud correspondiente ante el tribunal. En la solicitud, el socio interesado de la sociedad deberá aportar información sobre la existencia de los motivos anteriores para recurrir la decisión y sobre su posición al votar o sobre su ausencia en la junta general que adoptó la decisión recurrida.

El párrafo 22 de la Resolución No. 90/14 llama la atención sobre lo siguiente: si se apela una decisión de una junta general de participantes de la empresa por violación del procedimiento de convocatoria de una reunión establecido por la Ley (envío extemporáneo de información a los participantes, violación del procedimiento y plazos para la formación del orden del día de la reunión, etc.), dicha reunión podrá ser reconocida como competente si en ella participaron todos los participantes (cláusula 5 del artículo 36 de la Ley).

El tribunal tiene derecho, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, a confirmar la decisión apelada si el voto del participante que presentó la solicitud no pudo influir en los resultados de la votación, las violaciones cometidas no son significativas y la decisión no causó pérdidas para este participante en la empresa.

Así, a pesar de la prueba de las violaciones especificadas en el apartado 1 del art. 43 de la Ley, el tribunal tiene derecho a confirmar la decisión apelada si se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:

  • el voto del miembro de la empresa que apeló la decisión no pudo cambiar los resultados de la votación en la junta general;
  • las violaciones cometidas por la decisión apelada son insignificantes;
  • Las pérdidas como resultado de la decisión de la junta general no se causan al participante de la empresa que apela la decisión ni a la empresa.

Si la presencia de la primera y tercera de estas condiciones es fácil de confirmar o refutar con la ayuda de hechos objetivos, establecer la materialidad o insignificancia de la violación queda totalmente a discreción del tribunal. Sin embargo, parece que si la decisión de la junta general de participantes de la empresa contradice directamente la legislación federal o los estatutos de la empresa, entonces tal violación no debe considerarse insignificante, sin importar en qué se exprese exactamente la desviación de las normas normativas.

En los casos en que las partes involucradas en una disputa considerada por el tribunal se remitan a la decisión de la junta general de participantes de la empresa en apoyo de sus reclamos u objeciones al reclamo, pero el tribunal haya establecido que esta decisión se tomó con violaciones significativas de la ley u otros actos jurídicos (en violación de la competencia de este organismo, en ausencia de quórum, etc.), el tribunal debe partir del hecho de que dicha decisión no tiene fuerza legal (en su totalidad o en el correspondiente parte), independientemente de si fue impugnada por alguno de los participantes de la sociedad o no, y permitir la disputa, guiada por la ley (cláusula 24 de la Resolución N° 90/14).

Es interesante la experiencia de la legislación extranjera que contiene normas sobre la apelación de decisiones de los órganos de una sociedad anónima. Así, el artículo 413 del Código de Comercio de la República de Polonia establece que una decisión de una junta general adoptada en violación de la ley o de los estatutos puede impugnarse presentando una demanda ante los tribunales contra la sociedad anónima. Además de la junta directiva, el consejo de supervisión, la comisión de auditoría y los miembros individuales de los órganos enumerados, cada accionista que votó en contra de la decisión y, después de su adopción, exigió que su objeción conste en el acta, tiene el derecho de presentar tal reclamación. . Los accionistas a los que no se les permitió participar en la junta general sin motivos justificados, así como los demás accionistas que no estuvieron presentes en la junta, si hubo violaciones al procedimiento para su convocatoria o se tomaron decisiones sobre temas no incluidos en el orden del día, También puede presentar una reclamación. Las disposiciones anteriores de la legislación polaca brindan mayores oportunidades para corregir las decisiones de la junta general que la Ley y la Ley de Sociedades Anónimas.<9>.

ConsultantPlus: nota.

La legislación actual de Rusia reconoce a las personas jurídicas como participantes independientes en las relaciones económicas. Las empresas sólo pueden ejercer sus derechos a través de representantes oficiales. Dado que las acciones impersonales se considerarán insignificantes, es necesario formar órganos de gestión de LLC en todos los casos.

Durante la elaboración de los documentos constitutivos, los propietarios determinan su estructura, tipo, alcance de poderes, así como el procedimiento de interacción y responsabilidad. Todas las disposiciones de la carta deben cumplir con los principios generales del derecho interno, los requisitos del Código Civil de la Federación de Rusia y la Ley Federal 14-FZ del 08/02/98.

Órganos de gestión de LLC y sus características legales.

Los propietarios de una empresa comercial deberán resolver las cuestiones de estructura organizativa de forma independiente. En este caso, será necesario tener en cuenta las particularidades de la regulación legal. Los parlamentarios tomaron el camino de combinar normas imperativas y dispositivos. Se establece una regulación estricta en relación con la toma de decisiones clave, pero a la hora de construir un sistema interno, los participantes tienen suficiente libertad. Cuatro tipos de formaciones merecen especial atención.

reunión de fundadores

La Ley 14-FZ otorga a este organismo la máxima competencia, formalizando el procedimiento para la toma de cada nueva decisión. Se permite la convocatoria de miembros de la sociedad de forma programada o extraordinaria. En el primer caso, el cobro de los plenos propietarios se realiza en un plazo previamente acordado y es responsabilidad del titular de la empresa. Las reuniones deberán realizarse al menos una vez al año. A la hora de fijar una fecha, se debe tener en cuenta la regla de que la reunión no puede celebrarse antes de 2 ni después de 4 meses desde la fecha de vencimiento del ejercicio.

El derecho a plantear la cuestión de la recogida de emergencia se otorga tanto a los propios participantes como al director de la empresa. Implementar un mecanismo ante la ocurrencia de eventos especificados en el estatuto. La excepción son los intereses de la propia empresa o de un grupo separado de sus fundadores. En este caso, el razonamiento puede ser diferente.

Control

Se forma un órgano colegiado con el fin de resolver prontamente los problemas relacionados con las actividades actuales. Crean una estructura en forma de junta directiva o comisión de supervisión. La competencia del organismo muchas veces duplica las funciones de la junta general, por lo que, a la hora de crearlo, es necesario prestar mucha atención al marco regulatorio. La lista de poderes se puede ampliar o reducir. La tarea clave del consejo es garantizar los intereses de los propietarios y controlar la eficiencia de las actividades. El procedimiento para nombrar miembros para cargos, los principios de toma de decisiones y las reglas para la disolución están consagrados en los estatutos. Crear este elemento en el sistema es opcional.

director y junta

La dirección directa de la empresa la ejerce el director. El nombramiento de un funcionario se realiza en una junta general de propietarios. Los poderes se otorgan por el período establecido por el estatuto y se concluye un contrato de trabajo. Desde septiembre de 2014, los propietarios de empresas comerciales tienen la oportunidad de nombrar a varios jefes de organización a la vez. Cada uno de los directivos actúa de forma independiente, pero en interés de la empresa. Las funciones del órgano ejecutivo único pueden ser desempeñadas por un gerente (organismo especializado o empresario).

1. El órgano supremo de la empresa es la junta general de partícipes de la empresa. La asamblea general de partícipes de la sociedad podrá ser ordinaria o extraordinaria.

Todos los participantes de la empresa tienen derecho a asistir a la junta general de participantes de la empresa, participar en la discusión de los puntos del orden del día y votar en la toma de decisiones.

Son nulas las disposiciones de los estatutos de la empresa o las decisiones de los órganos de la empresa que limiten los derechos especificados de los participantes de la empresa.

Cada participante de la empresa tiene un número de votos en la junta general de participantes de la empresa proporcional a su participación en el capital autorizado de la empresa, salvo los casos previstos por esta Ley Federal.

El estatuto de la empresa en el momento de su constitución o mediante la introducción de modificaciones en el estatuto de la empresa por decisión de la junta general de los participantes de la empresa, adoptada por unanimidad de todos los participantes de la empresa, podrá establecer un procedimiento diferente para determinar el número de votos de los los participantes de la empresa. Las modificaciones y exclusiones de las disposiciones de los estatutos de la empresa que establecen dicho procedimiento se llevan a cabo por decisión de la junta general de los participantes de la empresa, adoptada por unanimidad de todos los participantes de la empresa.

2. Los estatutos de la empresa podrán prever la formación de un consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

(ver texto en la edición anterior)

El procedimiento para la formación y actividades del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, así como el procedimiento para poner fin a los poderes de los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa y la competencia del presidente de El consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa está determinado por los estatutos de la empresa.

Los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa no pueden constituir más de una cuarta parte de la composición del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa. Una persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de una empresa no puede ser simultáneamente presidente del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

Por decisión de la junta general de participantes de la empresa, los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa durante el período de desempeño de sus funciones podrán recibir una remuneración y (o) una compensación por los gastos asociados con el desempeño de estas funciones. . Los importes de estas remuneraciones y compensaciones se establecen por decisión de la junta general de partícipes de la empresa.

2.1. La competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa está determinada por los estatutos de la empresa de conformidad con esta Ley Federal. Los estatutos de la empresa pueden establecer que la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa incluya:

1) determinación de las principales direcciones de las actividades de la empresa;

2) la formación de los órganos ejecutivos de la empresa y la terminación anticipada de sus poderes, así como la adopción de una decisión sobre la transferencia de poderes del órgano ejecutivo único de la empresa a una organización comercial o empresario individual (en adelante como gerente), aprobación de dicho gerente y los términos del acuerdo con él;

3) fijar el monto de la remuneración y compensación dineraria del órgano ejecutivo único de la empresa, de los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa y del gerente;

4) tomar decisiones sobre la participación de la empresa en asociaciones y otras uniones de organizaciones comerciales;

5) nombramiento de una auditoría, aprobación del auditor y fijación del monto del pago por sus servicios;

6) aprobación o adopción de documentos que regulan la organización de las actividades de la empresa (documentos internos de la empresa);

7) creación de sucursales y apertura de oficinas de representación de la empresa;

8) resolver cuestiones de aprobación de operaciones en las que exista interés, en los casos previstos en el artículo 45

9) resolver cuestiones de aprobación de transacciones importantes en los casos previstos en el artículo 46 de esta Ley Federal;

10) resolver cuestiones relacionadas con la preparación, convocatoria y celebración de una junta general de participantes de la empresa;

11) otras cuestiones previstas en esta Ley Federal, así como las cuestiones previstas en los estatutos de la empresa y que no sean de la competencia de la junta general de partícipes de la empresa o del órgano ejecutivo de la empresa.

2.2. Si los estatutos de la empresa remiten la resolución de cuestiones relacionadas con la preparación, convocatoria y celebración de una junta general de los participantes de la empresa a la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, el órgano ejecutivo de la empresa adquiere el derecho a exigir la celebración de una junta general extraordinaria de los partícipes de la empresa.

3. Podrán participar en la junta general de partícipes de la empresa con derecho a voto consultivo.

4. La gestión de las actividades actuales de la empresa la realiza el órgano ejecutivo único de la empresa o el órgano ejecutivo único de la empresa y el órgano ejecutivo colegiado de la empresa. Los órganos ejecutivos de la empresa son responsables ante la junta general de los participantes de la empresa y el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

5. La transferencia de los derechos de voto por parte de un miembro del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, un miembro del órgano ejecutivo colegiado de la empresa a otras personas, incluidos otros miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, otros miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa, no está permitido.

6. El estatuto de la empresa podrá prever la formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor) de la empresa. En empresas con más de quince participantes es obligatoria la formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor) de la empresa. Una persona que no sea miembro de la empresa también puede ser miembro de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa.

Las funciones de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa, si así lo prevén los estatutos de la empresa, pueden ser realizadas por un auditor aprobado por la junta general de los participantes de la empresa, que no esté relacionado por intereses de propiedad con la empresa, miembros de el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, siendo la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la empresa, los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa y los partícipes de la empresa.

Los miembros de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa no pueden ser miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, una persona que desempeñe las funciones del órgano ejecutivo único de la empresa y miembros del órgano ejecutivo colegiado de la compañía.

Una sociedad de responsabilidad limitada es una entidad jurídica organizada por uno o más fundadores. Su capital autorizado está formado por acciones de los fundadores, que se registra en la documentación. La legislación regula el procedimiento para la creación y gestión de una empresa.

Básico Órgano de gestión de la LLC para la mayoría de las entidades jurídicas del tipo presentado, a menudo se limita a dos puestos. Este es el director general y jefe de contabilidad de la empresa. Pero la estructura completa parece mucho más extensa. Los órganos de gestión son nombrados o elegidos en el momento de su creación. Su estructura está especificada por la ley. Se discutirá más adelante.

Estructura de los órganos de gobierno

Cuando se trata de una sociedad de responsabilidad limitada, existen ciertos requisitos establecidos por la ley. Además de aportar sus acciones al capital autorizado, los fundadores deben nombrar o seleccionar los principales órganos que gestionarán su empresa.

Su estructura es bastante extensa, aunque en muchas sociedades puede simplificarse.

Los órganos de gobierno de la LLC son las siguientes entidades estructurales:

  1. En primer lugar, los participantes (o un fundador, si sólo sus fondos se utilizaron para formar el capital autorizado) ejercen control sobre su organización.
  2. Además de los fundadores, se contratan especialistas experimentados para puestos directivos. Si son varios, forman un consejo de administración (consejo de supervisión). En algunas empresas, estos puestos pueden eliminarse. No son obligatorios.
  3. Otro órgano de dirección es el consejo colegiado.
  4. Para ejercer control sobre otros directivos, los fundadores de la empresa pueden recurrir a los servicios de un auditor o auditor.

Debería aprender más sobre cada una de estas divisiones estructurales. Cada uno de ellos juega un papel en el funcionamiento eficaz de la empresa.

Asamblea general de fundadores

Reunión de fundadores. Cada participante que haya aportado su parte al capital autorizado de la empresa tiene derecho a tomar decisiones sobre la dirección de las actividades de su empresa. Si hay varios fundadores, se reúnen a intervalos determinados para resolver cuestiones importantes relativas al funcionamiento de su organización.

Dichos honorarios podrán ser regulares o extraordinarios. Cada fundador tiene derecho a voto, cuyo peso está determinado por el tamaño de la participación aportada por él en el proceso de fundación de la empresa.

El principal documento que regula las reuniones de fundadores es el estatuto. Define la competencia de este organismo, así como de otras unidades estructurales.

Competencia de la reunión de fundadores.

Órgano supremo de gobierno de LLC tiene una serie de derechos que son de su competencia exclusiva. Esto incluye, en primer lugar, preguntas sobre la dirección principal del funcionamiento de la empresa, decisiones sobre asociación o participación con otras organizaciones.

La reunión de los fundadores de la empresa también puede modificar las disposiciones de los estatutos, incluida la estructura del balance de la empresa. Modifican el acuerdo de creación de la organización. Este órgano designa ejecutores que ejercerán el control sobre el resto del personal de la empresa.

El consejo de fundadores elige y termina el trabajo del interventor y auditor, y aprueba la información proporcionada en los informes anuales. Con base en estos datos, con base en los resultados del período del informe, se toma una decisión sobre la distribución del beneficio neto.

El órgano supremo de gobierno regula los asuntos internos de su empresa. Puede colocar bonos y otros valores.

Si es necesario, la junta de fundadores tiene derecho a reorganizar o liquidar su empresa, nombrar miembros de la comisión de liquidación y aprobar asuntos financieros en estas condiciones.

Estructura de los órganos de gestión de LLC incluye una unidad como la junta directiva. Los fundadores, al crear el estatuto, lo forman. Este documento también estipula el procedimiento para nombrar artistas para el puesto presentado.

Los fundadores estipulan los términos de referencia y los procedimientos del consejo de supervisión. Los principales son tomar decisiones sobre la dirección futura del trabajo de la empresa, adoptar y aprobar documentos internos y concluir transacciones en las que la empresa que les ha sido encomendada esté interesada por ley.

Además, el consejo de supervisión organiza una reunión ordinaria o extraordinaria, decide sobre su celebración y convoca a los participantes. La junta directiva prepara la documentación que se proporciona a los fundadores. En la reunión, este órgano puede participar en la discusión de los temas principales con derecho consultivo a voto.

Semejante Órgano de gestión de la LLC, como junta directiva, tiene una serie de poderes. Además de los derechos enumerados anteriormente, puede formar órganos ejecutivos, así como poner fin a sus actividades antes de lo previsto. El consejo de supervisión también determina sus competencias. Fija el importe de la remuneración de los directivos ejecutivos únicos y colegiados.

La junta directiva puede decidir fusionarse con otras organizaciones comerciales. También tiene derecho a crear sucursales y oficinas de representación.

Además, el consejo de supervisión nombra una auditoría y aprueba a los candidatos que ha seleccionado para los puestos principales. Aprueba el monto de su remuneración por los servicios de auditoría prestados.

Agencia ejecutiva

Órgano colegiado de gestión en LLC representado por los directores y el directorio. Pero las actividades actuales de la empresa también pueden ser gestionadas por un único ejecutivo. Este organismo rinde cuentas ante la reunión de fundadores y el consejo de supervisión. El ejecutivo único podrá ser el presidente, el director general u otro directivo. Es elegido en asamblea general. La duración de sus poderes está especificada en el estatuto.

Se concluye un acuerdo entre la empresa y la persona que realiza actividades ejecutivas exclusivas. En el caso de un órgano colegiado, el consejo fundador también establece sus competencias y su composición cuantitativa. También se emiten documentos internos a tal efecto.

Un órgano colegiado sólo puede estar formado por personas individuales. No es necesario que sea el Presidente del órgano colegiado de gobierno, es el único ejecutivo. En ocasiones estas funciones se transfieren al gerente.

Facultades del órgano ejecutivo

Responsabilidad de los órganos de gestión de LLC regulado por la carta y la documentación interna. está a cargo de una serie de poderes. Dado que los directivos colegiados están encabezados por un presidente, éste tiene una serie de poderes especiales.

Un albacea único puede representar los intereses de la empresa sin poder, actuar en su nombre y realizar transacciones. Además, otorga poderes para actividades de representación.

En la persona del presidente, el director puede dictar órdenes relacionadas con el nombramiento de diversos empleados para cargos. También resuelve cuestiones relativas a su traslado y despido. El ejecutor único podrá tomar medidas para imponer sanciones disciplinarias o recompensas.

inspector y auditor

Controlador Órgano de gestión de la LLC, que se llama auditor o auditor, es elegido en una reunión de los fundadores. El número de sus miembros está determinado por los estatutos. Este organismo puede realizar auditorías financieras y comerciales en cualquier momento y tiene acceso a la documentación relevante.

El auditor debe comprobar los informes anuales y los balances antes de su aprobación en la junta general. La reunión de fundadores no puede aceptar dichos documentos sin una auditoría.

Habiendo considerado cada Órgano de gestión de la LLC, podrá comprender su área de competencia. La estructura en cada empresa se puede simplificar, pero en su totalidad incluye todos los servicios enumerados anteriormente.

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De conformidad con el artículo 91 del Código Civil de la Federación de Rusia (en adelante, el Código Civil de la Federación de Rusia) y el artículo 32 de la Ley Federal de 8 de febrero de 1998 No. 14-FZ "Sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada" (en adelante denominada Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), el órgano supremo de gobierno de la empresa es la junta general de participantes de la sociedad.

Todos los participantes de la empresa tienen derecho a asistir a la junta general de participantes de la empresa, participar en la discusión de los puntos del orden del día y votar en la toma de decisiones.

Los documentos constitutivos o las decisiones de los órganos de dirección de la empresa no pueden limitar los derechos especificados de los participantes de la empresa. Serán nulas tales disposiciones de los documentos constitutivos de la sociedad o de decisiones de los órganos de dirección.

Cada participante de la empresa tiene un número de votos en la junta general de participantes de la empresa, proporcional a su participación en el capital autorizado de la empresa, con excepción de los casos previstos por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

El estatuto de la empresa en el momento de su constitución o mediante la introducción de modificaciones en el estatuto de la empresa por decisión de la junta general de los participantes de la empresa, adoptada por unanimidad de todos los participantes de la empresa, podrá establecer un procedimiento diferente para determinar el número de votos de los los participantes de la empresa. Las modificaciones y exclusiones de las disposiciones de los estatutos de la empresa que establecen dicho procedimiento se llevan a cabo por decisión de la junta general de los participantes de la empresa, adoptada por unanimidad de todos los participantes de la empresa.

La asamblea general de partícipes de la sociedad podrá ser ordinaria o extraordinaria.

Según el artículo 34 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la siguiente junta general de los participantes de la empresa se celebra dentro de los plazos especificados en los estatutos de la empresa, pero al menos una vez al año. La próxima junta general de los participantes de la empresa es convocada por el órgano ejecutivo de la empresa.

El estatuto de la empresa debe determinar la fecha de celebración de la próxima junta general de participantes de la empresa, en la que se aprueben los resultados anuales de las actividades de la empresa. Dicha junta general de participantes de la empresa deberá celebrarse no antes de dos meses ni después de cuatro meses después del final del ejercicio financiero.

De conformidad con el párrafo 1 del artículo 35 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se celebra una junta general extraordinaria de participantes de la empresa en los casos determinados por los estatutos de la empresa, así como en cualquier otro caso si la celebración de dicha junta general es requerida por los intereses de la empresa y sus participantes.

El órgano ejecutivo de la empresa convoca una junta general extraordinaria de los participantes de la empresa. La iniciativa de convocar una junta general extraordinaria de los participantes de la empresa pertenece a: el órgano ejecutivo de la empresa, el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, la comisión de auditoría (auditor) de la empresa, el auditor, así como los partícipes de la sociedad, que en su conjunto tengan al menos una décima parte del número total de votos de los partícipes de la sociedad (Resolución del Tribunal Federal de Arbitraje (en adelante FAS) del Distrito Central de 27 de diciembre de 2004 en el expediente No. A64-1254/04-8).

Según el artículo 35 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el órgano ejecutivo de la empresa está obligado, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud para la celebración de una junta general extraordinaria de participantes de la empresa, a considerar este requisito y tomar una decisión. sobre la celebración de una junta general extraordinaria de participantes de la empresa o sobre la negativa a celebrarla. El órgano ejecutivo de la empresa sólo puede tomar la decisión de negarse a celebrar una junta general extraordinaria de participantes de la empresa en los siguientes casos:

Si no se sigue el procedimiento establecido por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada para la presentación de una solicitud de celebración de una junta general extraordinaria de partícipes de la sociedad;

Si ninguno de los temas propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa es de su competencia o no cumple con los requisitos de las leyes federales.

Tenga en cuenta que la lista especificada de motivos para negarse a celebrar una junta general extraordinaria de participantes de la empresa es exhaustiva (cláusula 21 de la Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia No. 90, Pleno del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia N° 14 de 9 de diciembre de 1999 "Sobre algunas cuestiones de aplicación de la Ley Federal " Sobre sociedades de responsabilidad limitada").

Además, si uno o más temas propuestos para su inclusión en el orden del día de una junta general extraordinaria de participantes de la empresa no son de la competencia de la junta general de participantes de la empresa o no cumplen con los requisitos de las leyes federales, estos temas no se incluyen. en la agenda.

El órgano ejecutivo de la empresa no tiene derecho a realizar cambios en la redacción de los temas propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa, así como a cambiar la forma propuesta de celebración de la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa.

Junto con los temas propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa, el órgano ejecutivo de la empresa, por iniciativa propia, tiene derecho a incluir temas adicionales en el mismo.

Si se decide celebrar una junta general extraordinaria de los participantes de la empresa, la junta deberá celebrarse a más tardar cuarenta y cinco días a partir de la fecha de recepción de la solicitud para su celebración.

Si dentro de un plazo de cinco días no se ha tomado la decisión de celebrar una junta general extraordinaria de los participantes de la empresa o se ha decidido negarse a celebrarla, la junta general extraordinaria de los participantes de la empresa podrá ser convocada por órganos o personas. exigiendo su celebración (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Moscú de 14 de enero de 2004 en el caso No. KG-A40/10775-03).

En este caso, el órgano ejecutivo de la empresa está obligado a proporcionar a los órganos o personas especificados una lista de los participantes de la empresa con sus direcciones.

Los costos de preparación, convocatoria y celebración de dicha junta general podrán ser reembolsados ​​por decisión de la junta general de participantes de la empresa a expensas de la empresa.

La decisión de una reunión extraordinaria de participantes de la empresa puede ser declarada inválida si dicha reunión es convocada y celebrada por personas no autorizadas (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Siberia Occidental de 28 de septiembre de 2004 en el caso No. F04-6811/2004 (A70-4918-11).

La preparación para la celebración de una junta general incluye varias etapas:

Tomar la decisión de celebrar una reunión;

Notificación a los participantes de la empresa sobre la reunión;

Presentación de propuestas por parte de los participantes de la empresa sobre la formación del orden del día de la junta general;

Proporcionar información y materiales a los miembros de la sociedad.

Como se mencionó anteriormente, la decisión de celebrar una junta general, por regla general, la toma el órgano ejecutivo de la empresa.

De conformidad con el artículo 36 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el órgano ejecutivo o las personas que convoquen una junta general de participantes de la empresa están obligados a notificar esto a cada participante de la empresa a más tardar treinta días antes de su celebración por correo certificado a la dirección indicada. en la lista de participantes de la empresa, o en cualquier otra forma prevista en los estatutos de la empresa. Los estatutos de la empresa pueden prever un período de notificación más corto.

La convocatoria de una junta general deberá indicar la hora y el lugar de la junta general de los participantes de la empresa, así como el orden del día propuesto.

¡Nota!

La notificación inoportuna (no notificación) a un participante de la empresa sobre la fecha de la junta general es motivo para declarar inválida la decisión de la junta general de participantes de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Volga-Vyatka de 11 de octubre de 2005 en caso No. A79-10720/2004-SK2-10477, Resolución del Distrito FAS de Siberia Oriental de fecha 19 de abril de 2005 en el caso No. A19-10279/04-6-Ф02-1545/05-С2, Resolución del Distrito de Moscú FAS de 21 de junio de 2005 en el expediente No. KG-A40/4964-05).

De conformidad con el párrafo 2 del artículo 36 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, cualquier participante de la empresa tiene derecho a hacer propuestas para incluir temas adicionales en el orden del día de la junta general de participantes de la empresa a más tardar quince días antes de su celebración. .

Se incluyen cuestiones adicionales en el orden del día de la junta general de participantes de la empresa. Los asuntos que no sean competencia de la junta general de participantes de la empresa o que no cumplan con los requisitos de las leyes federales no están sujetos a inclusión en el orden del día. Esta lista de razones para no incluir temas en el orden del día es exhaustiva (párrafo 21 de la Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia No. 90, el Pleno del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia No. 14 de diciembre 9, 1999 “Sobre algunas cuestiones de aplicación de la Ley Federal “Sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada” ).

El organismo o las personas que convocan la junta general de participantes de la empresa no tienen derecho a realizar cambios en la redacción de temas adicionales propuestos para su inclusión en el orden del día de la junta general de participantes de la empresa.

Si, a propuesta de los participantes de la empresa, se realizan cambios en el orden del día inicial de la junta general de los participantes de la empresa, el órgano o las personas que convocan la junta general de los participantes de la empresa están obligados a notificar a todos los participantes de la empresa a más tardar diez días antes de su celebración sobre los cambios realizados en el orden del día por correo certificado por carta a la dirección indicada en la lista de participantes de la empresa, o de otra forma prevista por los estatutos de la empresa.

La información y los materiales que se deben proporcionar a los participantes de la empresa al preparar la junta general de participantes de la empresa incluyen el informe anual de la empresa, las conclusiones de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa y del auditor con base en los resultados de la verificación de los informes anuales y balances anuales de la empresa, información sobre el candidato (candidatos) para los órganos ejecutivos de la empresa, el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa y la comisión de auditoría (auditores) de la empresa, proyectos de modificaciones y adiciones al constituyente documentos de la empresa, o proyectos de documentos constitutivos de la empresa en una nueva edición, proyectos de documentos internos de la empresa, así como otra información (materiales), previstos en los estatutos de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Central de 1 de octubre de 2004 en el expediente No. A35-2632/04-C9).

Si los estatutos de la empresa no prevén un procedimiento diferente para familiarizar a los participantes de la empresa con la información y los materiales, el organismo o las personas que convoquen la junta general de los participantes de la empresa están obligados a enviarles información y materiales junto con una convocatoria de la junta general. de los participantes de la empresa, y en caso de cambio en el orden del día, se envía la información y materiales pertinentes junto con la notificación de dicho cambio.

La información y los materiales especificados deben entregarse a todos los participantes de la empresa para su revisión en las instalaciones del órgano ejecutivo de la empresa dentro de los treinta días anteriores a la reunión general de los participantes de la empresa. La empresa está obligada, a petición de un participante de la empresa, a proporcionarle copias de estos documentos. La tarifa cobrada por la empresa por proporcionar estas copias no puede exceder los costos de su producción.

Tenga en cuenta que la violación del procedimiento de preparación y celebración puede dar lugar a la invalidación de la decisión de la junta general (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de la Región del Volga de 25 de noviembre de 2003 en el caso No. A49-2372/03-96АО/ 21).

Al mismo tiempo, de acuerdo con el párrafo 5 del artículo 36 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en caso de violación del procedimiento para la convocatoria de una junta general de participantes de la sociedad establecido por el artículo 36 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, tales una junta general se reconoce como competente si en ella participan todos los participantes de la empresa.

La junta general de los partícipes de la sociedad se lleva a cabo en la forma establecida por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, los estatutos de la sociedad y sus documentos internos. En la medida en que no esté regulado por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, los estatutos de la empresa y los documentos internos de la empresa, el procedimiento para la celebración de una junta general de participantes de la empresa se establece mediante decisión de la junta general de participantes de la empresa.

La Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada prevé dos procedimientos para la celebración de una reunión: en persona (artículo 36) y en ausencia (artículo 37).

Reunión presencial.

Antes del inicio de la junta general, se realiza el registro de los miembros de la empresa que llegan.

El inciso 2 del artículo 37 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada establece el derecho de los socios privados de la sociedad a participar en la junta general personalmente o por medio de sus representantes. Los representantes de los participantes de la empresa deben presentar documentos que confirmen su autoridad. Un poder emitido a un representante de un participante de la empresa debe contener información sobre la persona representada y el representante (nombre o designación, lugar de residencia o ubicación, detalles del pasaporte), redactado de acuerdo con los requisitos de los párrafos 4 y 5. del artículo 185 del Código Civil de la Federación de Rusia o certificado por notario.

Un participante de la empresa no registrado (representante de un participante de la empresa) no tiene derecho a participar en la votación.

La junta general de participantes de la empresa se abre a la hora especificada en la convocatoria de la junta general de participantes de la empresa o, si todos los participantes de la empresa ya están registrados, antes.

La junta general es abierta por la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la sociedad, o por la persona que preside el órgano ejecutivo colegiado de la sociedad. La junta general de los participantes de la empresa, convocada por el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, la comisión de auditoría (auditor) de la empresa, el auditor o los participantes de la empresa, es inaugurada por el presidente del consejo de administración. (consejo de supervisión) de la empresa, el presidente de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa, un auditor o uno de los participantes de la empresa que convocó esta junta general.

La persona que abre la junta general de los participantes de la empresa elige un presidente entre los participantes de la empresa.

A menos que los estatutos de la empresa dispongan lo contrario, al votar sobre la elección de un presidente, cada participante en la junta general de participantes de la empresa tiene un voto, y la decisión sobre este tema se toma por mayoría de votos del número total de votos de los partícipes de la empresa que tienen derecho a votar en esta junta general.

La junta general de participantes de la empresa tiene derecho a tomar decisiones únicamente sobre los puntos del orden del día comunicados a los participantes de la empresa de conformidad con los párrafos 1 y 2 del artículo 36 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. La excepción son los casos en que todos los miembros de la empresa participan en la junta general. En este caso, la junta general tiene derecho a tomar decisiones sobre puntos del orden del día que no fueron enviados a los participantes en preparación para la reunión.

Las decisiones sobre las cuestiones especificadas en el inciso 2 del párrafo 2 del artículo 33 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, así como sobre otras cuestiones determinadas por los estatutos de la empresa, se toman por una mayoría de al menos dos tercios del total. número de votos de los participantes de la empresa, si para su adopción se necesita un número mayor de votos, tal decisión no está prevista en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada o en los estatutos de la empresa.

Las decisiones sobre las cuestiones especificadas en los incisos 3 y 11 del apartado 2 del artículo 33 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se toman por unanimidad de todos los participantes de la empresa.

Otras decisiones se toman por mayoría de votos del número total de votos de los participantes de la empresa, a menos que la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada o los estatutos de la empresa establezcan la necesidad de un mayor número de votos para tomar tales decisiones.

Los estatutos de la empresa pueden prever la votación acumulativa sobre cuestiones de elección de miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa y (o) miembros de la comisión de auditoría de la empresa.

En la votación acumulativa, el número de votos de cada miembro de la empresa se multiplica por el número de personas que deben ser elegidas para el órgano de la empresa, y el participante de la empresa tiene derecho a emitir el número de votos resultante en su totalidad. para un candidato o distribuirlos entre dos o más candidatos. Se consideran electos los candidatos que obtengan el mayor número de votos.

Las decisiones de la junta general de los participantes de la empresa se toman mediante votación abierta, a menos que los estatutos de la empresa prevean un procedimiento diferente para la toma de decisiones.

Durante la celebración de una junta general, el órgano ejecutivo de la empresa organiza la redacción del acta de la junta general.

Las actas de todas las juntas generales de los participantes de la empresa se archivan en un libro de actas, que debe entregarse a cualquier participante de la empresa para su revisión en cualquier momento. A petición de los partícipes de la empresa, se les entregan extractos del libro de actas, certificados por el órgano ejecutivo de la empresa.

Asamblea general ausente de participantes.

La decisión de la junta general de los participantes de la empresa se puede tomar sin celebrar una reunión (la presencia conjunta de los participantes de la empresa para discutir los puntos del orden del día y tomar decisiones sobre los temas sometidos a votación) mediante votación en ausencia (por votación). Dicha votación podrá realizarse mediante el intercambio de documentos mediante comunicaciones postales, telegráficas, teletipo, telefónicas, electrónicas u otras que aseguren la autenticidad de los mensajes transmitidos y recibidos y su prueba documental.

La decisión de la junta general de participantes de la empresa sobre las cuestiones especificadas en el inciso 6 del párrafo 2 del artículo 33 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (sobre la aprobación de los informes anuales y los balances anuales) no puede tomarse mediante voto ausente (por votación) .

El procedimiento para realizar la votación en ausencia está determinado por un documento interno de la empresa, que debe prever la notificación obligatoria del orden del día propuesto a todos los participantes de la empresa, la posibilidad de familiarizar a todos los participantes de la empresa con toda la información y materiales necesarios. antes de la votación, la oportunidad de hacer propuestas para la inclusión de temas adicionales en el orden del día, y la notificación obligatoria a todos los miembros de la empresa antes del inicio de la votación sobre el orden del día modificado, así como la fecha de finalización del procedimiento de votación.

La Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada destaca específicamente el procedimiento para la toma de decisiones en una sociedad formada por un solo participante.

De conformidad con el artículo 39 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en dicha empresa, las decisiones sobre cuestiones que son competencia de la junta general de participantes de la empresa las toma el único participante de la empresa de forma individual y se redactan por escrito. En este caso, no se aplican las disposiciones de los artículos 34, 35, 36, 37, 38 y 43 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, con excepción de las disposiciones relativas al calendario de la junta general anual de partícipes de la sociedad.

¡Nota!

Una decisión de una junta general que afecte los derechos de los participantes de la empresa puede ser declarada inválida si durante la junta general se cometieron violaciones importantes de la ley (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Volga-Vyatka de 27 de septiembre de 2005 en el caso No. A43-17901/2004-1-641). Los miembros de la empresa que no estuvieron presentes en la reunión o votaron en contra de tal decisión tienen derecho a apelar dicha decisión (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito del Lejano Oriente de 7 de diciembre de 2004 en el expediente No. F03-A51/ 04-1/3779).

De conformidad con el artículo 43 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, dicha solicitud puede presentarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que el participante de la empresa tuvo conocimiento o debió haber tenido conocimiento de la decisión adoptada. Si una empresa participante participó en la junta general de empresas participantes que adoptó la decisión apelada, dicha solicitud podrá presentarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha de adopción de dicha decisión.

En este caso, el tribunal tiene derecho, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, a confirmar la decisión apelada si el voto del participante de la empresa que presentó la solicitud no pudo influir en los resultados de la votación, las violaciones cometidas no son significativas y la decisión no causó pérdidas a esta empresa participante.

De conformidad con el artículo 33 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la competencia de la junta general de participantes de la empresa está determinada por los estatutos de la empresa.

El apartado 2 del artículo 33 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada incluye dentro de la competencia exclusiva de la junta general de partícipes de la sociedad:

Determinar las principales direcciones de las actividades de la empresa, así como tomar decisiones sobre la participación en asociaciones y otras asociaciones de organizaciones comerciales (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Siberia Occidental de 26 de octubre de 2004 en el caso No. F04-7675/2004 (5748-A45-12);

Modificación de los estatutos de la empresa, incluida la modificación del tamaño del capital autorizado de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Moscú de 16 de agosto de 2004 en el caso No. KG-A40/6214-04);

Según el párrafo 2 del artículo 32 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, los estatutos de la empresa pueden prever la formación de un consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

La competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa está determinada por los estatutos de la empresa de conformidad con la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Los estatutos de la empresa pueden establecer que la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa incluya:

Formación de órganos ejecutivos de la empresa, cese anticipado de sus poderes;

Resolver cuestiones relativas a la ejecución de transacciones importantes en los casos previstos en el artículo 46 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada;

Resolver cuestiones relativas a la ejecución de operaciones en las que exista interés, en los casos previstos en el artículo 45 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada;

Resolver cuestiones relacionadas con la preparación, convocatoria y celebración de una junta general de participantes de la empresa. Si los estatutos de la empresa remiten la resolución de cuestiones relacionadas con la preparación, convocatoria y celebración de una junta general de los participantes de la empresa a la competencia del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, el órgano ejecutivo de la empresa adquiere el derecho a exigir la celebración de una junta general extraordinaria de los partícipes de la empresa;

Resolución de otras cuestiones previstas por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

El procedimiento para la formación y actividades del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, así como el procedimiento para poner fin a los poderes de los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa y la competencia del presidente de El consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa está determinado por los estatutos de la empresa.

Parece que si el consejo de administración no se ha formado, pero el estatuto prevé su creación, los poderes del consejo de administración deberían transferirse a la junta general. Para evitar situaciones de conflicto, esta disposición puede estar consagrada en los estatutos de la empresa.

La Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada establece restricciones a la combinación de puestos directivos en la empresa. Los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa no pueden constituir más de una cuarta parte de la composición del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa. Una persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de una empresa no puede ser simultáneamente presidente del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

Por decisión de la junta general de participantes de la empresa, los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa durante el período de desempeño de sus funciones podrán recibir una remuneración y (o) una compensación por los gastos asociados con el desempeño de estas funciones. . Los importes de estas remuneraciones y compensaciones se establecen por decisión de la junta general de partícipes de la empresa.

Los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa que no sean miembros de la empresa podrán participar en la junta general de participantes de la empresa con derecho a voto consultivo.

Transferencia de derechos de voto por parte de un miembro del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, a otras personas, incluidos otros miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa, no esta permitido.

Los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de una empresa, al ejercer sus derechos y desempeñar sus funciones, deben actuar en interés de la empresa de buena fe y razonablemente.

Los miembros de la junta directiva (consejo de supervisión) de una empresa son responsables ante la empresa de las pérdidas causadas a la empresa por sus acciones culpables (inacción), a menos que las leyes federales establezcan otros motivos y el monto de la responsabilidad. En este caso, los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa que votaron en contra de la decisión que causó pérdidas a la empresa o que no participaron en la votación no son responsables.

Al determinar los motivos y el monto de la responsabilidad de los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, se deben tener en cuenta las condiciones habituales de rotación de negocios y otras circunstancias relevantes para el caso.

La empresa o su participante tiene derecho a presentar una reclamación de indemnización por las pérdidas causadas a la empresa por un miembro del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

Una decisión de la junta directiva (consejo de supervisión) de una empresa tomada en violación de los requisitos de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, otros actos legales de la Federación de Rusia, los estatutos de la empresa y violando los derechos e intereses legítimos de un participante de la empresa. puede ser declarado inválido por el tribunal a petición de este participante de la empresa.

Recordemos que a finales de 2005, el Ministerio de Desarrollo Económico y Comercio de la Federación de Rusia presentó al Gobierno de la Federación de Rusia un concepto revisado para el desarrollo de la legislación empresarial para el período hasta 2008. Una de las direcciones para reformar la legislación corporativa será el desarrollo de mecanismos para prevenir y resolver conflictos corporativos. Otro ámbito es garantizar la responsabilidad civil de los miembros del consejo de administración y de los gerentes por las pérdidas causadas a la empresa.

Según el artículo 32 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la gestión de las actividades actuales de la empresa la lleva a cabo el órgano ejecutivo único de la empresa o el órgano ejecutivo único de la empresa y el órgano ejecutivo colegiado de la empresa. Los órganos ejecutivos de la empresa son responsables ante la junta general de los participantes de la empresa y el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa.

De conformidad con el párrafo 1 del artículo 40 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el único órgano ejecutivo de la empresa (presidente y otros) es elegido por la junta general de participantes de la empresa por un período determinado por los estatutos de la empresa.

Un acuerdo entre la empresa y la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la empresa es firmado en nombre de la empresa por la persona que presidió la junta general de los participantes de la empresa, en la que la persona que desempeña las funciones de ejecutivo único. fue elegido el órgano de la empresa, o por un participante de la empresa autorizado por decisión de la junta general de participantes de la empresa (Resolución FAS Distrito Central de 10 de agosto de 2004 en el expediente No. A09-832/03-5-4) .

El único órgano ejecutivo puede ser un participante de la empresa o una persona independiente. Según el artículo 275 del Código del Trabajo de la Federación de Rusia, un contrato de trabajo con el director de una organización se concluye por un período establecido por los documentos constitutivos de la organización o por acuerdo de las partes.

Las leyes, otros actos legales reglamentarios o documentos constitutivos de una organización pueden establecer procedimientos previos a la celebración de un contrato de trabajo con el director de la organización (realización de un concurso, elección o nombramiento para un puesto, etc.).

Una persona que desempeñe las funciones de órgano ejecutivo único de la empresa, que no sea miembro de la empresa, podrá participar en la junta general de participantes de la empresa con derecho a voto consultivo.

Sólo una persona física puede actuar como único órgano ejecutivo de una sociedad, con excepción del caso previsto en el artículo 42 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, según el cual la sociedad tiene derecho a transferir mediante contrato las facultades de sus órgano ejecutivo único al administrador, si tal posibilidad está expresamente prevista en los estatutos de la empresa.

Un punto de vista interesante fue expresado por la FAS del Distrito de Siberia Oriental en la Resolución del 21 de septiembre de 2004 en el caso No. A74-1923/04-K1-F02-3861/04-C2, según la cual, si la carta de la empresa no contiene una prohibición sobre la transferencia de poderes del órgano ejecutivo único al gerente, entonces la transferencia de poderes del órgano ejecutivo único al gerente no contradice la ley.

La competencia del órgano ejecutivo único viene establecida con carácter general en el artículo 40 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Las funciones del órgano ejecutivo único se detallan con más detalle en los estatutos de la empresa. Órgano ejecutivo único de la empresa:

Sin poder, actúa en nombre de la empresa, incluso representando sus intereses y realizando transacciones;

Emite poderes para el derecho de representación en nombre de la sociedad, incluidos poderes con derecho de sustitución;

Emite órdenes sobre el nombramiento de empleados de la empresa para cargos, sobre su traslado y despido, aplica medidas de incentivo e impone sanciones disciplinarias;

Ejerce otras facultades no asignadas por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada o los estatutos de la empresa a la competencia de la junta general de partícipes de la empresa, el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa y el órgano ejecutivo colegiado de la empresa.

El procedimiento para las actividades del órgano ejecutivo único de la empresa y su toma de decisiones está establecido por el estatuto de la empresa, los documentos internos de la empresa, así como un acuerdo celebrado entre la empresa y la persona que desempeña las funciones de su órgano ejecutivo único.

Tenga en cuenta que las decisiones sobre el nombramiento y cese de poderes de un gerente son competencia únicamente de la junta general de participantes de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Siberia Occidental de 15 de diciembre de 2004 en el caso No. Ф04-8696 /2004(6998-А03-11).

Al mismo tiempo, un participante de la empresa no tiene derecho a rescindir de forma independiente el contrato con la persona que actúa como único órgano ejecutivo. Tomar tal decisión es competencia de la junta general (artículo 33 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada).

La decisión del único órgano ejecutivo de la empresa o del administrador, tomada en violación de los requisitos de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, otros actos jurídicos de la Federación de Rusia, los estatutos de la empresa y violando los derechos e intereses legítimos de una participante de la empresa, de conformidad con el artículo 43 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, puede ser declarado inválido por el tribunal a petición de este miembro de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Volga-Vyatka de 8 de julio de 2004 en el expediente No. A38-3985-14/69-2004).

El órgano ejecutivo único de la sociedad y el administrador, en el ejercicio de sus derechos y en el desempeño de sus funciones, deberán actuar en interés de la sociedad de buena fe y razonablemente.

El único órgano ejecutivo de la empresa, así como el gerente, son responsables ante la empresa de las pérdidas que le causen sus acciones culpables (inacción), a menos que las leyes federales establezcan otros motivos y el monto de la responsabilidad.

Al determinar las causas y el monto de la responsabilidad del único órgano ejecutivo de la empresa, así como del gerente, se deben tener en cuenta las condiciones habituales de rotación de negocios y otras circunstancias relevantes del caso.

La empresa o su participante tiene derecho a presentar una reclamación de indemnización por las pérdidas causadas a la empresa por el único órgano ejecutivo de la empresa o el administrador.

Al mismo tiempo, los miembros de la empresa, al solicitar protección judicial, actúan en interés de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de los Urales de 24 de diciembre de 2003 en el expediente No. F09-1180/03-GK ).

De conformidad con el artículo 41 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, si el estatuto de la empresa prevé la formación, junto con el órgano ejecutivo único de la empresa, de un órgano ejecutivo colegiado de la empresa (directorio, dirección y otros), dicho organismo es elegido por la junta general de participantes de la empresa en el número y por el período determinado por los estatutos de la empresa.

Sólo una persona física puede ser miembro del órgano ejecutivo colegiado, independientemente de que sea miembro de la empresa o no.

Los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la sociedad que no sean socios de la sociedad podrán participar en la junta general de partícipes de la sociedad con derecho a voto consultivo.

No se permite la transferencia de derechos de voto por parte de un miembro del órgano ejecutivo colegiado de la empresa a otras personas, incluidos los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa y otros miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa.

El órgano ejecutivo colegiado de la empresa ejerce las competencias que le asigna el estatuto social a su competencia.

Según el apartado 1 del artículo 41 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, las funciones del presidente del órgano ejecutivo colegiado de la sociedad son desempeñadas por la persona que desempeña las funciones del órgano ejecutivo único de la sociedad, salvo que las competencias del órgano ejecutivo único de la empresa se transfieren al gerente.

El procedimiento para las actividades del órgano ejecutivo colegiado de la empresa y su toma de decisiones está establecido por los estatutos de la empresa y los documentos internos de la empresa.

Así, el estatuto de la empresa deberá establecer en detalle el procedimiento para la formación y actividades del órgano ejecutivo colegiado de la empresa, así como la competencia de este órgano.

Los miembros del órgano colegiado de dirección de la empresa, en el ejercicio de sus derechos y en el desempeño de sus funciones, deberán actuar en interés de la empresa con buena fe y prudencia.

Los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa son responsables ante la empresa de las pérdidas que le causen sus acciones culpables (inacción), a menos que las leyes federales establezcan otros motivos y el monto de la responsabilidad. En este caso, no son responsables los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa que votaron en contra de la decisión que provocó pérdidas a la empresa o que no participaron en la votación.

A la hora de determinar las causas y el importe de la responsabilidad de los miembros del órgano colegiado de dirección de la empresa, deberán tenerse en cuenta las condiciones habituales de giro empresarial y demás circunstancias relevantes del caso.

Si son varias las personas responsables, su responsabilidad para con la sociedad es solidaria.

De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la empresa o su participante tiene derecho a presentar una reclamación de indemnización por las pérdidas causadas por un miembro del órgano ejecutivo colegiado de la empresa.

Una decisión del órgano ejecutivo colegiado de la empresa tomada en violación de los requisitos de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, otros actos jurídicos de la Federación de Rusia, los estatutos de la empresa y la violación de los derechos e intereses legítimos de un participante de la empresa puede ser declarado inválido por el tribunal a petición de este participante de la empresa.

Según el artículo 32 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, los estatutos de la empresa pueden prever la formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor) de la empresa. La formación de una comisión de auditoría (elección de un auditor) es obligatoria en empresas con más de quince participantes.

Cualquier persona, incluidas aquellas que no sean miembros de la empresa, puede ser miembro de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa.

Los miembros de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa no pueden ser miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, una persona que desempeñe las funciones del órgano ejecutivo único de la empresa y miembros del órgano ejecutivo colegiado de la compañía.

De conformidad con el artículo 47 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la comisión de auditoría (auditor) de la empresa es elegida por la junta general de los participantes de la empresa por un período determinado por los estatutos de la empresa.

El número de miembros de la comisión de auditoría de la empresa está determinado por los estatutos de la empresa.

La comisión de auditoría (auditor) de la empresa tiene derecho en cualquier momento a realizar inspecciones de las actividades económicas y financieras de la empresa y a tener acceso a toda la documentación relacionada con las actividades de la empresa. A solicitud de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa, los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la empresa, los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la La empresa, así como los empleados de la empresa, están obligados a dar las explicaciones necesarias de forma oral o escrita.

La inspección por parte de la comisión de auditoría de las actividades económicas y financieras de la empresa es una parte integral del sistema de control interno de la empresa.

La comisión de auditoría (auditor) de la empresa debe realizar una auditoría de los informes anuales y balances de la empresa antes de su aprobación por la junta general de participantes de la empresa. La junta general de los participantes de la empresa no tiene derecho a aprobar los informes anuales y balances de la empresa en ausencia de conclusiones de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa.

El procedimiento de trabajo de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa está determinado por los estatutos y los documentos internos de la empresa.

¡Nota!

Las funciones de la comisión de auditoría (auditor) de la empresa, si así lo prevén los estatutos de la empresa, pueden ser realizadas por un auditor aprobado por la junta general de los participantes de la empresa, que no esté relacionado por intereses de propiedad con la empresa, miembros de el consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, siendo la persona que desempeña las funciones de órgano ejecutivo único de la empresa, los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa y los partícipes de la empresa.

Para comprobar y confirmar la exactitud de los informes anuales y balances de la empresa, así como para comprobar el estado de la situación actual de la empresa, tiene derecho, por decisión de la junta general de participantes de la empresa, a contratar un auditor profesional que no está vinculado por intereses patrimoniales con la empresa, los miembros del consejo de administración (consejo de supervisión) de la empresa, una persona que desempeña las funciones del órgano ejecutivo único de la empresa, los miembros del órgano ejecutivo colegiado de la empresa y los participantes de la empresa. La cuestión del nombramiento de una auditoría es competencia exclusiva de la junta general de participantes de la empresa (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Volga-Vyatka de 17 de enero de 2005 en el caso No. A29-2153/2004-2e).

A solicitud de cualquier miembro de la empresa, podrá ser realizado por un auditor profesional elegido por él, quien deberá cumplir con los requisitos anteriores (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Moscú de 15 de agosto de 2005 en el caso No. KG -A41/7547-05). En caso de tal auditoría, el pago de los servicios del auditor se realiza a expensas de la empresa participante a cuya solicitud se lleva a cabo. Los gastos de un participante de la empresa por el pago de los servicios de un auditor podrán serle reembolsados ​​por decisión de la junta general de participantes de la empresa a expensas de la empresa.

La participación de un auditor para verificar y confirmar la exactitud de los informes anuales y balances de la empresa es obligatoria en los casos previstos por las leyes federales y otros actos legales de la Federación de Rusia. De acuerdo con el artículo 7 de la Ley Federal de 7 de agosto de 2001 No. 119-FZ "Sobre Actividades de Auditoría", una auditoría obligatoria se reconoce como una auditoría obligatoria anual de los estados contables y financieros (contables) de una organización. La auditoría obligatoria se lleva a cabo en los casos en que:

La organización es una organización de crédito, una oficina de historial crediticio, una organización de seguros o una mutua de seguros, una bolsa de valores o de productos básicos, un fondo de inversión, un fondo cuyas fuentes de fondos son contribuciones voluntarias de personas físicas y jurídicas;

El volumen de ingresos de la organización por la venta de productos (ejecución de trabajos, prestación de servicios) durante un año excede el salario mínimo establecido por la legislación de la Federación de Rusia en 500 mil veces o la cantidad de activos del balance al final de el año del informe supera en 200 mil veces el salario mínimo establecido por la legislación de la Federación de Rusia;

La auditoría obligatoria de estas organizaciones está prevista por la ley federal.

Cabe señalar que la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada no prevé casos de auditoría obligatoria. En este caso, si la junta general no toma la decisión de realizar una auditoría y la empresa no se ajusta a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Ley Federal de 7 de agosto de 2001 No. 119-FZ "Sobre Actividades de Auditoría", la empresa tiene derecho a no realizar una auditoría (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Noroeste de 27 de octubre de 2004 en el expediente No. A56-33180/03).

Puede obtener más información sobre cuestiones relacionadas con las personas jurídicas en todas las etapas de existencia (desde la creación hasta la liquidación) en el libro de los autores de JSC BKR-INTERCOM-AUDIT “Sociedades comerciales y empresas unitarias”.