Características comparativas de las instituciones autónomas, presupuestarias, estatales en algunos motivos (organización de la contabilidad presupuestaria y tributaria). Qué significa institución educativa autónoma Qué significa institución autónoma municipal

De acuerdo con la legislación nacional, en la Federación de Rusia, según el tipo de propietario, existen tres tipos de instituciones: estatales, privadas y municipales. A su vez, tanto las organizaciones estatales como las municipales se pueden dividir en estatales, autonómicas y presupuestarias. La división en tipos de instituciones está consagrada en la Ley Federal N° 83-FZ del 08 de mayo de 2010. Esta clasificación determina la independencia financiera y económica de la institución, sus derechos y obligaciones en relación con los bienes muebles e inmuebles y los fondos, así como el grado de independencia del Estado. Pero, ¿cuál es la diferencia entre una institución autónoma y una presupuestaria?

Definición de instituciones

Organización financiada por el estado- una organización estatal o municipal sin fines de lucro (según el nivel del fundador), creada para prestar servicios y realizar trabajos en diversos campos, desde la ciencia y la educación hasta la cultura física y el deporte. La provisión financiera de una organización presupuestaria se lleva a cabo sobre la base de una estimación presupuestaria a expensas del presupuesto del nivel correspondiente.

institución autónoma- una organización sin fines de lucro, cuyo fundador puede ser el estado representado por la Federación de Rusia o un sujeto, un municipio. El objetivo principal de la actividad de una organización autónoma, como en el caso de una institución presupuestaria, es la prestación de servicios y la realización de trabajos en diversos campos.

Los propietarios de la propiedad de los dos tipos de instituciones anteriores, asignados a ellos sobre la base del derecho de gestión operativa, son la Federación Rusa, el sujeto de nuestro país y el municipio. Así, la principal diferencia entre una institución autónoma y una presupuestaria es el nivel de independencia del estado y la independencia financiera y económica.

Comparación

De acuerdo con la legislación rusa, una institución autónoma debe tener un órgano colegiado como un consejo de supervisión, que es un órgano de supervisión en relación con el jefe y las actividades de la organización. Una organización autónoma no puede tener más de un fundador.

En cuanto al financiamiento, las instituciones presupuestarias reciben fondos presupuestarios del fundador a través de estimaciones de costos e ingresos, y las autónomas, a través de subsidios y subvenciones. Además, todos los ingresos recibidos por una institución presupuestaria se transfieren a las cuentas del fundador. Pero una organización autónoma gestiona de forma independiente los fondos recibidos de las actividades financieras y económicas, y el Fundador no tiene derecho a disponer de los ingresos de la JSC. Y lo más importante, una institución autónoma tiene derecho a participar en actividades económicas que no contradigan la legislación de la Federación Rusa.

Cada organismo presupuestario está obligado a depositar sus fondos únicamente en las cuentas del Tesoro Federal. El derecho a colocar fondos en depósitos de organizaciones de crédito se otorga solo a organizaciones autónomas. Además, al igual que en el caso de los depósitos, sólo las instituciones autónomas pueden realizar operaciones con valores.

¿Cuál es la diferencia entre institución autónoma y presupuestaria? Además de los derechos, cada organización tiene responsabilidades de las que tanto el fundador como la propia organización son responsables. El fundador de una organización presupuestaria asume la responsabilidad subsidiaria de todas las obligaciones en caso de financiación insuficiente de una institución presupuestaria. A su vez, el fundador de una institución autónoma no es responsable de las deudas de la organización autónoma.

De conformidad con la Ley Federal "De Instituciones Autónomas" (inciso 1, artículo 2) institución autónoma una organización sin fines de lucro establecida por la Federación Rusa, una entidad constitutiva de la Federación Rusa o un municipio reconocido para realizar trabajos, prestar servicios para ejercer los poderes de las autoridades estatales previstas por la legislación de la Federación Rusa, los poderes de los gobiernos locales en los campos de la ciencia, la educación, la sanidad, la cultura, la protección social, el empleo de la población, la cultura física y el deporte, así como en otros ámbitos.

Una institución autónoma (AU) es una organización estatal (municipal) sin fines de lucro que es una institución. Cuando antes se hablaba de una institución estatal o municipal, siempre se refería a una institución presupuestaria (UB). Hoy puede ser tanto BU como AU.

Esta disposición se refleja en el Código Civil de la Federación de Rusia de la siguiente manera: "Una institución estatal o municipal puede ser una institución presupuestaria o autónoma" (cláusula 2, artículo 120).

Es importante que casi todos los tipos de beneficios previstos por diversas leyes para las instituciones presupuestarias se apliquen a las CC.AA. Al mismo tiempo, la CA está desprovista de casi todas las restricciones que hoy acompañan las actividades de una institución presupuestaria.

Con la aprobación de la Ley Federal "De las Instituciones Autónomas", una institución estatal o municipal puede ser tanto presupuestaria como autónoma, ya que se trata de dos tipos de la misma forma orgánica y jurídica.

¡Nota!

Una serie de reglamentos regionales y programas objetivo se refieren a una sola forma: "institución presupuestaria". Para extender las disposiciones de estas leyes y programas a las instituciones autónomas, deben modificarse, a saber: para indicar que los actos legales reglamentarios no se aplican a las "instituciones presupuestarias", sino a las "instituciones estatales y municipales".

2. ¿Cuál es la diferencia entre las instituciones autónomas (AU) y las organizaciones autónomas sin fines de lucro (ANO)?

De acuerdo con la Ley de la Federación de Rusia "Sobre la educación", "Se pueden crear organizaciones educativas estatales y no estatales en las formas organizativas y legales previstas por la legislación civil de la Federación de Rusia para organizaciones sin ánimo de lucro» (Art. 11.1). La Ley rusa "sobre organizaciones no comerciales" (1996) fue adoptada antes que la Ley "sobre instituciones autónomas". Establece: “Una organización autónoma sin fines de lucro es una organización sin fines de lucro que no tiene membresía, establecido ciudadanos y (o) personas jurídicas sobre la base de contribuciones voluntarias de propiedad con el fin de brindar servicios educativos, salud, cultura, ciencia, derecho, cultura física y deportes y otros servicios” (artículo 10).

Por lo tanto, los líderes de varias regiones rusas, en particular, la región de Tyumen, no esperaron la adopción de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas" y transformaron varias instituciones presupuestarias (en particular, jardines de infancia) en autónomos no- organizaciones lucrativas (ANO). Su principal diferencia con las AU es que no son estatales ( Esquema 1).

Esquema 1

Las actividades de las ANO están reguladas por la Ley de Organizaciones No Comerciales y no por la Ley de Instituciones Autónomas. Las organizaciones autónomas sin fines de lucro no están sujetas a los beneficios que corresponden a las instituciones autónomas (que sólo pueden ser estatales o municipales).

Otra diferencia clave es que las organizaciones autónomas sin fines de lucro pueden ser declaradas en quiebra por decisión judicial. Esta medida no se aplica a las AC. (ver pregunta nº 12) .

3. ¿Qué criterios debe cumplir una escuela para convertirse en AU?

En cada caso específico, la propuesta de transferir la escuela a AU es aceptada por el fundador con el consentimiento de la administración de la escuela. La administración de la escuela debe preparar un paquete de documentos, incluida la celebración de una reunión del colectivo laboral y obtener su consentimiento para ser transferido a la AU. Hoy, los expertos recomiendan varios criterios para guiar a los fundadores a tomar esta decisión crucial.

Los principales criterios para el fundador al crear instituciones autónomas son:

- la institución educativa tiene experiencia en la prestación de servicios pagados a la población;

- la proporción de fondos extrapresupuestarios atraídos a un nivel de al menos 10-15% de la financiación total;

- la presencia de un entorno competitivo;

– disponibilidad de planes de desarrollo estratégico bien elaborados, así como de un plan financiero.

De acuerdo con la versión del Código de Presupuesto de la Federación Rusa, vigente desde el 1 de enero de 2008, el fundador de las instituciones presupuestarias y autónomas les asigna tareas estatales (municipales) de acuerdo con las actividades principales previstas en sus estatutos. El apoyo financiero para el cumplimiento de las tareas son las asignaciones presupuestarias (artículos 69.1, 69.2 de la RF BC).

Los expertos enfatizan que no tiene sentido transferir una institución presupuestaria a una autónoma si está casi completamente financiada en el marco de asignaciones presupuestarias para la implementación de una tarea estatal (municipal). En este caso, el fundador tiene derecho a controlar estrictamente el gasto de los fondos presupuestarios (incluso en el marco de la financiación estimada).

La mayoría de las escuelas grandes hoy en día obtienen ingresos de la provisión de servicios educativos adicionales pagados. Estas AM pueden beneficiarse de un cambio en el tipo de institución y deben ser consideradas en primer lugar en la lista de candidatos para la transferencia a la AO.

Los expertos recomiendan que los fundadores de instituciones educativas se guíen por los datos del ranking de las mejores escuelas compilados en el curso de la implementación de los proyectos de apoyo educativo regional y KPME. Instituciones educativas: los ganadores del concurso de las mejores escuelas en el marco de la CPMO ya tienen experiencia en gestión real (incluida la elaboración de planes para el desarrollo estratégico y financiero, la celebración de concursos, la prestación de servicios pagos adicionales, el trabajo con el consejo de administración). Esto es sumamente importante en el contexto de la gestión independiente de los fondos presupuestarios y extrapresupuestarios proporcionados por ley a una institución autónoma. (ver pregunta nº 11).

4. ¿Es posible cambiar el fundador al mudarse a una AU?

Habitualmente, el traspaso de una institución presupuestaria a una autónoma no implica un cambio de fundador. La nueva AC queda bajo la jurisdicción de la misma autoridad.

El fundador de una institución autónoma se determina según la propiedad sobre la base de la cual se crea. El fundador de las instituciones autónomas federales es la Federación Rusa, regional - el sujeto de la Federación Rusa, municipal - el municipio. En el caso de las escuelas, estamos hablando (con excepciones menores) de autoridades municipales.

¿Qué funciones realiza el fundador en relación con la CA?

Según el art. 9 de la Ley Federal "Sobre las Instituciones Autónomas", el fundador es responsable de:

    aprobación de la carta de la institución autónoma, introducción de enmiendas a la misma;

    consideración y aprobación de propuestas del titular de una institución autónoma sobre la creación y liquidación de sucursales de una institución autónoma, sobre la apertura y cierre de sus oficinas de representación;

    reorganización y liquidación de una institución autónoma, cambiando su tipo;

    aprobación de la escritura de traspaso o balance de separación;

    nombramiento de una comisión liquidadora y aprobación de los balances de liquidación intermedios y definitivos;

    nombramiento del titular de la CA y cese de sus funciones; conclusión y rescisión de un contrato de trabajo con él, a menos que las leyes federales establezcan un procedimiento diferente para nombrar un gerente y rescindir sus poderes y (o) celebrar y rescindir un contrato de trabajo con él para organizaciones en el campo de actividad relevante;

    consideración y aprobación de propuestas del titular de una institución autónoma sobre la realización de transacciones con bienes de una institución autónoma en los casos en que se requiera el consentimiento del fundador de la CA para realizar tales transacciones.

¡Nota!

De conformidad con el apartado 9 del art. 5 de la Ley Federal "De las Instituciones Autónomas", la decisión de crear una CA cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente debe contener información sobre el órgano fundador de la CA, facultado para crearla y responsable de llevar a cabo las actividades pertinentes. .

5. ¿Se puede trasladar por la fuerza una escuela a una institución autónoma?

Estos temores fueron expresados ​​por los educadores al conocer por primera vez el proyecto de ley "Sobre las instituciones autónomas". La posibilidad de transferir por la fuerza una institución educativa presupuestaria (en concreto, una escuela) a la condición de autónoma con mayor reducción o privación de fondos (y en el peor de los casos, incluso cierre) fue discutida por los legisladores en la etapa de redacción del proyecto de ley. en los comités de la Duma Estatal de la Federación Rusa.

Para apoyar la libre expresión de la iniciativa de la comunidad pedagógica, se hizo una reforma fundamental a la Ley “De Instituciones Autónomas”: la decisión de crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal ya existente (en este caso, cambiar el estado de una escuela) se toma por iniciativa o con el consentimiento de la institución estatal o municipal (inciso 4, artículo 5 de la Ley Federal "De Instituciones Autónomas").

En otras palabras, la propia administración de la escuela puede acercarse al fundador con una propuesta para cambiar el tipo de institución de BU a AU, o considerar (aceptar o rechazar) la propuesta correspondiente del fundador.

En ambos casos, la administración de la institución educativa deberá previamente discutir integralmente con el personal docente la posibilidad de transferencia a la institución educativa. Habiendo tomado una decisión positiva, la administración de la escuela y el contador deben preparar y aprobar una gran cantidad de papeleo.

En el proceso de preparación de documentos durante muchos meses, la administración tomará la decisión final: ¿está su escuela lista para el importante paso de cambiar el estatus?

Le recomendamos que preste atención a la desde. 27–30 de este número del periódico la opinión de Tatyana Pavlovna Mishurovskaya, directora del gimnasio No. 40 en Kaliningrado, quien está segura de que incluso para una administración escolar experimentada de seis personas, preparar los documentos para la transferencia a la UA llevará varios meses. De esto se desprende que la escuela no puede “despertar” una buena mañana en su nuevo estatus de institución autónoma solo porque este estatus le fue “impuesto” desde arriba.

¡Nota!

El procedimiento para la creación de una institución autónoma está prescrito en el art. 5 de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas", en el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 28 de mayo de 2007 No. 325 (para todos los niveles de gobierno: federal, regional y municipal).

6. ¿Qué hacer si el fundador no acepta transferir la escuela a AU?

Ya hay tales casos en Rusia. Varias escuelas en las regiones rusas han expresado su deseo de cambiar el formulario de BU a AU, pero el fundador, por varias razones, está posponiendo la consideración de sus solicitudes. En algunas regiones (por ejemplo, en Moscú), los líderes educativos dijeron que no van a cambiar el estado de BU a AU para ninguna escuela de la ciudad. Sin embargo, en otras situaciones de negativa, el fundador consideró que la escuela aún no estaba lista para funcionar en el estatus de AC. Las razones pueden ser las siguientes:

- la escuela no tiene su propio departamento de contabilidad, que es necesario para el trabajo completo de una institución autónoma;

- un pequeño número de estudiantes y, en consecuencia, una financiación insuficientemente alta, que no permitirá que la escuela realice una actividad financiera activa e independiente;

- falta de fuentes de financiación extrapresupuestaria adicional en la escuela;

- la falta de una comunidad de padres enérgica en la escuela, en particular, un consejo de gobierno activo, cuyos miembros podrían luego unirse al Consejo de Supervisión de la AU.

Una de las principales dudas del fundador, que impide el traslado de la BU a la UA, es la falta de preparación de la escuela para la gestión independiente. necesito recordar (ver pregunta nº 12) que en caso de recuperación por parte de los acreedores en juicio, parte de las deudas de la CA recae sobre el fundador. Esto le obliga a ser especialmente cuidadoso.

Los expertos señalan que algunas de estas situaciones son reparables: la escuela puede no tener su propio contador, pero para las actividades de la AC, una contabilidad de clúster centralizada con contabilidad transparente para cada institución por separado es suficiente.

La escuela puede no tener muchos estudiantes, pero puede recibir una orden del municipio para servicios educativos adicionales. Todo depende de la actividad de su administración y consejo de gobierno.

Sin embargo, si se niega la transferencia de la escuela a AU, se debe recordar que la decisión sobre este importante paso la toma no solo el equipo, sino también el fundador. ¿Quizás deberías convencerlo?

¡Nota!

Decisión de establecer una institución autónoma se adopta sobre la base de una propuesta elaborada por el órgano ejecutivo que ejerce las funciones del fundador. La forma de dicha propuesta está determinada por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 28 de mayo de 2007 No. 325 y es obligatoria para todos los niveles de gobierno (federal, regional, municipal). El Ministerio de Desarrollo Económico de Rusia aprobó (orden No. 261 del 20.07.2007) Directrices para completar el formulario de propuesta para la creación de una institución autónoma cambiando el tipo de institución estatal o municipal existente. (La propuesta debe ser consensuada con el órgano ejecutivo del poder estatal o del gobierno local, que tiene encomendada la administración de los bienes estatales o municipales (inciso 6, artículo 5 de la Ley Federal "De las Instituciones Autónomas").

El Consejo de Vigilancia de la UA, que se reúne en sus sesiones una vez al trimestre, no es un órgano de gobierno(Cláusula 1, Artículo 12 de la Ley Federal "De Instituciones Autónomas"). El Consejo de Vigilancia de la AC, en el que están representados los intereses del fundador, se comunica entre la AC y su fundador.

La mayoría de las cuestiones de competencia del Consejo de Vigilancia son de carácter consultivo o consultivo.

El Consejo de Vigilancia, a propuesta del titular de la CA, considera los estados financieros anuales, proyectos de informes sobre las actividades de la CA y el uso de su propiedad, sobre la ejecución del plan de actividad económica y financiera. También se consideran las propuestas del titular de la AC sobre la realización de transacciones importantes, los temas de auditoría de los estados financieros anuales de la AC y la aprobación de la organización de auditoría (inciso 1, artículo 11 de la Ley Federal "De Instituciones Autónomas").

El Consejo de Vigilancia aprueba post factum las cuentas de la institución autónoma. De acuerdo con el plan de actividades financieras y económicas de la AC, el consejo de supervisión emite una opinión, una copia de la cual se envía al fundador de la AC (cláusula 4, artículo 11 de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas"). Las decisiones del Consejo de Vigilancia son vinculantes para el titular de la CA cuando se trata de:

- realizar grandes transacciones;

– realizar transacciones en las que existe un interés;

– realizar una auditoría de los estados financieros anuales de la CA y aprobar una organización de auditoría (Artículo 11 de la Ley Federal “De Instituciones Autónomas”).

Todos los demás asuntos relacionados con las actividades de la UA son competencia de su titular.

La inclusión de representantes de organizaciones patrocinadoras, así como de los medios de comunicación, en el Consejo de Supervisión aumentará el prestigio del AC y atraerá fondos extrapresupuestarios adicionales.

8. ¿Una escuela que se ha convertido en AU tiene que volver a pasar por los procedimientos de licencia y acreditación?

Según la ley, cambiar el tipo de una institución estatal o municipal existente no es una reorganización. Durante el proceso de transición, nadie debe renunciar y luego escribir una nueva solicitud de empleo.

Después de cambiar el tipo de institución, la AC continúa sus actividades sobre la base de una licencia, así como un certificado de acreditación estatal, hasta el vencimiento de dichos documentos.

Esto facilitará en gran medida la transición de BU a AU, ya que la concesión de licencias y acreditaciones es un proceso largo y laborioso.

¡Nota!

Al transferirse a una AU, una escuela no necesita volver a emitir documentos que confirmen la disponibilidad de licencias (artículo 11 de la Ley Federal de 08.08. instituciones autónomas).

9. ¿Puede el fundador en el proceso de reorganización apoderarse de alguna propiedad de la escuela?

Esta preocupación fue expresada durante la discusión del proyecto de ley "De las Instituciones Autónomas". Hay casos en los que los fundadores intentaron retirar parte de la propiedad de la gestión operativa de instituciones subordinadas, argumentando que la propiedad no se usó para el propósito previsto o no se usó en absoluto.

Según la ley, el fundador:

    sobre la base de la lista de tipos de bienes muebles de especial valor, la CA decide clasificar los bienes de una institución autónoma como bienes muebles de especial valor y excluir de su composición los objetos adscritos a una institución autónoma que dejen de estar clasificados como bienes muebles de especial valor;

    somete al poder ejecutivo, al que tiene encomendada la administración de la propiedad, propuestas sobre la cesión de bienes inmuebles a una institución autónoma y sobre su retiro.

Los legisladores coincidieron en que es necesario evitar la incautación de bienes en el proceso de cambio de tipo de institución. Por ello, la Ley Federal “De las Instituciones Autónomas” establece: “… al crear una AU cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente incautación o reducción de bienes(incluidos los fondos monetarios) asignados a una institución estatal o municipal, No permitido(Cláusula 11, Artículo 5 de la Ley Federal "De Instituciones Autónomas").

10. ¿La UA posee propiedades?

Todos los bienes de instituciones autónomas de conformidad con el apartado 1 del art. 3 de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas" es de propiedad estatal o municipal y se transfiere a una institución autónoma (así como a una presupuestaria) para la gestión operativa de conformidad con el Código Civil de la Federación Rusa.

Los bienes (incluido el dinero) transferidos a una institución autónoma en el momento de su creación deben ser suficientes para la realización de las actividades previstas en su estatuto.

Una institución autónoma no es propietaria, pero tiene el derecho de poseer, usar y disponer de la propiedad, sujeto a las restricciones especificadas en la ley. En el marco de estas restricciones, puede utilizar los bienes que se encuentran en su gestión operativa, y el fundador (sus órganos) no está autorizado a sustituir sus decisiones y acciones por las decisiones y acciones de una institución autónoma.

Todo propiedad bajo control operativo institución autónoma , se divide en las siguientes categorías:

    bienes inmuebles transferidos a una institución autónoma por el propietario para la gestión operativa o adquiridos por una institución autónoma a expensas de los fondos que le asignó el fundador para la adquisición de esta propiedad;

    bienes muebles especialmente valiosos transferidos a una institución autónoma por el propietario para la gestión operativa o adquiridos por una institución autónoma a expensas de los fondos que le asignó el fundador para la adquisición de esta propiedad;

    el resto de la propiedad transferida a la institución autónoma por el propietario para la gestión operativa;

    bienes adquiridos por una institución autónoma a expensas de captación de fondos no presupuestarios.

El titular de un inmueble de una institución autónoma no tiene derecho a percibir rentas por las actividades realizadas por la AI y por el uso de los bienes asignados a la AI. Por su parte, una institución autónoma no responde por las obligaciones del dueño de su propiedad.

¡Nota!

La lista de todos los bienes que se encuentran en la gestión operativa de una institución presupuestaria y transferidos a la gestión operativa de la CA se refleja en los anexos del formulario de propuesta para el establecimiento de la CA (de conformidad con el Decreto del Gobierno de Rusia Federación de 28 de mayo de 2007 N° 325).

Basado en el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 31 de mayo de 2007 No. 337 bienes muebles especialmente valiosos propiedad reconocida, cuyo valor de balance supera los 50 mil rublos; así como otros bienes muebles, cuyo valor contable es inferior a 50 mil rublos, sin los cuales será difícil la implementación de las actividades principales de la IA.

Una institución autónoma, sin el consentimiento del fundador, no tiene derecho a disponer de bienes inmuebles y, en especial, de bienes muebles valiosos que le hayan sido asignados por el fundador o adquiridos a expensas de los fondos asignados por el fundador. El resto de la propiedad, incl. una institución autónoma tiene derecho a disponer de bienes inmuebles de forma independiente (cláusula 2, artículo 3 de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas"). Esta propiedad no es de su propiedad, sin embargo, los derechos de la AU para disponer de ella se amplían significativamente: “el resto de la propiedad” puede, por ejemplo, ser arrendada o vendida sin ningún acuerdo con el fundador. Las instituciones públicas no tienen esa oportunidad.

Según el apartado 6 del art. 3 de la Ley Federal “Sobre Instituciones Autónomas”, una CA tiene derecho a aportar fondos y otros bienes al capital autorizado (participación) de otras personas jurídicas o de otra manera transferir esta propiedad a otras personas jurídicas como su fundador o participante solo con la consentimiento de su fundador.

11. ¿La UA puede disponer libremente de sus fondos?

Una de las características más atractivas de una institución autónoma es su libertad para administrar sus ganancias. Para las instituciones presupuestarias, los límites de esta libertad se han reducido aún más en relación con la nueva edición del Código de Presupuesto.

Desde el 1 de agosto de 2008, una institución presupuestaria ya no tiene derecho a gastar fondos recibidos de fuentes extrapresupuestarias sin el consentimiento del fundador.

En la versión anterior del Código de Presupuesto, los fondos extrapresupuestarios recibidos por una institución educativa se consideraban ingresos no tributarios del presupuesto. En la redacción actual (Cláusula 5, Artículo 41 de la RF BC), los ingresos por el uso de bienes estatales o municipales y los servicios pagados prestados por las instituciones presupuestarias, los fondos de recibos gratuitos y otras actividades generadoras de ingresos en la preparación, aprobación, ejecución del presupuesto y los informes de preparación sobre su ejecución se incluyen en los ingresos presupuestarios.

Por lo tanto, todos los ingresos captados por una institución presupuestaria de fuentes extrapresupuestarias deben incluirse en el presupuesto ya en la etapa de su preparación.

Una institución autónoma (de conformidad con el párrafo 3 del artículo 41 de la RF BC) está libre de estos problemas: sus ingresos por el uso de la propiedad y la prestación de servicios pagados están a disposición de la institución y son gastados por ella en su propio criterio.

La CA ya no puede preocuparse por los saldos de los fondos presupuestarios en las cuentas, que la institución presupuestaria (de conformidad con el párrafo 4 del artículo 242 del Código Presupuestario RF) debe transferir a la cuenta presupuestaria única a más tardar los dos últimos negocios días del ejercicio en curso. Los fondos en las cuentas de la UA quedan completamente a su disposición.

Según el apartado 4 del art. 161 del Código Presupuestario de RF, las instituciones presupuestarias no cuentan con subsidios y préstamos presupuestarios. AU tiene derecho a recibir préstamos.

Una institución presupuestaria no tiene derecho a aportar fondos y otros bienes al capital autorizado (participación) de otras entidades jurídicas ni a transferir estos bienes a otras entidades jurídicas como su fundador o participante. Una institución autónoma tiene estos derechos si se obtiene el consentimiento de su fundador (cláusula 6, artículo 3 de la Ley Federal "De Instituciones Autónomas"). Todo esto le da a la escuela nuevas oportunidades para la gestión independiente, la celebración de concursos, la celebración de acuerdos con los interlocutores sociales. Sin embargo, la libertad de disposición de los fondos tiene un inconveniente ( esquema 2).

Esquema 2

Comparación de las capacidades de BU y AC

¿Qué derechos?

Organización financiada por el estado

institución autónoma

El derecho a disponer de bienes muebles

No tiene derecho a disponer (cláusula 1 del artículo 298 del Código Civil de la Federación Rusa)

Tiene derecho a disponer, con excepción de los bienes inmuebles y muebles especialmente valiosos, de los que la AI solo puede disponer con el consentimiento del propietario (inciso 2, artículo 3 de la Ley)

Derechos con respecto a los ingresos recibidos y los bienes adquiridos a partir de dichos ingresos

Estos ingresos después del pago de impuestos y tasas se toman en cuenta en la estimación de ingresos y gastos de la entidad financiera y se reflejan en los ingresos del presupuesto correspondiente.

(Cláusula 2, Artículo 42 del RF BC).

El presupuesto es aprobado por el fundador.

Administra de forma independiente (cláusula 2, artículo 3 de la Ley), incl. fondos recibidos del capital de dotación

Derechos de préstamo

No puedo recibir préstamos

(Cláusula 8, Artículo 161 del RF BC)

El derecho a atraer, como en AU

no aplican restricciones

RF BC establecido para BU

Derechos de apertura de cuentas bancarias

Las BU federales utilizan fondos presupuestarios exclusivamente a través de cuentas personales mantenidas por el Tesoro Federal de la Federación Rusa (cláusula 7 del artículo 161 de la RF BC)

El derecho a abrir cuentas en instituciones de crédito (inciso 2, artículo 2 de la Ley)

12. ¿Puede una AU declararse en quiebra?

Al debatir la Ley "De las Instituciones Autónomas", los legisladores y el público se mostraron preocupados por la solución de este tema. En efecto, si una institución presupuestaria es responsable de sus acciones dentro de los límites de sus fondos disponibles, entonces la CA es responsable de sus obligaciones con la propiedad que le ha sido asignada. Existe la posibilidad de que la institución educativa celebre un trato arriesgado, no cumpla con sus obligaciones y los acreedores puedan retirar parte de la propiedad de la AU por deudas. Al mismo tiempo, la propiedad puede ser embargada por deudas, sin las cuales la escuela no podrá continuar sus actividades: edificio, mobiliario, equipo educativo.

La ley protege a la UA de tales situaciones. El cobro de las deudas de una CA no puede aplicarse a los bienes inmuebles y, en especial, a los muebles valiosos que le hayan sido cedidos por el fundador o adquiridos por una institución autónoma a expensas de los fondos que le asignen el fundador.

De conformidad con el apartado 1 del art. 65 del Código Civil de la Federación de Rusia, una institución autónoma no está sujeta a quiebra: "Una entidad legal, con la excepción de una empresa de propiedad estatal, instituciones, un partido político y una organización religiosa, pueden ser declarados insolventes (en quiebra) por decisión judicial.

Así, la AU es responsable de las deudas con sus bienes, sin embargo, los inmuebles y los muebles especialmente valiosos que le hayan sido cedidos por el fundador o adquiridos a expensas del fundador, están protegidos contra el embargo por deudas y contra el cobro, según el art. 120 del Código Civil de la Federación Rusa.

Si la AU no tiene bienes distintos a los anteriores, la deuda cuelga: la AU sigue trabajando y es propietaria de los bienes necesarios para el trabajo, y no se realiza el procedimiento de embargo de bienes por deudas. Esta es la diferencia entre una institución presupuestaria y una autónoma: si las deudas de una institución presupuestaria pueden cobrarse a expensas de la tesorería mediante la responsabilidad subsidiaria del fundador-propietario, entonces las deudas de una institución autónoma no pueden garantizarse de ningún modo. manera.

Por lo tanto, la escuela está protegida de los procedimientos de quiebra, pero las deudas aún pesan sobre el fundador, quien transfirió la propiedad a la AU.

Esta es otra razón por la cual el fundador se ve obligado a considerar cuidadosamente la decisión de transferir cada institución presupuestaria a una autónoma. (Ver pregunta #6).

Marco legal y regulatorio que rige las actividades de la IA

Hoy, como parte de la implementación de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas", se han adoptado seis resoluciones del Gobierno de la Federación Rusa.

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 28 de mayo de 2007 No. 325 "Sobre la aprobación de la forma de una propuesta para crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente" aprobó la forma de una propuesta para crear instituciones autónomas. Establecer una forma unificada de información sobre las instituciones estatales (municipales) permitirá tomar una decisión objetiva y razonable para cambiar su tipo a una institución autónoma.

En cumplimiento del Decreto del Gobierno de la Federación Rusa No. 325 del 28 de mayo de 2007, la Orden No. 261 del Ministerio de Desarrollo Económico de Rusia del 20 de junio de 2007 aprobó las Directrices para completar el formulario de propuesta para la creación de una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente. Por orden del Ministerio de Desarrollo Económico de Rusia del 22 de octubre de 2007 No. 354, fueron enmendados.

El Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de 31.05.2007 No. 337 "Sobre el procedimiento para determinar los tipos de bienes muebles especialmente valiosos de una institución autónoma" establece las reglas relevantes para determinar los tipos de bienes muebles especialmente valiosos. La ausencia de tal orden complicaría significativamente la implementación de las principales actividades de una institución autónoma.

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 18 de octubre de 2007 No. 684 "Sobre la aprobación de las Reglas para publicar informes sobre las actividades de una institución autónoma y sobre el uso de la propiedad asignada a ella" adoptó el procedimiento para compilar y aceptar relevante informes.

También se han adoptado Decretos Gubernamentales que no afectan a las instituciones educativas municipales.

Galina Dmitrievna Otnyukova, Doctora en Derecho, Profesora del Departamento de Derecho Empresarial de la Academia Estatal de Derecho de Moscú.

La Ley Federal del 3 de noviembre de 2006 N 174-FZ "Sobre Instituciones Autónomas" (en adelante, la FZ en AC) entró en vigor. Esta Ley afecta los intereses de un gran número de trabajadores en los campos de la educación, la ciencia, la cultura, todos aquellos que trabajan, recibiendo salarios de los presupuestos de los distintos niveles y fondos estatales no presupuestarios. Es comprensible que estas personas estén preocupadas por su destino y el de sus organizaciones, lo cual se expresó durante la discusión del proyecto de ley sobre la creación de instituciones autónomas. Para crédito de nuestros legisladores, cabe señalar que la mayoría de los comentarios y recomendaciones realizados durante estas discusiones fueron tomados en cuenta en el trabajo final del proyecto de ley.

Consideremos algunas cuestiones relativas al estatuto jurídico y las actividades de las instituciones autónomas.

¿Qué es una institución autónoma?

El proyecto de Ley, aprobado en primera lectura, no contenía el concepto de institución autónoma. En arte. 2 del proyecto de ley contenía sólo una descripción general de la institución autónoma como persona jurídica.

La Ley adoptada da el siguiente concepto de institución autónoma: es una organización sin fines de lucro creada por la Federación Rusa, una entidad constitutiva de la Federación Rusa o un municipio para realizar trabajos, brindar servicios para ejercer los poderes de las autoridades estatales previsto por la legislación de la Federación de Rusia, los poderes de los gobiernos locales en los campos de la ciencia, la educación, la salud, la cultura, la protección social, el empleo de la población, la cultura física y el deporte (artículo 2 de la Ley).

Del significado literal de esta definición, parece deducirse que estamos hablando solo de autoridades estatales y municipales que implementan funciones de gestión en las áreas relevantes y actúan como personas jurídicas - instituciones autónomas. Sin embargo, no lo es. Del análisis de la Ley Federal de AC, se desprende además que las instituciones autónomas no son autoridades, sino organismos de cultura, educación, ciencia, salud, etc., subordinados a ellas, que realizan actividades educativas, tratan a las personas y brindan a los ciudadanos con acceso a los valores culturales. Y la tarea de la Ley es determinar el estatus legal de las instituciones autónomas, los fundamentos de su gestión, las relaciones con sus fundadores, con los participantes en la circulación civil.

Cabe señalar que el objeto de actividad de las instituciones autónomas y las instituciones que no tienen el estatus de autónomas (son organismos presupuestarios) puede coincidir: este es el ámbito de la prestación de servicios socialmente significativos a los ciudadanos que ejercen sus derechos constitucionales, incluida la gratuidad general. , secundaria vocacional, educación superior (en este último caso, en forma competitiva) en instituciones estatales y municipales (Artículo 43 de la Constitución de la Federación Rusa).

Código de Presupuesto de la Federación Rusa, Código Civil<1>distinguir entre instituciones presupuestarias y autonómicas estatales o municipales.

<1>En relación con la adopción de la Ley Federal "Sobre Instituciones Autónomas", se realizaron cambios en los Códigos Presupuestario, Civil y una serie de otras leyes // Rossiyskaya Gazeta. 2006. 8 de noviembre.

Hablando de la proporción de instituciones presupuestarias y autónomas, notamos que el círculo de organizaciones presupuestarias es más amplio: no todas las instituciones presupuestarias pueden transformarse en autónomas. Las instituciones se están transformando en instituciones autónomas que, junto con los servicios financiados con cargo al presupuesto (en el campo de la ciencia, la salud, la educación, etc.), pueden brindar los mismos servicios a la población, pero por una tarifa en base a contratos de derecho civil para la prestación de servicios. Por ejemplo, los órganos del poder ejecutivo estatal y municipal creados para desempeñar funciones directivas son a la vez personas jurídicas -instituciones presupuestarias, cuya transformación en instituciones autónomas sería contraria a su objeto- para actuar como autoridades reguladoras y de control de las actividades de las subordinadas instituciones Y, por el contrario, las instituciones de cultura, arte, educación, etc., que brindan servicios directamente a los ciudadanos, y ahora, en la forma prescrita, bajo el estricto control del estado sobre el gasto, brindan estos servicios a cambio de una tarifa. La transformación en instituciones autónomas es considerada por muchos de ellos como una bendición: el régimen autónomo de actividad te permite salir de la presión del estado, ganar y gastar dinero por tu cuenta, y no según la estimación aprobada por el gobierno. .

En virtud del art. 161 de la RF BC, las organizaciones dotadas de propiedad estatal y municipal sobre la base del derecho de gestión operativa, con excepción de las empresas estatales y las instituciones autónomas, se reconocen como organizaciones presupuestarias.

El Código Presupuestario define a las instituciones presupuestarias como organizaciones establecidas para llevar a cabo funciones administrativas, socioculturales, científicas, técnicas u otras de carácter no comercial, cuyas actividades se financian con cargo al presupuesto correspondiente o al fondo extrapresupuestario estatal sobre la base de sobre la base de una estimación de ingresos y gastos (parte 1 del artículo 161 del BC).

Desde el punto de vista de la RF BC, todas las instituciones estatales (tanto presupuestarias como autonómicas) e incluso las empresas realizan actividades de prestación de servicios estatales o municipales en base a las tareas que les asignan para la prestación de servicios (artículo 176). En los estatutos, encontramos el término "servicios públicos" en relación con las actividades de los órganos de gobierno. Por ejemplo, en el Decreto del Presidente de la Federación Rusa del 9 de marzo de 2004 N 314 "Sobre el sistema y la estructura de los órganos ejecutivos federales"<2>se estableció que la dependencia federal es un órgano ejecutivo federal que cumple las funciones de prestación de servicios públicos en el campo de actividad correspondiente (inciso 5 del Decreto).

Al respecto, es necesario distinguir entre: 1) los servicios públicos de las autoridades y 2) los servicios de las instituciones subordinadas a ellas, que, según la terminología del BC, también son públicos. Los primeros se prestan en nombre del estado, y para su implementación se cobran en el presupuesto una tarifa, una tarifa y otros pagos que, por regla general, van al presupuesto (por ejemplo, una tarifa por los servicios del Servicio de Registro Federal).

Las instituciones estatales y municipales prestan servicios por cuenta propia. Al mismo tiempo, destacamos servicios en el marco de la tarea que les asigna el estado, por ejemplo, la tarea (cifras de control) para matricular a los estudiantes para la educación gratuita. Estos servicios se brindan a los ciudadanos parcialmente por una tarifa (por ejemplo, cuando visitan museos) o de forma gratuita (educación gratuita). La prestación de dichos servicios basados ​​en tareas se financia con cargo al presupuesto correspondiente. Además de estas tareas, los servicios pueden prestarse a cambio de una tarifa. Los fondos en forma de pago de servicios de los ciudadanos llegan a disposición de las instituciones y se utilizan de las cuentas personales de las instituciones presupuestarias y de las cuentas de liquidación de las autonómicas.

Las instituciones presupuestarias y autónomas difieren, en primer lugar, en la forma de apoyo financiero para el cumplimiento de la tarea, establecida por el fundador.

Las actividades de las instituciones presupuestarias relacionadas con el cumplimiento de las tareas del fundador se financian según la estimación. Una institución presupuestaria utiliza los fondos presupuestarios de acuerdo con la estimación aprobada de ingresos y gastos (cláusula 6, artículo 161 de la RF BC). La estimación no es aprobada por la institución misma, sino por la autoridad estatal o municipal que actúa como administradora de los fondos presupuestarios. Gastar fondos estrictamente de acuerdo con la estimación, por supuesto, obstaculiza la iniciativa de la organización. La autoridad - el administrador de fondos presupuestarios aprueba la estimación sobre la base de la asignación establecida por él para la prestación de servicios estatales o municipales para los destinatarios de fondos presupuestarios, teniendo en cuenta las normas de costos financieros (inciso 4 del artículo 159 de la RFBC).

El presupuesto no está aprobado para una institución autónoma. Los fondos para llevar a cabo las actividades de una institución autónoma para cumplir con la tarea del estado se asignan en forma de subsidios y subvenciones del presupuesto correspondiente del sistema presupuestario de la Federación Rusa y otras fuentes no prohibidas por las leyes federales (parte 4 de artículo 4 de la Ley Federal de AC), es decir fondos presupuestarios en el monto total sin distribución por partidas de costo. Esto, por supuesto, indica un mayor grado de independencia en la planificación y uso de los fondos presupuestarios de las instituciones autónomas en comparación con las presupuestarias.

El procedimiento para determinar tareas para la prestación de servicios públicos para instituciones presupuestarias y autónomas, planificando la cantidad de financiamiento de los fondos presupuestarios para estos fines, generalmente está regulado por el Código de Presupuesto de la Federación Rusa (Artículos 159 - 161, 176 - 178), y para las instituciones presupuestarias también por otras leyes (por ejemplo, la Ley de la Federación Rusa "Sobre la Educación") y estatutos.

Instituciones autónomas - una nueva institución. Por lo tanto, las condiciones y el procedimiento para la formación de las tareas del fundador y el procedimiento para su apoyo financiero serán determinados adicionalmente por los estatutos: en relación con las instituciones federales autónomas, por el Gobierno de la Federación Rusa. En este sentido, la Ley de CA habla únicamente de los factores que deben tenerse en cuenta a la hora de planificar el volumen de apoyo financiero para el cumplimiento de las tareas estatales encomendadas a una institución autónoma (tales como los costes de mantenimiento de los inmuebles y, en especial, de los bienes muebles de valor). propiedad asignada por el fundador, o creada o adquirida a expensas de los fondos asignados por el fundador para la adquisición de dicha propiedad, gastos para el pago de impuestos sobre la propiedad, incluidos los terrenos, gastos para el desarrollo de instituciones autónomas en el marco de programas aprobado en la forma prescrita (Parte 3, Artículo 4 de la Ley de CA)).

Con base en lo anterior, se puede proponer el siguiente concepto: una institución autónoma es una organización estatal o municipal sin fines de lucro creada por la autoridad estatal competente o el gobierno local para brindar servicios socioculturales por instrucciones del propietario y a su cargo ( en todo o en parte) y financiada para estos fines con cargo al presupuesto, así como la realización de actividades para la prestación de servicios retribuidos sobre la base de contratos de derecho civil, cuyos ingresos estén a su disposición independiente y no se tengan en cuenta como ingreso de los presupuestos correspondientes.

Instituciones autonómicas y otras

Así, las instituciones estatales y municipales pueden ser presupuestarias y autónomas. Además de las instituciones estatales y municipales, también pueden existir instituciones privadas. La posibilidad del surgimiento de instituciones privadas antes de la introducción de cambios en el Código Civil (Artículo 120) y la Ley Federal del 12 de enero de 1996 N 7-FZ "Sobre Organizaciones No Comerciales" no se previó directamente, aunque no fue establecía que las instituciones podían ser exclusivamente estatales o municipales.

Una institución privada puede ser creada por un ciudadano o una persona jurídica, una institución estatal o municipal, respectivamente, por la Federación Rusa, una entidad constituyente de la Federación Rusa o un municipio.

Todas estas instituciones pertenecen a la misma forma organizativa y jurídica de una persona jurídica, conformando variedades de instituciones dentro de esta forma jurídica.

Es posible identificar rasgos comunes que permiten al legislador regular su estatuto y actividades dentro de una misma forma orgánica y jurídica:

  1. Son creados por un fundador - propietario como una organización sin fines de lucro con capacidad legal especial.
  2. El propietario le asigna al inmueble sobre el que posee un derecho real derivado de la propiedad - el derecho de gestión operativa.

Poseyendo este derecho, las instituciones poseen, usan, disponen de estos bienes dentro de los límites establecidos por la ley, de acuerdo con los fines de sus actividades, las tareas del propietario de estos bienes y su destino (párrafo 1 del artículo 296 del Código Civil ). El propietario de la propiedad de una institución estatal o municipal es la Federación Rusa, el sujeto de la Federación Rusa, el municipio (dependiendo de cuál de ellos creó la institución).

  1. Los ingresos recibidos por la institución de actividades empresariales y otras actividades generadoras de ingresos (si tienen derecho a realizar tales actividades) pasan a su disposición independiente (párrafo 2 del artículo 298 del Código Civil).
  2. El propietario de la propiedad tiene derecho a retirar los bienes en exceso, no utilizados o mal utilizados asignados a la institución o adquiridos por la institución a expensas de los fondos que le asignó el propietario para la adquisición de esta propiedad (el propietario tiene el mismo derecho en relación con a las empresas estatales).

No se permite el embargo de la propiedad de una institución adquirida por esta a expensas de actividades empresariales y otras actividades generadoras de ingresos. Una institución autónoma no es una especie de organización autónoma sin ánimo de lucro en el sentido del art. 10 de la Ley de organizaciones sin fines de lucro. Una organización autónoma sin fines de lucro es propietaria de su propiedad y se crea por decisión de ciudadanos y (o) personas jurídicas. Y una institución autónoma, incluso sobre sus ingresos, no adquiere el derecho de propiedad, la propiedad le pertenece sobre la base del derecho de gestión operativa, pero una institución autónoma se crea por decisión de una autoridad estatal o autogobierno local. cuerpo.

Una institución autónoma se diferencia de una institución privada, en primer lugar, en la forma de propiedad sobre la que funciona: la propiedad de una institución privada es objeto del derecho de propiedad privada del fundador (ciudadano o persona jurídica), y los bienes de una institución autónoma, así como los presupuestarios, pertenecen al Estado en derecho de propiedad o al municipio, según cuál de ellos sea el fundador.

¿Coincide la personería jurídica de una institución autónoma y presupuestaria?

Tenga en cuenta que la capacidad jurídica de cualquier organización sin fines de lucro es especial. Se crean para la implementación de metas y objetivos estrictamente definidos. Una institución autónoma es una organización sin fines de lucro, por lo que las transacciones con la propiedad deben ser consistentes con los fines de sus actividades.

Cualquier institución tiene bienes asignados por el propietario o adquiridos por él a expensas de los fondos que le asigna el propietario. Estos son, en primer lugar, edificios, equipos, electrodomésticos, libros, equipos de oficina, etc. Por lo tanto, una institución presupuestaria no tiene derecho a enajenar dichos bienes, por ejemplo, venderlos a una organización comercial, incluso con el consentimiento del propietario, o de otro modo disponer de él (inciso 1 artículo 298 del Código Civil). Cabe señalar que para brindar apoyo financiero a ciertas organizaciones presupuestarias, la legislación especial les permitió, con el consentimiento del propietario, arrendar propiedades (en particular, locales). Los ingresos recibidos por el arrendamiento de propiedades: objetos de propiedad federal en alquiler por organizaciones de cultura y arte, atención médica, ciencia, archivos, instituciones educativas, se contabilizan en su totalidad en los ingresos del presupuesto federal y se reflejan en las estimaciones de ingresos. y gastos de las instituciones. Estos fondos reflejados en las cuentas personales de las instituciones presupuestarias abiertas por ellas en los órganos territoriales del Tesoro Federal se destinan a su mantenimiento en exceso de los montos de gastos previstos en el presupuesto federal para financiar las actividades de las instituciones presupuestarias (artículo 33 de la Ley Federal del 19 de diciembre de 2006 N 238-FZ "Sobre el presupuesto federal para 2007"<3>).

La capacidad jurídica de una institución autónoma es más amplia.

Como parte de la propiedad asignada a una institución autónoma, se distinguen: 1) objetos inmuebles; 2) bienes muebles especialmente valiosos (los tipos de dichos bienes se determinan de acuerdo con el procedimiento establecido por el Gobierno de la Federación Rusa).

Institución autónoma en virtud del art. 298 del Código Civil, art. 3 de la Ley de CA tiene derecho, con el consentimiento del propietario, a disponer de esta propiedad (recuérdese que el Código Civil prohíbe en principio que una institución presupuestaria realice tales transacciones). Al mismo tiempo, los fondos recibidos por la venta, arrendamiento de bienes asignados a una institución autónoma en el derecho de gestión operativa no se tienen en cuenta en los ingresos presupuestarios (artículos 42, 43 de la RF BC), provienen y se utilizan de cuentas corrientes en organismos de crédito (y no de cuentas personales de las divisiones territoriales de la Tesorería de la Federación, como se establece para los ingresos por arrendamiento de las instituciones presupuestarias). Si una institución autónoma no arrienda un inmueble, recibe fondos del presupuesto para el mantenimiento de este inmueble en forma de subsidios y subvenciones. Al alquilar una propiedad, el fundador no proporciona apoyo financiero para el mantenimiento de dicha propiedad (cláusula 3, artículo 4 de la Ley de AC).

Las transacciones realizadas por una institución autónoma sin el consentimiento del fundador (en los casos en que la ley lo exija) son inválidas (nulas) en virtud del art. 168 GR.

Tengamos en cuenta que la enajenación, por ejemplo, de un edificio en propiedad privada no está excluida, pero solo con el consentimiento del propietario. Tal transacción es, en esencia, una privatización, pero de un tipo al que no se aplica la Ley Federal de 21 de diciembre de 2001 N 178-FZ "Sobre la privatización de la propiedad estatal y municipal" (artículo 3 de la Ley de Privatización). Resulta que la privatización de la propiedad de las instituciones de manera planificada, sobre la base de un programa (plan de previsión) de privatización (según lo dispuesto por la Ley de Privatización) no se lleva a cabo, pero en principio esto es posible incluso en relación con los edificios, su propiedad más valiosa, con el consentimiento del propietario. Preliminarmente, tal tema es considerado por sugerencia del jefe de una institución autónoma por el consejo de supervisión de la institución, que da (o no) una recomendación al respecto. La recomendación negativa no es obstáculo para la enajenación de bienes por parte del jefe con el consentimiento del propietario. Para proteger los intereses del Estado, el colectivo laboral de la institución, el tema de la enajenación de bienes inmuebles (con el consentimiento del propietario) debe atribuirse a la competencia de los órganos colegiados de gestión de la institución - en relación con universidades, a la competencia del Consejo Académico y del Consejo de Vigilancia. Una cuestión de vital importancia para el colectivo laboral no puede resolverse individualmente, aunque sea con el consentimiento del propietario.

Los bienes muebles que no tengan un valor especial, así como todos los demás bienes, la institución autónoma los administra de manera independiente.

El resto de la propiedad es la propiedad asignada por el propietario (excepto los dos tipos de objetos anteriores), así como las rentas percibidas de actividades empresariales y otras actividades lucrativas, y los objetos adquiridos a expensas de estas rentas. La institución autónoma dispone de esta propiedad de forma independiente, sin solicitar el consentimiento del propietario. Se exceptúa la enajenación a título de aporte a la propiedad de otras personas jurídicas como su fundador, partícipe. Estas acciones están permitidas solo con el consentimiento del fundador (cláusula 6, artículo 3 de la Ley de AC). Si en relación con los bienes de los que una institución autónoma tiene derecho a disponer de forma independiente, su titular tiene la intención de realizar una transacción importante, debe obtener la aprobación de esta transacción por parte del consejo de vigilancia. El acto de aprobación se adopta en forma de decisión, que es obligatoria para el titular. Una transacción relacionada con la enajenación de fondos, captación de fondos prestados, enajenación de bienes se reconoce como una transacción importante si el precio de la transacción o el valor de los bienes enajenados o adquiridos supera el 10% del valor en libros de los activos de la AC. El estatuto de una institución puede estipular un tamaño más pequeño de una transacción importante. Una transacción importante realizada sin la aprobación del consejo de supervisión es anulable; puede declararse nula a instancia de una institución autónoma o de su fundador (artículo 15 de la Ley Federal sobre CA). Sin embargo, el tribunal la invalidará solo si se prueba que la otra parte de la transacción sabía o debería haber sabido sobre la falta de aprobación de la transacción por parte del consejo de supervisión. Las mismas consecuencias se producen cuando se realizan las denominadas operaciones con partes interesadas (si, por ejemplo, la contraparte de la institución es su titular, su suplente, un miembro del consejo de vigilancia o sus parientes próximos enumerados en el apartado 3 del artículo 16 de la Ley Federal de AC) sin la aprobación previa de la junta de supervisión de transacciones.

Al mismo tiempo, debe tenerse en cuenta que toda transacción, si contradice la capacidad jurídica especial de una institución autónoma, es nula (artículo 168 del Código Civil).

Ingresos de la institución

Resaltamos que los ingresos de una institución autónoma por servicios pagados y por el uso permitido de bienes estatales y municipales no son planificados por el propietario como fuente de ingresos para el presupuesto correspondiente. En relación con estos ingresos, la institución autónoma no participa en el proceso presupuestario como receptora de fondos presupuestarios. El propietario de la propiedad de una institución autónoma no tiene derecho a exigir de una institución autónoma: presentación de una solicitud de presupuesto para la planificación de ingresos y gastos a cargo de los ingresos de la institución (tal se presenta solo con el propósito de asignar fondos presupuestarios para cumplir con la tarea establecida); transferencia de fondos de ingresos a una cuenta presupuestaria única; gastar fondos de una cuenta personal abierta en un organismo territorial del Tesoro Federal. De la cuenta personal, solo se utilizan los fondos recibidos del presupuesto para la implementación de la tarea estatal. Tenga en cuenta que, en este caso, el propietario de los fondos: los ingresos, así como la propiedad adquirida con estos fondos, es, respectivamente, la Federación Rusa, el sujeto de la Federación Rusa, el municipio.

Es en este sentido que el apartado 9 del art. 2 de la Ley de AS: "El propietario de la propiedad de una institución autónoma no tiene derecho a recibir ingresos por las actividades realizadas por la institución autónoma y el uso de la propiedad asignada a la institución autónoma".

Los fondos monetarios obtenidos por una institución autónoma como resultado de actividades empresariales y otras actividades generadoras de ingresos, así como del uso de la propiedad, se gastan en cuentas de liquidación abiertas con instituciones de crédito. La elección de las instituciones de crédito se realiza de acuerdo con el consejo de supervisión, un órgano colegiado de gobierno de una institución autónoma creada en la forma prescrita por la Ley Federal de AS. Con base en los resultados de la consideración por parte del consejo de supervisión de la propuesta del titular de la CA sobre este tema, el consejo emite una opinión. Con base en esta conclusión, el titular de la institución toma una decisión (cláusula 3, artículo 11 de la Ley Federal de AC). Sin embargo, como se desprende del análisis del art. 11 de la Ley Federal sobre AC, la conclusión del consejo de supervisión, en contraste con sus actos tales como decisiones, no es vinculante para el jefe de la institución. La Ley no prevé las consecuencias de no tener en cuenta la opinión del Consejo de Vigilancia expresada en el dictamen.

Si es necesario, una institución autónoma tiene derecho a recibir créditos y préstamos. Si al mismo tiempo el préstamo o la operación de préstamo es grande, es necesario obtener la aprobación del Consejo de Vigilancia. Las instituciones presupuestarias no tienen derecho a recibir préstamos, préstamos (cláusula 8, artículo 161 de la RF BC). Incluso las empresas unitarias toman préstamos de acuerdo con el propietario de su propiedad sobre el volumen y las instrucciones para el uso de los fondos recaudados (artículo 24 de la Ley Federal del 14 de noviembre de 2002 N 161-FZ "Sobre empresas unitarias estatales y municipales").

La condición general de legalidad del préstamo de una CA es que el objeto de la operación corresponda a la capacidad jurídica especial de la CA.

El derecho de una institución autónoma a realizar actividades generadoras de ingresos

El principal interés de los organismos presupuestarios existentes en transformarlos en instituciones autónomas es la capacidad de prestar servicios relacionados con sus principales actividades estatutarias (científicas, educativas, etc.) a cambio de una tarifa y utilizar los fondos recibidos para desarrollar sus actividades principales, incluidos salarios dignos. empleados. Al mismo tiempo, la institución es completamente independiente para determinar las direcciones para el uso de los ingresos (correspondientes a los objetivos legales), la proporción de la distribución del uso de los fondos para estimular el trabajo de los empleados, mejorar el proceso de prestación de servicios. y realizar trabajos, comprar equipos, como equipos de laboratorio, reparar locales, etc. Al mismo tiempo, el control tradicional de las organizaciones presupuestarias sobre el uso de fondos por parte de los organismos de control financiero, por ejemplo, un organismo estatal superior: el administrador de fondos presupuestarios , en relación con las instituciones autónomas se lleva a cabo únicamente en relación con los fondos presupuestarios asignados para la ejecución de la tarea estatal. Como señalamos anteriormente, los ingresos que recibe una institución autónoma por la prestación de servicios remunerados no son fondos presupuestarios. Como resultado de las transformaciones, se beneficiarán en primer lugar las instituciones con un personal calificado, una base material sólida, una política de personal competente, demanda de servicios y un líder honesto que apueste por la prosperidad de la institución. Y, por el contrario, el colectivo laboral y la organización en su conjunto no tendrán suerte si gana el interés propio y la injusticia en la distribución de los fondos ganados por el colectivo.

La actividad estatutaria de una organización sin fines de lucro en forma de prestación de servicios a cambio de una tarifa no es una actividad empresarial: la organización no tiene como objetivo principal de su actividad la obtención de ganancias y no distribuye las ganancias recibidas entre los participantes (cláusula 1, artículo 2 de la Ley Federal "Sobre Organizaciones No Comerciales"). Los miembros del colectivo laboral son empleados, no miembros de la organización, y los costos salariales son costos que se incluyen en el costo de los servicios prestados.

Formas jurídicas para la prestación de servicios de pago

La principal forma jurídica utilizada en la relación entre una institución autónoma y un consumidor de sus servicios es el contrato de prestación de servicios a cambio de una retribución (artículo 779 del Código Civil). Por ejemplo, este artículo menciona directamente los servicios médicos y educativos. Cualquier servicio que no esté cubierto por capítulos separados del Código Civil está cubierto por la regulación de las normas del Cap. 39 GR. También encontrarán aplicación los contratos de ejecución de obra (contrato de trabajo).

En virtud del apartado 6 del art. 4 de la Ley Federal sobre AC, una institución autónoma tiene derecho a realizar trabajos, prestar servicios a cambio de una retribución y en las mismas condiciones para la prestación de servicios homogéneos en la forma prescrita por las leyes federales. En algunas instituciones de educación profesional superior, puede ingresar incluso por una tarifa solo en forma competitiva. En consecuencia, el procedimiento para celebrar convenios entre una universidad y un estudiante está regulado por la legislación especial en materia de educación. La propia estructura contractual sobre la prestación de servicios a cada ciudadano como cliente, paciente y en los mismos términos es un contrato público. Es cierto, de acuerdo con el art. 426 del Código Civil, los servicios sobre la base de un contrato público son prestados únicamente por organizaciones comerciales. Creemos que las necesidades de la práctica de desarrollar actividades para la prestación de servicios por parte de organizaciones sin fines de lucro pueden requerir cambios en el art. 426 del Código Civil, indicando la posibilidad de vender servicios en virtud de un contrato público también por parte de organizaciones sin fines de lucro.

Además de la actividad principal, de hecho, para la que fue creada la institución autónoma, tiene derecho a realizar otras actividades sólo en la medida en que sirva para lograr los fines para los que fue creada, siempre que tales actividades estén indicadas en su estatuto (inciso 7 del Art. 4 de la Ley Federal de AC). Si estas actividades son sistemáticas y están comprendidas en la lista prevista en el art. 24 de la Ley de Organizaciones No Comerciales (por ejemplo, la producción de bienes y servicios que cumplan con los fines de crear una organización, la adquisición y venta de valores), dicha actividad es reconocida por dicha Ley como empresarial (la Ley Federal on AC no opera en absoluto con el concepto de "actividad emprendedora").

¿Cómo se forma una institución autónoma?

Una institución autónoma se crea como una nueva entidad legal o se forma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente.

No se permite cambiar el tipo de institución presupuestaria a autónoma hasta que se apruebe el procedimiento para la determinación de bienes muebles de especial valor (artículo 20 de la Ley Federal de AC).

Un cambio en el tipo de institución no es una reorganización (esto se enfatiza específicamente en el párrafo 14 del artículo 5 de la Ley Federal sobre CA), la transformación aquí se lleva a cabo en el marco de una forma organizacional y legal: una institución. No aparece una nueva entidad legal. En consecuencia, una nueva institución autónoma se registra de acuerdo con el procedimiento establecido como persona jurídica, y cuando cambia el tipo de institución, se modifican sus estatutos.

Desafortunadamente, cuando se trata de cambiar el tipo de institución - presupuestaria a autónoma, la Ley Federal de AC opera con la terminología generalmente aplicada a la reorganización. Recuérdese que las personas jurídicas de acuerdo con el Código Civil se forman por creación o reorganización. Uno de los tipos de reorganización de las personas jurídicas es la transformación, cuya esencia es la terminación de una y la aparición de otra persona jurídica con sucesión. Al mismo tiempo, cambia la forma organizativa y jurídica de una persona jurídica (inciso 5, artículo 58 del Código Civil). El método de formación (creación o reorganización) se indica, junto con otra información sobre la persona jurídica, en el Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas. La Ley Federal de AC se refiere a la creación de una institución autónoma mediante el establecimiento o cambio del tipo de una institución estatal o municipal existente (inciso 1, artículo 5 de la Ley Federal de AC). De acuerdo con el apartado 4 del art. 5 de la Ley, "la decisión de crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente se toma por iniciativa o con el consentimiento de la institución estatal o municipal, a menos que tal decisión implique una violación del orden constitucional". derechos de los ciudadanos, incluido el derecho a recibir educación gratuita, el derecho a la participación en la vida cultural.

Mientras tanto, dado que el propio legislador no reconoce como reorganización un cambio de tipo de institución, sería más correcto hablar de la transformación de una institución presupuestaria en una autónoma en el marco de una forma orgánica y jurídica. En ese sentido, es necesario distinguir entre transformación como un tipo de reorganización con cambio en la forma orgánica y jurídica de una persona jurídica (por ejemplo, el artículo 34 de la Ley de Empresas Unitarias Estatales y Municipales habla de tal transformación de una entidad unitaria empresa en una institución estatal o municipal) y transformación sin cambiar la forma jurídica. Por ejemplo, la transformación de una empresa estatal en una empresa con derecho de gestión económica es considerada por la Ley especificada como un cambio en el tipo de empresa que no es una reorganización (inciso 4, artículo 29 de la Ley). Asimismo, la transformación de una sociedad por acciones cerrada en una abierta y viceversa no aplica a la reorganización (artículo 68, inciso 2 del artículo 97 del Código Civil).

Hay otras formulaciones incorrectas de la Ley Federal. Así, el apartado 9 del art. 5 define el contenido de la decisión de constituir una institución autónoma cambiando su tipo:

contiene información sobre el organismo investido de los poderes del fundador de la institución autónoma que se está creando y responsable de llevar a cabo las medidas para crear una institución autónoma. El fundador crea una organización, pero esto no sucede durante la transformación dentro de la misma forma organizacional y legal. La institución presupuestaria ya existe. La pregunta es solo sobre cambiar su tipo. Por lo tanto, sería más correcto hablar sobre el contenido de la decisión sobre la transformación de la institución y sobre la autoridad cuya competencia incluye esta decisión (y no sobre el fundador);

se indica información sobre los bienes asignados a la institución autónoma, incluyendo una relación de los bienes inmuebles y, en especial, de los bienes muebles de valor. La propiedad se asigna a la entidad legal recién creada. En el caso de un cambio en el tipo de institución, la propiedad no es fija, sino retenida por la institución.

Al discutir el proyecto de Ley, muchos expresaron su preocupación de que no todos los bienes de una institución presupuestaria serían retenidos por esta cuando su tipo se cambiara a una institución autónoma.

Esta cuestión se resuelve en la Ley de la siguiente manera. No está permitido retirar o reducir los bienes (incluido el efectivo) asignados a una institución estatal o municipal (inciso 11, artículo 5 de la Ley Federal de AC).

En cuanto a los fondos obtenidos como resultado de actividades generadoras de ingresos y los bienes adquiridos a expensas de estos fondos, están a disposición independiente de una institución presupuestaria (inciso 2 del artículo 298 del Código Civil) y, en consecuencia, continúan permanecer a su disposición cuando cambie el tipo de institución.

¿Tiene trascendencia jurídica atribuir la transformación de una institución presupuestaria a un cambio en el tipo de organización que no está relacionado con la reorganización?

Durante la reorganización, se crea una nueva entidad legal. Para las relaciones laborales, esto significa la reinscripción de los contratos de trabajo de los empleados con un nuevo empleador. Si el empleado se niega a continuar trabajando, se rescinde el contrato de trabajo con él (cláusula 6, parte 1, artículo 77 del Código Laboral de la Federación Rusa). Cambiar el tipo de institución sólo implicará cambiar la entrada en el libro de trabajo del empleado indicando un cambio en el tipo de institución.

Como ya hemos indicado, no es necesario registrar una nueva organización ante las autoridades fiscales. Solo se modifican los documentos fundacionales.

Cuando se reorganiza en forma de transformación, se vuelve a emitir la licencia para el tipo de actividad licenciada (artículo 11 de la Ley Federal del 8 de agosto de 2001 N 128-FZ "Sobre la concesión de licencias para ciertos tipos de actividades"). Al cambiar el tipo de institución, no se requiere la reexpedición de una licencia: una institución autónoma continúa sus actividades sobre la base de una licencia emitida anteriormente. Otros permisos que se emitieron previamente a una institución presupuestaria hasta el vencimiento de su validez siguen siendo legalmente válidos, en particular, un certificado de acreditación estatal de una institución que es de particular importancia para las instituciones educativas (cláusula 12, artículo 5 de la Ley de AC ).

Cabe señalar que, si bien un cambio en el tipo de institución no es una reorganización, todavía se aplican algunas reglas sobre reorganización: La ley habla de la aplicación de los párrafos 1 y 2 del art. 60 del Código Civil sobre la obligación del fundador de notificar por escrito a los acreedores la decisión de transformar. Los acreedores tienen derecho a extinguir o cumplir anticipadamente las obligaciones cuyo deudor es la persona jurídica que se transforma, y ​​a indemnizar las pérdidas.

Restricciones a la transformación de instituciones presupuestarias en instituciones autónomas

La ley prevé las siguientes restricciones a la transformación de instituciones en autónomas.

Una institución presupuestaria no podrá transformarse en una institución autónoma sin su consentimiento. La decisión de la autoridad (en relación con las instituciones federales, esta es competencia del Gobierno de la Federación Rusa) se toma por iniciativa o con el consentimiento de la propia institución. El acto de consentimiento - aprobación de un cambio en el tipo de institución es adoptado por su máximo órgano colegiado de dirección (si lo hubiere). En las universidades, por ejemplo, el Consejo Académico es un órgano supremo de gobierno. Pareciera que en las instituciones donde no existe un órgano colegiado de dirección, al momento de decidir la transformación de una institución en una autónoma, se debe tomar en cuenta la opinión del colectivo laboral.

La transformación no debe suponer una vulneración de los derechos constitucionales de los ciudadanos (derecho a la educación gratuita, derecho a participar en la vida cultural, etc.). Con este fin, las autoridades desarrollan una justificación para cada institución (con el consentimiento o por iniciativa de una institución presupuestaria), incluso teniendo en cuenta las posibles consecuencias socioeconómicas de crear una institución autónoma, la accesibilidad de la institución a la población y la calidad del trabajo realizado, los servicios prestados a los mismos.

No se permite en absoluto cambiar el tipo de instituciones de salud estatales y municipales existentes (inciso 3, artículo 20 de la Ley). Pero pueden crearse como entidades legales.

Además, el Gobierno de la Federación Rusa puede establecer condiciones adicionales para tomar una decisión sobre la creación de una institución autónoma federal cambiando el tipo de institución existente; no solo el Gobierno de la Federación Rusa, sino también una autoridad estatal o un organismo de autogobierno local puede determinar listas de instituciones estatales y municipales, cuyo tipo no está sujeto a cambios.

Creemos que cuestiones tan importantes que afectan los intereses esenciales de las instituciones y sus empleados como las condiciones y criterios para su transformación en instituciones autónomas, deben establecerse directamente en la Ley. En cuanto a la lista de entidades que no son objeto de transformación, la Ley también deberá prever criterios que excluyan su transformación.

Probablemente no todas las instituciones quieran o puedan volverse autónomas. En efecto, en principio, tienen derecho, si está previsto en la carta, a recibir rentas de actividades empresariales y otras actividades lucrativas que estén a su disposición independiente (párrafo 2 del artículo 298 del Código Civil).

Desafortunadamente, esta norma del Código Civil del Código Presupuestario simplemente fue "aplastada". Pero tanto los gerentes como los miembros de los colectivos laborales de muchas instituciones están mejor que esta norma, y ​​no hay nada que desear. ¿Por qué un nuevo tipo de institución podrá tener cuentas en cualquier institución de crédito, mientras que las instituciones presupuestarias actuales solo pueden utilizar los fondos ganados de las cuentas personales de la Tesorería de la Federación? ¿No sería más fácil, en lugar de transformar las instituciones en autónomas, darles la oportunidad de utilizar plenamente el art. 298 del Código Civil sobre la disposición independiente de sus rentas del trabajo? Por cierto, la forma tradicional de las instituciones estatales y municipales sigue siendo uno de los puestos avanzados confiables para garantizar la seguridad de la propiedad estatal y municipal de la privatización injusta. Después de todo, la propiedad estatal valiosa, en particular los edificios, una institución presupuestaria no tiene derecho a disponer ni siquiera con el consentimiento del propietario.

Responsabilidad de una Institución Autónoma

Cambiar el tipo de institución cambia fundamentalmente la naturaleza de su responsabilidad por las obligaciones.

Recuerde que una institución presupuestaria (así como las privadas) es responsable ante los acreedores solo en efectivo. Si éstos fueran insuficientes, el propietario de los bienes de la institución responderá subsidiariamente frente a los acreedores. En consecuencia, las instituciones no están sujetas a la quiebra.

La institución autónoma responderá frente a los acreedores con todos sus bienes, con excepción de los inmuebles y los muebles especialmente valiosos que le sean cedidos, así como los adquiridos por la institución a expensas de los fondos que le asigne el propietario. La Federación Rusa, una entidad constitutiva de la Federación Rusa, un municipio, como propietarios de la propiedad de una institución autónoma, no son responsables de sus obligaciones (cláusula 2, artículo 120 del Código Civil, cláusula 5, artículo 2 de la Ley en CA).

Pero entonces surge la duda sobre la posibilidad de quiebra de una institución autonómica, que, probablemente, será el próximo paso del legislador. Pero la quiebra está asociada con la liquidación de la institución como entidad legal, despidos masivos de trabajadores empleados en los campos de la educación, la ciencia, la cultura y la salud. Uno solo puede esperar que las leyes de quiebra no cambien y que las instituciones no sigan estando sujetas a quiebra. De lo contrario, es poco probable que haya quienes quieran transformarse en instituciones autónomas.

El régimen jurídico de las instituciones autónomas, el procedimiento para su creación, reorganización y liquidación, los fines, el procedimiento para la formación y uso de sus bienes, los fundamentos de la administración de dichas instituciones, sus relaciones con los fundadores y la responsabilidad por sus obligaciones son determinado por la Ley Federal No. instituciones" (en adelante - Ley N 174-FZ).
Institución autónoma de conformidad con el apartado 1 del art. 2 de la Ley N 174-FZ, una organización sin fines de lucro creada por la Federación Rusa, una entidad constituyente de la Federación Rusa o un municipio es reconocida para realizar trabajos, brindar servicios para ejercer los poderes de las autoridades estatales, autoridades locales en el campo de la ciencia, la educación, la atención de la salud, la cultura, los medios de comunicación previstos por la legislación de la Federación de Rusia, la información, la protección social, el empleo de la población, la cultura física y el deporte, así como en otras áreas en los casos establecidos por las leyes federales (incluso al realizar actividades para trabajar con niños y jóvenes en estas áreas).
Al ser una persona jurídica, una institución autónoma en su propio nombre puede adquirir y ejercer derechos de propiedad y derechos personales no patrimoniales, asumir obligaciones, ser demandante y demandado en los tribunales (cláusula 2, artículo 2 de la Ley N 174-FZ).
Basado en el arte. 5 de la Ley N 174-FZ, las instituciones autónomas pueden crearse estableciendo o cambiando el tipo de una institución estatal (municipal) existente.
La decisión de crear una institución autónoma la toma el propietario de su propiedad, un organismo estatal o municipal autorizado.

Una institución autónoma solo puede tener un fundador: puede ser la Federación Rusa, una entidad constitutiva de la Federación Rusa, un municipio (cláusula 2, artículo 6 de la Ley N 174-FZ).
Funciones y poderes del fundador de una institución autónoma sobre la base del párrafo 3 del art. 6 de la Ley N 174-FZ puede realizar:
- el órgano ejecutivo federal en relación con una institución autónoma creada sobre la base de bienes de propiedad federal (Reglamento sobre el ejercicio por los órganos ejecutivos federales de las funciones y poderes del fundador de una institución autónoma federal fue aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 10 de octubre de 2007 N 662);
- el órgano ejecutivo del poder estatal de un sujeto de la Federación Rusa en relación con una institución autónoma creada sobre la base de la propiedad de un sujeto de la Federación Rusa, en la forma determinada por el máximo órgano ejecutivo del poder estatal de un sujeto de la Federación Rusa;
- un organismo de autogobierno local en relación con una institución autónoma creada sobre la base de la propiedad de una formación municipal, en la forma determinada por la administración local.
Cabe señalar que la creación de una institución autónoma mediante el cambio de una institución estatal o municipal existente no es su reorganización (cláusula 14, artículo 5 de la Ley N 174-FZ).
El procedimiento para crear, reorganizar, cambiar el tipo y liquidar las instituciones del estado federal, así como aprobar los estatutos de las instituciones del estado federal y realizar cambios en ellos fue aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 26 de julio de 2010 N 539.
Con base en el párrafo 7 del art. 2 de la Ley N 174-FZ, una institución autónoma lleva a cabo sus actividades de acuerdo con el tema y los objetivos de sus actividades, determinados por las leyes federales y la carta, mediante la realización de trabajos, la prestación de servicios, en particular en el campo de la educación.

La tarea estatal (municipal) para una institución autónoma es aprobada por su fundador de acuerdo con los tipos de actividades clasificadas por su estatuto como actividades básicas (cláusulas 1, 2, artículo 4 de la Ley N 174-FZ).
El apoyo financiero para estas actividades se lleva a cabo en forma de subsidios del presupuesto correspondiente del sistema presupuestario de la Federación Rusa y otras fuentes no prohibidas por las leyes federales (cláusula 4, artículo 4 de la Ley N 174-FZ).
Apoyo financiero para la implementación de la tarea estatal (municipal) en virtud del párrafo 3 del art. 4 de la Ley N 174-FZ se lleva a cabo teniendo en cuenta los costos:
- para el mantenimiento de bienes inmuebles y muebles especialmente valiosos asignados a una institución autónoma por el fundador o adquiridos por una institución autónoma a expensas de los fondos asignados por el fundador;
- para el pago de impuestos, como objeto de gravamen por el cual se reconoce la propiedad correspondiente, incluidos los terrenos.
Tenga en cuenta: si una institución autónoma, con el consentimiento del fundador, arrienda bienes inmuebles o bienes muebles especialmente valiosos asignados a esta institución o adquiridos a expensas de los fondos asignados por el fundador, entonces el fundador no proporciona apoyo financiero para el mantenimiento de tal propiedad.
El apartado 6 del art. 4 de la Ley N 174-FZ, a las instituciones autónomas se les otorga el derecho, además de las asignaciones y obligaciones estatales (municipales), de realizar trabajos, prestar servicios relacionados con su negocio principal para ciudadanos y personas jurídicas por una tarifa y en las mismas condiciones. para la prestación de servicios homogéneos en la forma que establezcan las leyes federales.
Según el apartado 3 del art. 101 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la educación en la Federación Rusa" (en adelante, la Ley N 273-FZ) organizaciones que realizan actividades educativas a expensas de asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, presupuestos de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia, los presupuestos locales, incluidas las instituciones educativas autónomas, tienen derecho a llevar a cabo, a expensas de las personas físicas y (o) las personas jurídicas, actividades educativas que no están previstas por la tarea o acuerdo estatal o municipal establecido sobre la provisión de una subvención para el reembolso de gastos, en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.
Los bienes de una institución autónoma en virtud del apartado 1 del art. 3 de la Ley N 174-FZ se le asigna el derecho de gestión operativa de conformidad con el Código Civil de la Federación Rusa. El propietario de la propiedad de una institución autónoma es la Federación de Rusia, un sujeto de la Federación de Rusia, un municipio.
Una institución autónoma, sin el consentimiento del fundador, no tiene derecho a disponer de bienes inmuebles y, especialmente, de bienes muebles valiosos que le hayan sido asignados por el fundador o adquiridos por la institución autónoma a expensas de los fondos que le asignó el fundador para la adquisición. de esta propiedad. De acuerdo con el apartado 4 del art. 3 de la Ley N 174-FZ, la decisión del fundador de clasificar los bienes como bienes muebles de especial valor se toma simultáneamente con la decisión de asignar los bienes especificados a una institución autónoma o de asignar fondos para su adquisición.
Del resto de los bienes, incluidos los inmuebles, una institución autónoma tiene derecho a disponer de forma independiente, salvo disposición en contrario del apartado 6 del art. 3 de la Ley N 174-FZ, según la cual una institución autónoma tiene derecho a aportar bienes inmuebles que le hayan sido asignados o adquiridos con cargo a los fondos que le asignó el fundador, así como bienes muebles de especial valor en poder de la institución en el capital autorizado (participación) de otras entidades legales u otra transferencia de esta propiedad a otras entidades legales como su fundador o participante solo con el consentimiento de su fundador.
La parcela de tierra necesaria para que una institución autónoma cumpla con sus tareas estatutarias se le proporciona sobre la base del derecho de uso permanente (ilimitado) (cláusula 7, artículo 3 de la Ley No. 174-FZ).
Una institución autónoma es responsable de sus obligaciones con los bienes que tiene en el derecho de administración operativa, con excepción de los inmuebles y especialmente los bienes muebles valiosos que le hayan sido asignados por el fundador o adquiridos a expensas de los fondos asignados por el fundador (cláusula 4, artículo 2 de la Ley N 174-FZ) .
El propietario de los bienes de una institución autónoma no responde por las obligaciones de una institución autónoma (Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Central de 22 de septiembre de 2008 en el expediente N A62-4105/2007).
Con base en el párrafo 2 del art. 8 de la Ley N 174-FZ, los órganos de gobierno de una institución autónoma son:
- consejo de vigilancia (en virtud del artículo 10 de la Ley N 174-FZ, se crea con un mínimo de cinco y un máximo de 11 miembros);
- el titular de una institución autónoma (según el artículo 13 de la Ley N 174-FZ, según el tipo de institución, puede ser director, rector, etc.);
- otros órganos previstos por las leyes federales y los estatutos de la institución, por ejemplo, el Consejo Académico.
La reorganización de una institución autónoma y el cambio de su tipo se realizan de conformidad con el art. 18 de la Ley N 174-FZ. El procedimiento de liquidación está determinado por el art. 19 de esta Ley.
Según el apartado 1 del art. 91 de la Ley N 273-FZ, una institución autónoma tiene derecho a realizar actividades educativas solo sobre la base de una licencia.
La concesión de licencias de actividades educativas se lleva a cabo de conformidad con la Ley Federal de 04.05.2011 N 99-FZ "Sobre la concesión de licencias de ciertos tipos de actividades", teniendo en cuenta las características establecidas por el art. 91 de la Ley N 273-FZ y el Reglamento sobre licencias de actividades educativas, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 28 de octubre de 2013 N 966.
Con base en el párrafo 1 del art. 92 de la Ley N 273-FZ en relación con los programas educativos básicos implementados de acuerdo con las normas educativas del estado federal, con excepción de los programas educativos para la educación preescolar, así como en relación con los programas educativos básicos implementados de acuerdo con las normas educativas, acreditación estatal debe obtenerse.
El procedimiento para llevar a cabo la acreditación estatal de organizaciones educativas, incluidas las instituciones educativas autónomas, para la implementación de programas educativos básicos (con la excepción de programas educativos para educación preescolar) está establecido por el Reglamento aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de noviembre. 18, 2013 N 1039 "Sobre la acreditación estatal de actividades educativas".
Según el apartado 11 del art. 13 de la Ley N 273-FZ, el órgano ejecutivo federal que desempeña las funciones de desarrollar la política de Estado y la regulación legal en materia de educación, si la Ley citada no establece lo contrario.

La Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de fecha 30 de agosto de 2013 N 1015 aprobó el Procedimiento para la organización y ejecución de actividades educativas para los programas de educación general básica - programas educativos para la educación general primaria, general básica y educación general secundaria, que también es obligatorio para los programas educativos autónomos. instituciones
Los estándares determinados por las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación Rusa de conformidad con los párrafos. 3 p.1 art. 8 de la Ley N 273-FZ, los costos estándar para la prestación de servicios estatales o municipales en el campo de la educación se establecen para cada nivel de educación de acuerdo con los estándares educativos de los estados federales, para cada tipo y enfoque (perfil) de programas educativos , teniendo en cuenta las formas de educación, los requisitos del estado federal, el tipo de organización educativa, la forma de red para la implementación de programas educativos, tecnologías, condiciones especiales para obtener educación de estudiantes con discapacidades, brindar educación profesional adicional a los maestros, garantizar condiciones seguras para formación y educación, protegiendo la salud de los estudiantes, así como teniendo en cuenta otras características de la organización previstas por esta Ley y la realización de actividades educativas (para diversas categorías de estudiantes), con excepción de las actividades educativas realizadas de conformidad con estándares educativos, en cálculo por alumno, salvo disposición en contrario del art. 99 de la citada Ley.
Los costos regulatorios para la prestación de servicios estatales o municipales en el campo de la educación incluyen los costos de remuneración del personal docente, teniendo en cuenta el nivel de su salario promedio, determinado de acuerdo con las decisiones del Presidente de la Federación Rusa, el Gobierno de la Federación Rusa, autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación Rusa, autoridades locales. Al mismo tiempo, el costo de la remuneración de los maestros de las organizaciones educativas generales municipales, incluidas las instituciones educativas generales autónomas municipales, no puede ser inferior al salario promedio en el tema correspondiente de la Federación de Rusia, en cuyo territorio se encuentran dichas organizaciones educativas generales. situado.
Para las organizaciones educativas de pequeña escala (es decir, instituciones educativas autónomas de pequeña escala) ubicadas en áreas rurales e implementando programas de educación general básica, los costos estándar para la provisión de servicios estatales o municipales en el campo de la educación deben incluir, entre otras cosas , los costos de las actividades educativas, independientemente del número de estudiantes.
Las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación Rusa incluyen organizaciones educativas que implementan programas educativos generales básicos como organizaciones educativas a pequeña escala, en función de la lejanía de estas organizaciones educativas de otras organizaciones educativas, la accesibilidad del transporte y (o) la cantidad de estudiantes. .
Con base en el párrafo 2 del art. 102 de la Ley N 273-FZ asignado a organizaciones educativas estatales y municipales sobre el derecho de gestión operativa u objetos (edificios, estructuras, estructuras) de infraestructura educativa, industrial, social, incluidos los locales residenciales ubicados en edificios de educación, industrial, social , las instalaciones culturales, los dormitorios, así como las bases clínicas que estén en la gestión operativa de las organizaciones educativas o les pertenezcan en forma diferente, no están sujetas a privatización.
Cuando se liquida una organización educativa (institución educativa autónoma), su propiedad, después de satisfacer los requisitos de los acreedores, se dirige al desarrollo de la educación de acuerdo con el estatuto de la organización educativa (cláusula 3, artículo 102 de la Ley N 273-FZ ).
Al realizar actividades educativas, las instituciones educativas autónomas pueden aplicar tanto el régimen general como el régimen tributario simplificado.
Según el apartado 2 del art. 346.12 del Código Tributario de la Federación Rusa, una institución educativa autónoma tiene derecho a cambiar al sistema tributario simplificado (STS) si, después de los resultados de nueve meses del año en que solicita la transición al sistema tributario simplificado , los ingresos determinados de conformidad con el art. 248 del Código Fiscal de la Federación Rusa, no superó los 45 millones de rublos. Esta restricción está sujeta a indexación a más tardar el 31 de diciembre del año en curso por el coeficiente deflactor fijado para el año calendario siguiente. Para 2014, es igual a 1,067 (Orden del Ministerio de Desarrollo Económico de Rusia del 7 de noviembre de 2013 N 652).
Por lo tanto, para pasar al sistema tributario simplificado a partir de 2015, los ingresos de la institución para los nueve meses de 2014 no deben exceder los 48 015 000 rublos. (45.000.000 rublos x 1,067) (Cartas del Ministerio de Hacienda de Rusia de fecha 13 de enero de 2014 N 03-11-06/2/248, de fecha 13 de diciembre de 2013 N 03-11-06/2/54977).
Si el importe de las rentas (según los resultados del período de declaración o impositivo) de una entidad autónoma que aplica el régimen fiscal simplificado supera el límite establecido por el apartado 4 del art. 346.13 del Código Fiscal de la Federación Rusa, entonces la institución deberá cambiar a un sistema común de pago de impuestos. De acuerdo con el párrafo especificado, la cantidad máxima de ingresos a la que la institución todavía tiene derecho a aplicar el sistema fiscal simplificado es de 60 millones de rublos. Este valor está sujeto a indexación en la forma prescrita por el párrafo 2 del art. 346.12 del Código Fiscal de la Federación Rusa. Teniendo en cuenta lo anterior, la cantidad máxima de ingresos para el período fiscal (informe) de 2014 es de 64,020,000 rublos. (60.000.000 rublos x 1,067) (Carta del Ministerio de Hacienda de Rusia del 13 de enero de 2014 N 03-11-06/2/248).
Según el art. 346.12 del Código Fiscal de la Federación de Rusia no tienen derecho a aplicar el sistema fiscal simplificado a las instituciones educativas autónomas:
- tener sucursales y (u) oficinas de representación (cláusula 1 cláusula 3);
- cuyo número promedio de empleados para el período fiscal (de declaración), determinado en la forma establecida por el órgano ejecutivo federal autorizado en el campo de las estadísticas, supere las 100 personas (cláusula 15 cláusula 3). El procedimiento para calcular el número promedio de empleados está consagrado en la Orden de Rosstat del 28 de octubre de 2013 N 428 "Sobre la aprobación de las Instrucciones para completar formularios de observación estadística federal N P-1" Información sobre la producción y envío de bienes y servicios", N P-2 "Información sobre inversiones en activos no financieros", N P-3 "Información sobre la situación financiera de la organización", N P-4 "Información sobre el número y salarios de los empleados", N P-5 (m) "Información básica sobre las actividades de la organización";
- cuyo valor residual de los activos fijos supere los 100 millones de rublos. (cláusula 16 cláusula 3). En este caso, es necesario tener en cuenta solo los bienes reconocidos como depreciables de acuerdo con las disposiciones del cap. 25 del Código Fiscal de la Federación Rusa. Así, por ejemplo, el coste de un terreno no se tendrá en cuenta a la hora de determinar el valor marginal del valor residual de los activos fijos, ya que este objeto no es amortizable.
Tenga en cuenta: para realizar controles de cumplimiento de los criterios establecidos por el art. 346.12 del Código Fiscal de la Federación de Rusia, una institución educativa autónoma debe al final del período de declaración (impuesto). Si los indicadores superan el límite, la institución pierde el derecho a aplicar el régimen tributario simplificado desde el inicio del trimestre en que se produjo tal discrepancia. Esto significa que desde el comienzo del trimestre, una institución educativa autónoma se considerará que ha pasado al régimen general de impuestos y deberá calcular y pagar todos los impuestos al presupuesto.
Asimismo, las entidades autónomas que no hayan notificado el tránsito al régimen tributario simplificado en los plazos establecidos por los apartados. 1 y 2 art. 346.13 del Código Fiscal de la Federación Rusa (cláusula 19, cláusula 3 del Artículo 346.12 del Código Fiscal de la Federación Rusa).
Permítanme recordarles: de acuerdo con el párrafo 1 del art. 346.13 del Código Fiscal de la Federación Rusa, las instituciones que hayan expresado su deseo de cambiar al sistema fiscal simplificado a partir del próximo año calendario deben notificar a la autoridad fiscal en su ubicación a más tardar el 31 de diciembre del año calendario anterior al año calendario que comienza. del cual pasan al sistema tributario simplificado. Una institución educativa autónoma de nueva creación tiene derecho a notificar la transición al sistema tributario simplificado a más tardar 30 días calendario a partir de la fecha de registro ante la autoridad fiscal indicada en el certificado de registro emitido de conformidad con el párrafo 2 del art. 84 del Código Fiscal de la Federación Rusa (cláusula 2 del artículo 346.13 del Código Fiscal de la Federación Rusa).
Con base en el párrafo 2 del art. 346.11 del Código Fiscal de la Federación de Rusia, al aplicar el sistema fiscal simplificado, las instituciones educativas están exentas de la obligación de pagar el impuesto sobre la renta empresarial (con la excepción del impuesto pagado sobre los ingresos gravados a las tasas impositivas previstas en los párrafos 3 y 4 del artículo 284 del Código Fiscal de la Federación Rusa), impuesto a la propiedad, IVA, con la excepción del IVA pagadero de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación Rusa cuando los bienes se importan al territorio de la Federación Rusa y otros territorios bajo su jurisdicción, así como el IVA a pagar de conformidad con el art. 174.1 del Código Fiscal de la Federación Rusa.
Estas instituciones pagan otros impuestos de acuerdo con la legislación sobre impuestos y tasas.
Al aplicar el régimen tributario simplificado, una institución educativa autónoma tiene derecho a elegir el objeto de tributación. Si la institución ha elegido la renta como objeto de tributación, el tipo impositivo de conformidad con el apartado 1 del art. 346.20 del Código Fiscal de la Federación Rusa se establece en 6%.
Si una institución ha elegido ingresos reducidos por la cantidad de gastos como objeto de tributación, entonces la tasa de impuesto se fija en 15%.
Las leyes de las entidades constitutivas de la Federación Rusa pueden establecer tasas impositivas diferenciadas que van del 5% al ​​15%, según las categorías de contribuyentes (cláusula 2, artículo 346.20 del Código Fiscal de la Federación Rusa).
Según el art. 346.15 del Código Fiscal de la Federación de Rusia, al determinar el objeto de los impuestos, se tienen en cuenta los siguientes:
- los ingresos por ventas, determinados de conformidad con el art. 249 del Código Fiscal de la Federación Rusa;
- ingresos no operativos, determinados de conformidad con el art. 250 del Código Fiscal de la Federación Rusa.
A la hora de determinar el objeto del gravamen, las rentas previstas en el apartado 1.1 del art. 346.15 del Código Fiscal de la Federación Rusa, en particular los ingresos, cuya lista contiene el art. 251 del Código Fiscal de la Federación Rusa.
De acuerdo con los párrafos. 8 p.1 art. 251 del Código Fiscal de la Federación de Rusia no tiene en cuenta los ingresos en forma de bienes recibidos por instituciones estatales (municipales) por decisión de las autoridades ejecutivas en todos los niveles.
Sobre la base de los párrafos. 14 p.1 art. 251 del Código Fiscal de la Federación de Rusia no tiene en cuenta los ingresos en forma de bienes recibidos por el contribuyente en el marco de la financiación específica.
El financiamiento dirigido incluye bienes recibidos y utilizados para el fin previsto, determinado por la fuente de financiamiento o las leyes federales, en forma de subsidios otorgados a instituciones autónomas.
En virtud del párr. 22 p.1 art. 251 del Código Fiscal de la Federación de Rusia no tiene en cuenta los ingresos en forma de bienes recibidos gratuitamente por las instituciones educativas estatales (municipales) para la realización de actividades legales.
Además, los subsidios recibidos por una institución educativa autónoma del fundador para el cumplimiento de la tarea estatal (municipal) establecida por él no se incluyen en la base imponible, pero con la condición de que estas instituciones mantengan registros separados de los ingresos (gastos) recibidos (producido) en el marco de la financiación específica ( Carta del Ministerio de Finanzas de Rusia del 31 de julio de 2009 N 03-11-06 / 2/141).
Tenga en cuenta: en ausencia de una contabilidad separada para una institución educativa autónoma que recibió fondos para fines especiales, estos fondos se consideran imponibles desde la fecha en que se reciben.
En cuanto a otros ingresos económicos a las instituciones educativas autónomas, de conformidad con el art. 249 del Código Fiscal de la Federación Rusa, los ingresos por la venta de servicios se reconocen como ingresos por ventas.
A efectos fiscales, un servicio se reconoce como una actividad, cuyos resultados no tienen una expresión material, se realizan y consumen en el proceso de llevar a cabo esta actividad (cláusula 5, artículo 38 del Código Fiscal de la Federación de Rusia). Federación).
Así, si una institución educativa autónoma brinda servicios educativos pagados, entonces la tarifa cobrada por el servicio prestado es para esta institución un ingreso por la venta de servicios, cuya fecha de recepción se reconoce como el día en que se recibe el pago en las cuentas bancarias y (o) en la caja (párrafo 1 del Art. 346.17 del Código Fiscal de la Federación Rusa).
El procedimiento para la determinación de los gastos de las instituciones educativas autónomas que hayan optado por el objeto de gravamen “ingresos reducidos por el importe de los gastos” está establecido por el art. 346.16 del Código Fiscal de la Federación Rusa. Al mismo tiempo, los gastos se reconocen como tales después de su pago efectivo, como lo indica el párrafo 2 del art. 346.17 del Código Fiscal de la Federación Rusa.
Observo que, de acuerdo con este párrafo, los costos laborales se tienen en cuenta como gastos en el momento del pago de la deuda mediante el cargo de fondos de la cuenta corriente del contribuyente: una institución educativa autónoma, el pago de la caja y, en caso de otro método. de pago de la deuda - en el momento del pago.
Un procedimiento similar se aplica al pago de intereses por el uso de fondos prestados (incluidos los préstamos bancarios) y al pagar servicios de terceros.
Los gastos de adquisición (construcción, fabricación) de activos fijos, terminación, equipamiento adicional, reconstrucción, modernización y reequipamiento técnico de activos fijos, así como los gastos de adquisición (creación por el propio contribuyente) de activos intangibles, contabilizados en la forma prevista en el apartado 3 del art. 346.16 del Código Fiscal de la Federación Rusa se reflejan en el último día del período de declaración (impuesto) en el monto de los montos pagados.
Al mismo tiempo, estos gastos se tienen en cuenta solo para los activos fijos y los activos intangibles utilizados en el curso de las actividades comerciales.
Según el apartado 3.1 del art. 346.21 del Código Fiscal de la Federación de Rusia, las instituciones educativas autónomas que han elegido los ingresos como objeto de tributación, reducen el monto del impuesto (pagos de impuestos anticipados) calculados para el período fiscal (informe) por el monto:
1) primas de seguro para el seguro de pensión obligatorio, seguro social en caso de incapacidad temporal y en relación con la maternidad, seguro médico y social obligatorio contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales pagadas (dentro de los montos calculados) en este período fiscal (reporte);
2) gastos para el pago de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa de beneficios por incapacidad temporal (con la excepción de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) por los días de incapacidad temporal del empleado, que se pagan a expensas del empleador y cuyo número está establecido por la Ley Federal del 29 de diciembre de 2006 N 255- Ley Federal "Sobre el seguro social obligatorio en caso de incapacidad temporal y en relación con la maternidad", en parte no cubierto por los pagos de seguros realizados a los empleados por las organizaciones de seguros que tengan licencias emitidas de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa para realizar el tipo de actividad correspondiente, bajo contratos con empleadores a favor de los empleados en caso de su incapacidad laboral temporal (con excepción de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) por los días de incapacidad temporal para el trabajo, que son pagados a costa del empleador y cuyo número establece esta Ley;
3) pagos (aportes) en virtud de contratos de seguros personales voluntarios celebrados con organizaciones de seguros que tienen licencias para llevar a cabo el tipo de actividad correspondiente a favor de los empleados en caso de su incapacidad laboral temporal (con excepción de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) por días de incapacidad temporal para el trabajo, pagados a expensas del empleador y cuyo número está establecido por la Ley N 255-FZ.
Los pagos especificados (contribuciones) reducen el monto del impuesto (pagos de impuestos por adelantado) si el monto del pago del seguro en virtud de dichos contratos no excede el monto de los beneficios por incapacidad temporal determinados de conformidad con la legislación de la Federación Rusa (con la excepción de accidentes en el trabajo y enfermedades profesionales) por días de incapacidad temporal del trabajador, que son pagados a cargo del empleador y cuyo número también establece esta Ley.
Al mismo tiempo, el monto del impuesto (pagos anticipados de impuestos) no puede reducirse en el monto especificado en la cláusula 3.1 del art. 346.21 del Código Fiscal de la Federación Rusa en más del 50%.

Capítulo 1. Disposiciones generales

Artículo 1. Relaciones reguladas por esta Ley Federal

1. Esta Ley Federal determina, de conformidad con el Código Civil de la Federación Rusa, el estatus legal de las instituciones autónomas, el procedimiento para su creación, reorganización y liquidación, los objetivos, el procedimiento para la formación y uso de su propiedad, el fundamentos de la gestión de las instituciones autónomas, fundamentos de las relaciones de las instituciones autónomas con sus fundadores, con los participantes circulación civil, la responsabilidad de las instituciones autónomas por sus obligaciones.

2. Para las instituciones autónomas que operan en las áreas especificadas en la Parte 1 del Artículo 2 de esta Ley Federal, las leyes federales pueden determinar los detalles de la regulación de las relaciones especificadas en la Parte 1 de este Artículo.

Artículo 2. Institución autónoma

1. Una institución autónoma es una organización sin fines de lucro establecida por la Federación de Rusia, una entidad constitutiva de la Federación de Rusia o un municipio para realizar trabajos, prestar servicios con el fin de ejercer los poderes de las autoridades estatales previstas por la legislación de la Federación de Rusia, los poderes de los gobiernos locales en los campos de la ciencia, la educación, la salud, la cultura, la protección social, el empleo de la población, la cultura física y el deporte.

2. La institución autónoma es una persona jurídica y, por sí misma, puede adquirir y ejercer derechos patrimoniales y no patrimoniales, contraer obligaciones, ser actor y demandado en juicio.

3. Una entidad autónoma tendrá derecho a abrir cuentas en entidades de crédito de acuerdo con el procedimiento establecido.

4. La institución autónoma responderá de sus obligaciones con los bienes que le sean atribuidos, con excepción de los bienes inmuebles y, en especial, los muebles de valor que le sean cedidos por el fundador o adquiridos por la institución autónoma a expensas de los fondos que le sean asignados por el fundador para la adquisición de esta propiedad.

5. El propietario de los bienes de una institución autónoma no será responsable de las obligaciones de la institución autónoma.

6. Una institución autónoma no será responsable de las obligaciones del propietario de la propiedad de una institución autónoma.

7. Una institución autónoma realiza sus actividades de acuerdo con el objeto y los fines de sus actividades, determinados por las leyes federales y la carta orgánica, realizando trabajos, prestando servicios en las áreas especificadas en la parte 1 de este artículo.

8. Los ingresos de una institución autónoma estarán a su disposición independiente y serán utilizados por ella para lograr los fines para los que fue creada, salvo disposición en contrario de esta Ley Federal.

9. El propietario de los bienes de una institución autónoma no tendrá derecho a percibir rentas por las actividades realizadas por la institución autónoma y el uso de los bienes asignados a la institución autónoma.

10. Cada año, una institución autónoma está obligada a publicar informes sobre sus actividades y sobre el uso de la propiedad asignada a ella en la forma establecida por el Gobierno de la Federación Rusa, en los medios determinados por el fundador de la institución autónoma.

11. Una institución autónoma está obligada a llevar registros contables, presentar informes contables e informes estadísticos de acuerdo con el procedimiento establecido por la legislación de la Federación Rusa.

12. Una institución autónoma proporciona información sobre sus actividades a los organismos estatales de estadística, autoridades fiscales, otros organismos y personas de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia y su estatuto.

13. Una institución autónoma asegura la apertura y disponibilidad de los siguientes documentos:

1) el estatuto de la institución autónoma, incluidas las modificaciones que se le hayan hecho;

2) certificado de registro estatal de una institución autónoma;

3) la decisión del fundador de establecer una institución autónoma;

4) la decisión del fundador sobre el nombramiento del titular de la institución autónoma;

5) reglamento sobre sucursales, oficinas de representación de una institución autónoma;

6) documentos que contengan información sobre la composición del consejo de vigilancia de la institución autónoma;

7) el plan de actividades financieras y económicas de la institución autónoma;

8) los estados financieros anuales de la institución autónoma;

9) un informe de auditoría sobre la autenticidad de los estados financieros anuales de la institución autónoma.

Artículo 3. Propiedad de una Institución Autónoma

1. La propiedad de una institución autónoma se le asigna sobre la base del derecho de gestión operativa de conformidad con el Código Civil de la Federación Rusa. El propietario de la propiedad de una institución autónoma es, respectivamente, la Federación Rusa, un sujeto de la Federación Rusa, un municipio.

2. Una institución autónoma, sin el consentimiento del fundador, no tiene derecho a disponer de bienes inmuebles y, especialmente, de bienes muebles valiosos que le hayan sido asignados por el fundador o adquiridos por la institución autónoma a expensas de los fondos que le haya asignado el fundador para la adquisición de este inmueble. Del resto de los bienes, incluidos los inmuebles, la institución autónoma tiene derecho a disponer de forma independiente, salvo disposición en contrario del apartado 6 de este artículo.

3. A los efectos de la presente Ley Federal, se entiende por bienes muebles de valor especial los bienes sin los cuales la ejecución de sus actividades estatutarias por parte de una institución autónoma se verá gravemente obstaculizada. Los tipos de tales bienes se determinan de la manera establecida por el Gobierno de la Federación Rusa.

4. La decisión del fundador de clasificar el inmueble como bien mueble de especial valor se tomará simultáneamente con la decisión de destinar dicho inmueble a una institución autónoma o de destinar fondos para su adquisición.

5. Los bienes inmuebles cedidos a una institución autónoma o adquiridos por una institución autónoma a expensas de los fondos que le asignó el fundador para la adquisición de estos bienes, así como los bienes muebles de especial valor situados en la institución autónoma, estarán sujetos a contabilidad separada de acuerdo con el procedimiento establecido.

6. Una institución autónoma tiene el derecho de aportar fondos monetarios y otros bienes al capital autorizado (acciones) de otras entidades legales o de otra manera transferir esta propiedad a otras entidades legales como su fundador o participante solo con el consentimiento de su fundador.

7. La parcela de tierra necesaria para el cumplimiento por parte de una institución autónoma de sus tareas estatutarias se le proporciona sobre la base del derecho de uso permanente (ilimitado).

8. Los objetos del patrimonio cultural (monumentos de historia y cultura) de los pueblos de la Federación de Rusia, los valores culturales, los recursos naturales (a excepción de las parcelas), restringidos para su uso en la circulación civil o retirados de la circulación civil, se asignan a una institución autónoma en los términos y en la forma determinada por las leyes federales y otros actos legales reglamentarios de la Federación Rusa.

Artículo 4. Tipos de actividades de una institución autónoma

1. La actividad principal de una institución autónoma es la actividad dirigida directamente a la consecución de los fines para los que fue creada la institución autónoma.

2. El fundador asigna tareas a la institución autónoma de acuerdo con la actividad principal prevista en su estatuto. Una institución autónoma, de acuerdo con las tareas del fundador y las obligaciones para con el asegurador bajo el seguro social obligatorio, realiza actividades relacionadas con la ejecución del trabajo, la prestación de servicios, parcialmente a cambio de una tarifa o gratuitamente.

3. El fundador proporciona apoyo financiero para el cumplimiento de la tarea, teniendo en cuenta los costos de mantenimiento de bienes inmuebles y especialmente bienes muebles valiosos asignados a la institución autónoma por el fundador o adquiridos por la institución autónoma a expensas de los fondos asignados a ella. por el fundador para la adquisición de tales bienes, los gastos de pago de impuestos, como objeto tributario por el cual se reconoce el inmueble correspondiente, incluidos los terrenos, así como el apoyo financiero para el desarrollo de instituciones autónomas en el marco de los programas aprobados en la forma prescrita. En el caso de arrendamiento, con el consentimiento del fundador, bienes inmuebles o bienes muebles especialmente valiosos asignados a una institución autónoma por el fundador o adquiridos por la institución autónoma a expensas de los fondos que le asigna el fundador para la adquisición de tales propiedad, el fundador no proporciona apoyo financiero para el mantenimiento de dicha propiedad por parte del fundador.

4. El apoyo financiero para las actividades especificadas en las partes 1 y 2 de este artículo se lleva a cabo en forma de subvenciones y subsidios del presupuesto correspondiente del sistema presupuestario de la Federación Rusa y otras fuentes no prohibidas por las leyes federales.

5. Las condiciones y el procedimiento para la formación de la tarea del fundador y el procedimiento para el apoyo financiero para la implementación de esta tarea están determinados por:

2) el máximo órgano ejecutivo del poder estatal de una entidad constituyente de la Federación Rusa en relación con las instituciones autónomas creadas sobre la base de la propiedad de una entidad constituyente de la Federación Rusa;

3) la administración local en relación con las instituciones autónomas establecidas sobre la base de la propiedad municipal.

6. Además de las tareas del fundador y las obligaciones especificadas en la Parte 2 de este artículo, una institución autónoma, a su discreción, tiene derecho a realizar trabajos, prestar servicios relacionados con su actividad principal, para ciudadanos y personas jurídicas por un tarifa y en las mismas condiciones para la prestación de servicios homogéneos en la forma que establezcan las leyes federales.

7. Una institución autónoma tiene derecho a realizar otro tipo de actividades sólo en la medida en que sirva a la consecución de los fines para los que fue creada, siempre que tales tipos de actividades estén indicados en su carta orgánica.

Capítulo 2. Creación de una Institución Autónoma

Artículo 5 Establecimiento de una Institución Autónoma

1. La institución autónoma puede crearse mediante su fundación o cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente.

2. La decisión de crear una institución autónoma sobre la base de propiedad federal la toma el Gobierno de la Federación Rusa sobre la base de propuestas de los órganos ejecutivos federales, a menos que se disponga lo contrario por un acto legal reglamentario del Presidente de la Federación Rusa. .

3. La decisión de crear una institución autónoma sobre la base de la propiedad de una entidad constituyente de la Federación Rusa o de propiedad municipal será tomada por el máximo órgano ejecutivo del poder estatal de una entidad constituyente de la Federación Rusa o por el local administración de una formación municipal.

4. La decisión de crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente se tomará por iniciativa o con el consentimiento de la institución estatal o municipal, a menos que tal decisión implique una violación de los derechos constitucionales de los ciudadanos. , incluido el derecho a recibir educación gratuita, el derecho a participar en la vida cultural.

5. El Gobierno de la Federación Rusa puede establecer condiciones adicionales para tomar una decisión sobre la creación de una institución autónoma federal cambiando el tipo de una institución estatal existente. El Gobierno de la Federación Rusa, el órgano ejecutivo supremo del poder estatal de una entidad constitutiva de la Federación Rusa o la administración local de una formación municipal pueden determinar listas de instituciones estatales o municipales, cuyo tipo no está sujeto a cambios.

6. Una propuesta para crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente será preparada por el órgano ejecutivo del poder estatal o el órgano de autogobierno local, que está a cargo de la institución estatal o municipal correspondiente. , de acuerdo con el órgano ejecutivo del poder estatal o el órgano de autogobierno local, que tengan encomendada la gestión de bienes del Estado o municipales. Esta propuesta es preparada por dicho organismo por iniciativa o con el consentimiento de una institución estatal o municipal.

7. Una propuesta para crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente, presentada en la forma prescrita por el Gobierno de la Federación Rusa, debe contener:

1) justificación para la creación de una institución autónoma, incluso teniendo en cuenta las posibles consecuencias socioeconómicas de su creación, la accesibilidad de dicha institución a la población y la calidad del trabajo realizado por ella, los servicios que se le brindan;

2) información sobre la aprobación de un cambio en el tipo de una institución estatal o municipal existente por parte del máximo órgano colegiado de esta institución, si tal órgano existe;

3) información sobre el inmueble que se encuentra en gestión operativa de la institución estatal o municipal correspondiente;

4) información sobre otros bienes a transferir a la gestión operativa de la institución autónoma que se crea;

5) otra información.

8. El procedimiento para considerar propuestas para la creación de instituciones autónomas cambiando el tipo de instituciones estatales o municipales existentes lo determina el Gobierno de la Federación Rusa, el máximo órgano ejecutivo del poder estatal de una entidad constituyente de la Federación Rusa, o la administración local de una formación municipal.

9. La decisión de crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente debe contener:

1) información sobre el organismo investido de los poderes del fundador de la institución autónoma que se está creando y responsable de llevar a cabo las medidas para crear una institución autónoma;

2) información sobre los bienes asignados a la institución autónoma, incluida una relación de bienes inmuebles y muebles de especial valor;

3) una lista de medidas para crear una institución autónoma con una indicación del momento de su implementación.

10. Los bienes (incluidos los fondos monetarios) asignados a una institución autónoma en el momento de su creación deben ser suficientes para permitirle realizar las actividades previstas en su estatuto y responder por las obligaciones contraídas por la institución estatal o municipal antes de que su tipo fuera cambió.

11. Al crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente, no se permite retirar o reducir la propiedad (incluidos los fondos monetarios) asignada a la institución estatal o municipal.

12. Una institución autónoma creada cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente tendrá derecho a realizar los tipos de actividades previstos en su estatuto sobre la base de una licencia, así como un certificado de acreditación estatal, otros permisos expedidos a la institución estatal o municipal correspondiente, hasta el vencimiento de dichos documentos. Al mismo tiempo, no es necesario volver a emitir documentos que confirmen la disponibilidad de licencias de conformidad con el artículo 11 de la Ley Federal de 8 de agosto de 2001 N 128-FZ "Sobre la concesión de licencias para ciertos tipos de actividades" y volver a emitir otros permisos.

13. Si el organismo autorizado decide crear una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente, se aplicarán las reglas de los párrafos 1 y 2 del Artículo 60 del Código Civil de la Federación Rusa.

14. La creación de una institución autónoma cambiando el tipo de una institución estatal o municipal existente no es su reorganización. Al cambiar el tipo de una institución estatal o municipal existente, se hacen los cambios apropiados a su estatuto.

Sección 6. Fundadora de una Institución Autónoma

1. El fundador de una institución autónoma es:

1) la Federación Rusa en relación con una institución autónoma, que fue creada sobre la base de propiedad federal;

2) una entidad constituyente de la Federación Rusa en relación con una institución autónoma establecida sobre la base de la propiedad de una entidad constituyente de la Federación Rusa;

3) una entidad municipal en relación con una institución autónoma que ha sido establecida sobre la base de la propiedad del municipio.

2. Una institución autónoma sólo puede tener un fundador.

3. A menos que las leyes federales o un acto legal reglamentario del Presidente de la Federación Rusa establezcan lo contrario, las funciones y poderes del fundador de una institución autónoma prevista por esta Ley Federal se ejercerán:

1) por el órgano ejecutivo federal con respecto a una institución autónoma creada sobre la base de propiedad federal, en la forma determinada por el Gobierno de la Federación Rusa;

2) por el órgano ejecutivo del poder estatal de una entidad constituyente de la Federación Rusa en relación con una institución autónoma creada sobre la base de la propiedad de una entidad constituyente de la Federación Rusa, en la forma determinada por el máximo órgano ejecutivo estatal poder de una entidad constitutiva de la Federación Rusa;

3) por un organismo de autogobierno local en relación con una institución autónoma creada sobre la base de la propiedad de una formación municipal, en la forma determinada por la administración local.

Artículo 7

1. El documento fundacional de una institución autónoma es la carta aprobada por su fundador.

2. El estatuto de una institución autónoma debe contener la siguiente información:

1) el nombre de la institución autónoma, que incluye las palabras "institución autónoma" y contiene una indicación de la naturaleza de sus actividades, así como el propietario de su propiedad;

2) ubicación de la institución autónoma;

3) información sobre el órgano que ejerce las funciones y poderes del fundador de una institución autónoma;

4) el objeto y fines de las actividades de la institución autónoma;

5) una lista exhaustiva de las actividades que una institución autónoma está facultada para realizar de acuerdo con los fines para los que fue creada;

6) información sobre sucursales, oficinas de representación de la institución autónoma;

7) la estructura, competencia de los órganos de la institución autónoma, el procedimiento para su formación, el mandato y el procedimiento para las actividades de tales órganos;

8) otra información prevista por las leyes federales.

Capítulo 3. Gestión Autónoma

institución

Artículo 8 Órganos de un Establecimiento Autónomo

1. La estructura y competencia de los órganos de una institución autónoma, el procedimiento para su formación, los mandatos y el procedimiento para las actividades de dichos órganos están determinados por el estatuto de la institución autónoma de conformidad con esta Ley Federal y otros leyes federales.

2. Los órganos de una institución autónoma son el consejo de supervisión de la institución autónoma, el jefe de la institución autónoma, así como otros órganos previstos por las leyes federales y el estatuto de la institución autónoma (asamblea general (conferencia) de empleados de la institución autónoma, consejo académico, consejo artístico, y otros).

Artículo 9

La competencia del fundador en el campo de la gestión de una institución autónoma incluye:

1) aprobación de la carta de una institución autónoma, introducción de enmiendas a la misma;

2) consideración y aprobación de las propuestas del titular de la institución autónoma sobre la creación y liquidación de sucursales de la institución autónoma, sobre la apertura y cierre de sus oficinas de representación;

3) la reorganización y liquidación de una institución autónoma, así como el cambio de su tipo;

4) aprobación de la escritura de traspaso o balance de separación;

5) nombramiento de una comisión de liquidación y aprobación de los balances de liquidación intermedios y definitivos;

6) el nombramiento del jefe de una institución autónoma y la terminación de sus poderes, así como la conclusión y terminación de un contrato de trabajo con él, a menos que las leyes federales prevean un procedimiento diferente para el nombramiento de un jefe y la terminación de sus poderes y ( o) celebrar y rescindir un contrato de trabajo con él para organizaciones en el campo de actividad relevante;

7) consideración y aprobación de las propuestas del jefe de una institución autónoma sobre transacciones con la propiedad de una institución autónoma en los casos en que, de conformidad con las Partes 2 y 6 del Artículo 3 de esta Ley Federal, el consentimiento del fundador de una institución autónoma se requiere una institución autónoma para tales transacciones;

8) resolución de los demás asuntos previstos en esta Ley Federal.

Artículo 10. Consejo de Vigilancia de una Institución Autónoma

1. Una institución autónoma tendrá un consejo de vigilancia compuesto por un mínimo de cinco y un máximo de once miembros. El consejo de supervisión de una institución autónoma incluirá representantes del fundador de la institución autónoma, representantes de los órganos ejecutivos del poder estatal o representantes de los órganos de autogobierno local encargados de la administración de la propiedad estatal o municipal, y miembros del público, incluyendo personas con méritos y logros en el campo de actividad relevante. El consejo de supervisión de una institución autónoma puede incluir representantes de otros organismos estatales, órganos de autogobierno local, representantes de los empleados de la institución autónoma. El número de representantes de los órganos estatales y de los órganos de autogobierno local en la composición del consejo de vigilancia debe ser superior a un tercio del número total de miembros del consejo de vigilancia de la institución autónoma. El número de representantes de los trabajadores de una institución autónoma no podrá exceder de un tercio del número total de miembros del consejo de vigilancia de la institución autónoma.

2. La duración del mandato del consejo de vigilancia de una institución autónoma será establecida por el estatuto de la institución autónoma, pero no podrá exceder de cinco años.

3. Una misma persona puede ser miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma un número ilimitado de veces.

4. El titular de una institución autónoma y sus suplentes no pueden ser miembros del consejo de vigilancia de una institución autónoma.

5. Los miembros del consejo de vigilancia de una institución autónoma no pueden ser personas con condena pendiente o pendiente.

6. Una institución autónoma no tendrá derecho a pagar remuneración a los miembros del consejo de vigilancia de una institución autónoma por el desempeño de sus funciones, con excepción de la compensación por gastos documentados directamente relacionados con la participación en el trabajo del consejo de vigilancia de una institución autónoma.

7. Los miembros del consejo de vigilancia de una institución autónoma pueden utilizar los servicios de una institución autónoma solo en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos.

8. La decisión sobre el nombramiento de los miembros del consejo de vigilancia de una institución autónoma o el cese anticipado de sus funciones corresponderá al fundador de la institución autónoma. La decisión de nombrar a un representante de los trabajadores de una institución autónoma como miembro del consejo de supervisión o de poner fin a sus poderes antes de tiempo se tomará en la forma prescrita por el estatuto de la institución autónoma.

9. Los poderes de un miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma pueden extinguirse anticipadamente:

1) a solicitud de un miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma;

2) si un miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma no puede desempeñar sus funciones por razones de salud o por su ausencia de la ubicación de la institución autónoma durante cuatro meses;

3) si se considera penalmente responsable a un miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma.

10. Los poderes de un miembro del consejo de supervisión de una institución autónoma que sea representante de un organismo estatal o de un organismo de autogobierno local y tenga relaciones laborales con este organismo también pueden extinguirse anticipadamente en caso de terminación de relaciones laborales. .

11. Las vacantes creadas en el Consejo de Vigilancia de una Institución Autónoma por causa de muerte o cese anticipado en el cargo de sus miembros, se cubrirán por el tiempo restante del mandato del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma.

12. El presidente del consejo de vigilancia de una institución autónoma es elegido para el mandato del consejo de vigilancia de una institución autónoma por los miembros del consejo de vigilancia de entre ellos por mayoría simple del número total de votos de los miembros del consejo de vigilancia de la institución autónoma.

13. Un representante de los trabajadores de una institución autónoma no podrá ser elegido presidente del consejo de supervisión de una institución autónoma.

14. El consejo de vigilancia de una institución autónoma tiene derecho a reelegir a su presidente en cualquier momento.

15. El presidente del consejo de vigilancia de una institución autónoma organiza el trabajo del consejo de vigilancia de una institución autónoma, convoca sus reuniones, las preside y organiza la redacción de actas.

16. En ausencia del presidente del consejo de vigilancia de una institución autónoma, sus funciones serán desempeñadas por el miembro de mayor edad del consejo de vigilancia de la institución autónoma, con excepción del representante de los empleados de la institución autónoma.

Artículo 11. Competencia del Consejo de Vigilancia de una Institución Autónoma

1. El consejo de vigilancia de una institución autónoma considera:

1) las propuestas del fundador o titular de la institución autónoma para modificar los estatutos de la institución autónoma;

2) propuestas del fundador o titular de una institución autónoma sobre la creación y liquidación de sucursales de una institución autónoma, sobre la apertura y cierre de sus oficinas de representación;

3) propuestas del fundador o titular de la institución autónoma respecto de la reorganización de la institución autónoma o su liquidación;

4) propuestas del fundador o titular de la institución autónoma sobre la incautación de bienes asignados a la institución autónoma en el derecho de gestión operativa;

5) propuestas del jefe de una institución autónoma sobre la participación de una institución autónoma en otras entidades legales, incluida la contribución de fondos y otros bienes al capital autorizado (participación) de otras personas jurídicas o la transferencia de dicha propiedad de otra manera a otras personas jurídicas, como fundador o participante;

6) un proyecto de plan de actividades financieras y económicas de una institución autónoma;

7) previa presentación del jefe de la institución autónoma, borradores de informes sobre las actividades de la institución autónoma y sobre el uso de su propiedad, sobre la implementación del plan para sus actividades financieras y económicas, los estados financieros anuales de la institución autónoma ;

8) propuestas del jefe de una institución autónoma para concluir transacciones para la enajenación de bienes, que, de conformidad con las Partes 2 y 6 del Artículo 3 de esta Ley Federal, la institución autónoma no tiene derecho a disponer de forma independiente;

9) propuestas del titular de una institución autónoma sobre transacciones importantes;

10) propuestas del titular de una institución autónoma sobre la realización de operaciones en las que exista interés;

11) propuestas del titular de la institución autónoma sobre la elección de instituciones de crédito en las que la institución autónoma podrá abrir cuentas bancarias;

12) asuntos relacionados con la realización de una auditoría de los estados financieros anuales de una institución autónoma y la aprobación de una organización de auditoría.

2. El Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma hará recomendaciones sobre los temas especificados en los párrafos 1-5 y 8 del párrafo 1 de este artículo. El fundador de la Institución Autónoma tomará decisiones sobre estos asuntos después de considerar las recomendaciones del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma.

3. El consejo de vigilancia de una institución autónoma emitirá una opinión sobre la cuestión prevista en el punto 6 del apartado 1 de este artículo, una copia de la cual se enviará al fundador de la institución autónoma. El consejo de vigilancia de una institución autónoma emitirá una opinión sobre el tema especificado en el párrafo 11 del párrafo 1 de esta sección. El titular de la institución autónoma tomará decisiones sobre estos asuntos después de considerar las conclusiones del consejo de supervisión de la institución autónoma.

4. Los documentos presentados de conformidad con el apartado 7 de la parte 1 de este artículo serán aprobados por el consejo de supervisión de la institución autónoma. Se enviarán copias de estos documentos al fundador de la institución autónoma.

5. El Consejo de Vigilancia de una Institución Autónoma tomará decisiones sobre las cuestiones previstas en las Cláusulas 9, 10 y 12 de la Parte 1 de este Artículo, que son vinculantes para el titular de la Institución Autónoma.

7. Las decisiones sobre las cuestiones a que se refieren los incisos 9 y 12 del apartado 1 de este artículo serán tomadas por el Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma por mayoría de dos tercios del número total de votos de los miembros del Consejo de Vigilancia. de la Institución Autónoma.

8. La decisión sobre el tema especificado en la cláusula 10 de la parte 1 de este artículo es tomada por el consejo de supervisión de una institución autónoma en la forma prescrita por las partes 1 y 2 del artículo 17 de esta Ley Federal.

9. Las cuestiones que sean competencia del consejo de supervisión de una institución autónoma de conformidad con el apartado 1 de este artículo no podrán ser remitidas a otros órganos de la institución autónoma para su consideración.

10. A requerimiento del Consejo de Vigilancia de una Institución Autónoma o de cualquiera de sus miembros, los demás órganos de la Institución Autónoma estarán obligados a informar sobre las materias de la competencia del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma.

Artículo 12

1. Las reuniones del consejo de vigilancia de una institución autónoma se celebran cuando sea necesario, pero al menos una vez al trimestre.

2. Una reunión del consejo de supervisión de una institución autónoma es convocada por su presidente por iniciativa propia, a solicitud del fundador de la institución autónoma, un miembro del consejo de supervisión de la institución autónoma o el director de la institución autónoma .

3. El estatuto de la institución autónoma determina el procedimiento y los términos para preparar, convocar y celebrar las reuniones del consejo de vigilancia de una institución autónoma.

4. El titular de la institución autónoma tendrá derecho a participar en una reunión del consejo de supervisión de una institución autónoma. En la reunión del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma podrán participar otras personas invitadas por el Presidente del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma, salvo que más de un tercio del número total de miembros del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma se oponga a su presencia.

5. Una reunión del Consejo de Vigilancia de una Institución Autónoma será válida si todos los miembros del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma han sido notificados de la hora y el lugar de la reunión y más de la mitad de los miembros del Consejo de Vigilancia de la misma. Institución Autónoma están presentes en la reunión. Un miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma no podrá transferir su voto a otra persona.

6. El estatuto de una institución autónoma podrá prever la posibilidad de tener en cuenta la opinión escrita de un miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma que se ausente de su reunión por una causa justificada, al determinar la presencia de quórum y los resultados de las votaciones, así como la posibilidad de tomar decisiones por el consejo de vigilancia de una institución autónoma mediante el voto a distancia. El procedimiento especificado no se puede aplicar cuando se toman decisiones sobre las cuestiones previstas en los párrafos 9 y 10 de la Parte 1 del Artículo 11 de esta Ley Federal.

7. Cada miembro del consejo de vigilancia de una institución autónoma tendrá un voto en la votación. En caso de igualdad de votos, el voto del Presidente del Consejo de Vigilancia de la Institución Autónoma será decisivo.

8. La primera reunión del consejo de vigilancia de una institución autónoma después de su creación, así como la primera reunión de la nueva composición del consejo de vigilancia de una institución autónoma, se convocará a solicitud del fundador de la institución autónoma. Antes de la elección del presidente del consejo de vigilancia de la institución autónoma, dicha reunión será presidida por el miembro de mayor edad del consejo de vigilancia de la institución autónoma, con excepción del representante de los trabajadores de la institución autónoma.

Artículo 13. Titular de una Institución Autónoma

1. La competencia del titular de una institución autónoma (director, director general, rector, médico jefe, director artístico, gerente, etc.) comprende las materias propias de la dirección corriente de las actividades de una institución autónoma, con excepción de las materias referidas por leyes federales o el estatuto de una institución autónoma a la competencia del fundador de una institución autónoma, el Consejo de Supervisión de la Institución Autónoma u otros órganos de la Institución Autónoma.

2. El titular de una institución autónoma, sin poder notarial, actúa en nombre de la institución autónoma, incluida la representación de sus intereses y la realización de transacciones en su nombre, aprueba la plantilla de la institución autónoma, su plan de actividades financieras y económicas, sus estados financieros anuales y los documentos internos que regulan las actividades de la institución autónoma. , emite órdenes y da instrucciones que son vinculantes para todos los empleados de una institución autónoma.

Artículo 14. Grandes operaciones

Para los efectos de esta Ley Federal, una transacción mayor es una transacción relacionada con la disposición de fondos, la atracción de fondos prestados, la enajenación de bienes (que, de conformidad con esta Ley Federal, una institución autónoma tiene derecho a disponer de independientemente), así como la enajenación de tales bienes en uso o en prenda, siempre que el precio de tal transacción o el valor de los bienes enajenados o enajenados exceda del diez por ciento del valor en libros de los activos de la institución autónoma, determinado sobre la base de sus estados financieros a la fecha del último informe, a menos que los estatutos de la institución autónoma prevean una cantidad menor de una transacción importante.

Artículo 15. El procedimiento para realizar operaciones importantes y las consecuencias de su infracción.

1. Una operación mayor se realiza con la aprobación previa del consejo de vigilancia de una institución autónoma. El consejo de supervisión de una institución autónoma está obligado a considerar la propuesta del titular de la institución autónoma para concluir una transacción importante dentro de los quince días naturales a partir del momento en que dicha propuesta sea recibida por el presidente del consejo de supervisión de la institución autónoma, a menos que el estatuto de la institución autónoma prevé un período más corto.

2. Una operación importante realizada en violación de los requisitos de este artículo podrá ser declarada nula a instancia de una institución autónoma o de su fundador, si se prueba que la otra parte en la operación sabía o debería haber sabido de la falta de aprobación. de la operación por el consejo de vigilancia de la institución autónoma.

3. El titular de una institución autónoma será responsable frente a la institución autónoma en el monto de las pérdidas causadas a la institución autónoma como resultado de realizar una operación importante en violación de los requisitos de este artículo, independientemente de que esta operación haya sido declarada inválido.

Artículo 16. Interés en una Transacción por una Institución Autónoma

1. Para los efectos de esta Ley Federal, los miembros del consejo de supervisión de la institución autónoma, el jefe de la institución autónoma y sus adjuntos se reconocen como personas interesadas en la celebración de transacciones por parte de una institución autónoma con otras personas jurídicas y ciudadanos, sujeto a las condiciones especificadas en la Parte 3 de este Artículo.

2. El procedimiento establecido por esta Ley Federal para la celebración de operaciones en las que exista interés no se aplicará a la celebración de operaciones relacionadas con la realización de trabajos por una institución autónoma, la prestación de servicios por ella en el ejercicio de sus funciones. actividades estatutarias ordinarias, en condiciones que no difieran materialmente de las condiciones para realizar transacciones similares.

3. Una persona se reconoce como interesada en la transacción si él, su cónyuge (incluido el anterior), padres, abuelos, hijos, nietos, hermanos y medio hermanos y hermanas, así como primos y hermanas, tíos, tías ( en incluir hermanos y hermanas de los padres adoptivos de esta persona), sobrinos, padres adoptivos, adoptados:

1) sea parte de la transacción, beneficiario, intermediario o representante;

2) poseer (cada uno individualmente o en conjunto) el veinte o más por ciento de las acciones con derecho a voto de una sociedad anónima o una participación que exceda el veinte por ciento del capital social de una sociedad de responsabilidad limitada o adicional, o ser el único o uno de no más de tres fundadores de otra persona jurídica, que en la operación sea contraparte de una institución autónoma, beneficiario, intermediario o representante;

3) ocupar cargos en los órganos de administración de una persona jurídica que sea contraparte de una institución autónoma, beneficiaria, intermediaria o representante en una operación.

4. Con carácter previo a la realización de una operación, el interesado estará obligado a notificar al titular de la institución autónoma y al consejo de vigilancia de la institución autónoma una operación que le sea puesta en conocimiento o una propuesta de operación que le sea conocida, en la que podrá ser reconocido como parte interesada.

Artículo 17

1. Una operación de parte interesada puede celebrarse con la aprobación previa del consejo de vigilancia de una institución autónoma. El consejo de vigilancia de una institución autónoma está obligado a considerar una propuesta para concluir una transacción de parte interesada dentro de los quince días naturales a partir del momento en que dicha propuesta sea recibida por el presidente del consejo de vigilancia de la institución autónoma, a menos que el estatuto de la institución autónoma disponga por un período más corto.

2. La decisión de aprobar una operación de interesado se tomará por mayoría de votos de los miembros del consejo de vigilancia del organismo autónomo que no estén interesados ​​en la operación. Si las personas interesadas en realizar una transacción constituyen la mayoría en el consejo de vigilancia de una institución autónoma, la decisión de aprobar la transacción en la que hay interés la toma el fundador de la institución autónoma.

3. Una operación en la que exista un interés y que se haya celebrado con violación de los requisitos de este artículo podrá ser declarada nula a instancia de una institución autónoma o de su fundador, a menos que la otra parte de la operación pruebe que no sabía y no pudo tener conocimiento de la existencia de un conflicto de interés en relación con esta transacción o de la falta de su aprobación.

4. El interesado que haya infringido el deber previsto en el apartado 4 del artículo 16 de esta Ley Federal será responsable ante la institución autónoma por el importe de los perjuicios que le cause como consecuencia de una operación en la que exista un interés, en violación de los requisitos de este artículo, independientemente de si se declara nula esta transacción, si no prueba que no sabía ni podía saber sobre la transacción propuesta o sobre su interés en su realización. La misma responsabilidad incurrirá en el titular de una institución autónoma que no sea persona interesada en realizar una transacción en la que exista un interés, salvo que pruebe que no sabía ni podía saber de la existencia de un conflicto de interés. en relación con esta transacción.

5. Si varias personas son responsables de los perjuicios causados ​​a una entidad autónoma como consecuencia de una transacción entre interesados ​​en violación de los requisitos de este artículo, su responsabilidad será solidaria.

Capítulo 4. Reorganización y liquidación de una institución autónoma, cambiando su tipo

Artículo 18. Reorganización de una institución autónoma y cambio de su tipo.

1. Una institución autónoma puede ser reorganizada en los casos y en la forma prevista por el Código Civil de la Federación Rusa, esta Ley Federal y otras leyes federales.

2. La reorganización de una entidad autónoma podrá efectuarse en forma de:

1) la fusión de dos o más instituciones autónomas;

2) adhesión a una institución autónoma de una o varias instituciones de la forma de propiedad correspondiente;

3) división de una institución autónoma en dos instituciones o varias instituciones de la forma de propiedad correspondiente;

4) separación de una institución autónoma de una o varias instituciones de la forma de propiedad correspondiente.

3. Las instituciones autónomas pueden reorganizarse en forma de fusión o adhesión si se crean sobre la base de los bienes de un mismo propietario.

4. Una institución autónoma puede ser reorganizada si ello no implica una violación de los derechos constitucionales de los ciudadanos en el ámbito sociocultural, incluidos los derechos de los ciudadanos a recibir atención médica y educación gratuitas, o el derecho a participar en la vida cultural. .

5. Una institución presupuestaria puede ser creada por decisión del fundador de una institución autónoma cambiando su tipo en la forma establecida por:

1) por el Gobierno de la Federación Rusa con respecto a instituciones autónomas establecidas sobre la base de propiedad federal;

2) por una autoridad pública de una entidad constituyente de la Federación Rusa en relación con instituciones autónomas creadas sobre la base de propiedad de una entidad constituyente de la Federación Rusa;

3) por un organismo de autogobierno local con respecto a las instituciones autónomas establecidas sobre la base de la propiedad municipal.

Artículo 19. Liquidación de una Institución Autónoma

1. Una institución autónoma puede ser liquidada por los motivos y en la forma prevista por el Código Civil de la Federación Rusa.

2. Los créditos de los acreedores de una institución autónoma en liquidación se satisfarán a expensas de los bienes contra los que pueda ejecutarse de conformidad con esta Ley Federal.

3. Los bienes de una institución autónoma que queden después de la satisfacción de los créditos de los acreedores, así como los bienes que, de conformidad con las leyes federales, no puedan ser gravados por las obligaciones de una institución autónoma, serán transferidos por la comisión de liquidación a la fundador de la institución autónoma.

Capítulo 5. Disposiciones Finales

Artículo 20. Disposiciones finales

1. El monto del apoyo financiero para el cumplimiento de la tarea, establecido por el fundador de una institución estatal o municipal (presupuestaria o autonómica), no puede depender del tipo de tal institución.

2. No se permite cambiar el tipo de instituciones estatales y municipales existentes hasta la aprobación del procedimiento para determinar los tipos de bienes muebles especialmente valiosos previstos en la Parte 3 del Artículo 3 de esta Ley Federal.

3. No se permite cambiar el tipo de instituciones de salud estatales y municipales existentes.

Artículo 21. Entrada en vigor de esta Ley Federal

La presente Ley Federal entrará en vigor a los sesenta días de la fecha de su publicación oficial.

Presidente de la Federación Rusa