Por encima de lo cual no puede estar sujeto a uno. Se establece el precio máximo de contrato para medicamentos con nombres genéricos internacionales - Rossiyskaya Gazeta Decreto 929

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 17 de octubre de 2013 No. 929 “Sobre el establecimiento del valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), por encima del cual no pueden ser objeto de un contrato (un lote) medicamentos con varias denominaciones comunes internacionales o, en su defecto, con denominaciones químicas de agrupación” (no entró en vigor)

De conformidad con la cláusula 6 de la parte 1 del artículo 33 ley Federal"ACERCA DE sistema de contrato en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales" Gobierno Federación Rusa decide:

1. Establecer el valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), por encima del cual los medicamentos con denominaciones comunes internacionales diferentes o, en su defecto, con denominaciones comunes químicas, no pueden ser objeto de un contrato (una lote), por la cantidad de (con excepción de los casos previstos en esta resolución):

1 millón de rublos - para clientes cuyo volumen Dinero gastado en la compra de medicamentos en el año anterior ascendió a menos de 500 millones de rublos;

2,5 millones de rublos: para clientes cuyos fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior oscilaron entre 500 millones de rublos y 5 mil millones de rublos;

5 millones de rublos: para clientes cuyos fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior ascendieron a más de 5 mil millones de rublos.

2. Establecer el valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote) en la cantidad de 1 mil rublos, si el objeto de un contrato (un lote), junto con otro medicamento (otros medicamentos ), es el suministro de los siguientes medicamentos:

medicamento con una denominación común internacional (en ausencia de tal denominación - con una denominación química, de agrupación), dentro de la cual no se encuentran registrados en a su debido tiempo medicamentos similares en forma de dosificación y dosificación;

estupefaciente;

droga psicotrópica;

fármaco radiofarmacéutico.

3. Reconocer como inválido el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de fecha 6 de abril de 2013 No. 301 "Al establecer el valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), si se excede, varios medicamentos con denominaciones comunes internacionales o, en su defecto, con denominaciones químicas de agrupación" (Sobraniye zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2013, No. 15, art. 1787).

Descripción general del documento

Se ha establecido el precio máximo inicial (máximo) del contrato (lote) por encima del cual los medicamentos con varias denominaciones comunes internacionales (en su defecto, con denominaciones químicas, de agrupación) no pueden ser objeto de 1 contrato (lote).

Depende de la cantidad de fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior. Si ascendió a menos de 500 millones de rublos. - 1 millón de rublos; de 500 millones a 5 mil millones de rublos. - 2,5 millones de rublos; más de 5 mil millones de rublos. - 5 millones de rublos.

Una excepción son las situaciones en las que el objeto de 1 contrato (lote), junto con otras drogas, es el suministro de una droga con INN (nombre químico, agrupación) en ausencia de análogos en forma de dosificación y dosificación, así como narcóticos, psicotrópicos y radiofármacos. En este caso, el precio máximo inicial (máximo) del contrato (lote) es de 1 mil rublos.

Los valores límite del precio inicial (máximo) del contrato (lote), establecidos en abril de 2013, fueron declarados nulos.

¿Cómo es el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de fecha 17 de octubre de 2013 No. 929 “Sobre el establecimiento del valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), por encima del cual no se pueden vender medicamentos con diferentes denominaciones comunes internacionales el objeto de un contrato (un lote), o cuando la ausencia de tales nombres con nombres químicos, agrupación”?

Respuesta

Lea la respuesta a la pregunta en el artículo: Si durante la formación términos de referencia no pedimos indicadores específicos para clavos, ¿es necesario indicar el país de origen de los clavos, y si pedimos indicadores específicos para pintura, es necesario indicar el país?

Para que el cliente indique información en las columnas 8 y 9, deberá guiarse por la Ley N° 44-FZ y el Decreto N° 929, ya que tiene por objeto determinar la cantidad de medicamentos con DCI diferentes o en su defecto de tales nombres con nombres químicos, agrupando nombres que pueden ser objeto de un contrato (un lote), y también establece límites para el tamaño del IMCC en los casos especificados en este documento.

Llamamos la atención sobre el hecho de que el art. 33 de la Ley N° 44-FZ establece las reglas para la descripción del objeto de contratación. En particular, el apartado 6 de la parte 1 del art. 33 de la Ley N° 44-FZ establece las características de la descripción del objeto de contratación en el caso de la adquisición de medicamentos. En el apartado 6 de la parte 1 del art. 33 de la Ley N° 44-FZ establece que la documentación de contratación debe contener una indicación de los nombres genéricos internacionales (en adelante, DCI) de los medicamentos o, en su defecto, los nombres químicos, de agrupación, si el objeto de adquisición son medicamentos. El cliente, al comprar medicamentos incluidos en la lista de medicamentos, cuya compra se realiza de acuerdo con sus nombres comerciales, así como al comprar medicamentos de acuerdo con el párrafo 7 de la parte 2 del art. 83 de la Ley N° 44-FZ tiene derecho a indicar nombres comerciales estos medicamentos. Esta lista y el procedimiento para su formación son aprobados por el Gobierno de la Federación Rusa. Si el objeto de la adquisición son medicamentos, el objeto de un contrato (un lote) no puede ser medicamentos con diferentes DCI o, en ausencia de tales nombres, con nombres químicos que agrupen, siempre que el precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote) exceda el límite el valor establecido por el Gobierno de la Federación Rusa, así como medicamentos con INN (en ausencia de tales nombres con nombres químicos, grupos) y nombres comerciales.

Nos centramos en el hecho de que el párrafo 6 de la Parte 1 del art. 33 de la Ley N° 44-FZ se aplica a los clientes. Así, según el apartado 7 del art. 3 de la Ley N° 44-FZ, el cliente es un cliente estatal o municipal, o de conformidad con la Parte 1 del art. 15 de la Ley N° 44-FZ, institución presupuestaria que realiza compras. A su vez, con fundamento en el apartado 5 del art. 3 de la Ley N° 44-FZ, el cliente estatal es un organismo estatal (incluido el organismo el poder del Estado), la Corporación Estatal de Energía Atómica "Rosatom", el organismo de gestión del fondo extrapresupuestario estatal o una institución pública estatal que actúa en nombre de la Federación de Rusia o una entidad constituyente de la Federación de Rusia, autorizada para aceptar obligaciones presupuestarias de conformidad con la legislación presupuestaria de la Federación Rusa en nombre de la Federación Rusa o una entidad constitutiva de la Federación Rusa y la compra. Considerando que, de conformidad con el apartado 6 del art. 3 de la Ley No. 44-FZ, un cliente municipal es un organismo municipal o una agencia del gobierno municipal que actúa en nombre del municipio, autorizado para aceptar obligaciones presupuestarias de acuerdo con la legislación presupuestaria de la Federación Rusa en nombre del municipio y haciendo compras De acuerdo con la Parte 1 del art. 9.2 de la Ley Federal del 12 de enero de 1996 No. 7-FZ "Sobre Organizaciones No Comerciales" institución presupuestaria Reconocido organización sin ánimo de lucro, creado por la Federación Rusa, una entidad constitutiva de la Federación Rusa o un municipio para la realización del trabajo, la prestación de servicios para garantizar la implementación de los poderes previstos por la legislación de la Federación Rusa, respectivamente, de público autoridades ( agencias gubernamentales) o gobiernos locales en los campos de la ciencia, la educación, la salud, la cultura, Protección social, empleo, cultura Física y deportes, así como en otras áreas.

Dado que el apartado 6 de la parte 1 del art. 33 de la Ley No. 44-FZ se aplica a los clientes, luego el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 17 de octubre de 2013 No. 929 “Sobre el establecimiento del valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote ), por encima de los cuales los medicamentos no pueden ser objeto de un contrato (un lote) significa con diferentes DCI o, en su defecto, con nombres químicos, agrupados” (en adelante, el Decreto N° 929) también se aplica a los clientes. Al mismo tiempo, este Decreto del Gobierno de la Federación Rusa establece una división categórica de clientes y la aplicación de ciertas reglas a cada categoría de clientes, así como casos que son una excepción y se aplican a los clientes.

Así, por ejemplo, para los clientes cuyos fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior ascendieron a menos de 500 millones de rublos, se estableció que el valor límite de los NMCC (precios de lote), por encima del cual no pueden ser objeto de un contrato ( un lote) medicamentos con diferentes DCI o, en ausencia de tales nombres con nombres químicos, agrupados, por un monto de 1 millón de rublos, excepto en los casos especificados en el párrafo 2 de la Resolución No. ser objeto de un contrato ( un lote) medicamentos con diferentes DCI o, en ausencia de tales nombres, con nombres químicos, agrupados. De igual forma, las reglas previstas en el inciso 1 del Decreto N° 929 se aplican a las demás categorías de clientes.

A su vez, el numeral 2 del Decreto N° 929 contiene excepciones a regla general. Entonces, por ejemplo, si el objeto de un contrato (un lote) junto con otra droga (otras drogas) es el suministro de una droga psicotrópica, entonces el valor límite del NMTsK inicial (precio del lote) es de 1 mil rublos.

Tenga en cuenta que en la actualidad, al planificar compras para 2014-2016, los clientes de acuerdo con la Parte 2 del art. 112 de la Ley N° 44-FZ se colocan en un solo sistema de informacion antes de la puesta en servicio en el sitio web oficial) cronogramas para realizar pedidos para 2014-2016 de acuerdo con las normas vigentes antes de la fecha de entrada en vigencia de la Ley No. 44-FZ, teniendo en cuenta las especificaciones establecidas por la Orden No. 182 del Ministerio de Desarrollo Económico de Rusia, No. 7n del Tesoro de Rusia de fecha 31 de marzo de 2015 "Sobre las características de la colocación en un sistema de información único o antes de la puesta en servicio de este sistema en el sitio web oficial de la Federación Rusa en la información y telecomunicaciones red" Internet "para publicar información sobre la realización de pedidos para el suministro de bienes, realización de trabajos, prestación de servicios de horarios para realizar pedidos para 2015 - 2016".

Así, por ejemplo, según el par. párrafos "h" y "y". 2 p.5 Presenta la colocación del cronograma en el sitio web oficial en forma de cronogramas para realizar pedidos para el suministro de bienes, desempeño del trabajo, prestación de servicios para las necesidades de los clientes, aprobado por orden del Ministerio desarrollo economico de la Federación Rusa y el Tesoro Federal de fecha 27 de diciembre de 2011 No. 761/20n “Sobre la aprobación del procedimiento para colocar en el sitio web oficial los horarios para realizar pedidos para el suministro de bienes, realización de trabajos, prestación de servicios para el necesidades de los clientes y formularios de programa para realizar un pedido para el suministro de bienes, trabajos de ejecución, prestación de servicios para las necesidades de los clientes” (en lo sucesivo, el “formulario de programa”) se lleva a cabo sujeto a las siguientes disposiciones:

La columna 8 indica la cantidad de bienes, obras, servicios que son objeto del contrato;

La columna 9 indica NMTsK (en miles de rublos). Al mismo tiempo, el NMCC lo determina el cliente de acuerdo con los requisitos del art. 22 de la Ley N° 44-FZ.

Así, por ejemplo, para que el cliente indique información en las columnas 8 y 9, deberá guiarse por la Ley N° 44-FZ y la Resolución N° 929, ya que tiene por objeto determinar la cantidad de medicamentos con diferente DCI o, en su defecto, denominaciones de agrupación con nombres químicos, que pueden ser objeto de un contrato (un lote), y también establece restricciones sobre el tamaño del IMCC en los casos especificados en este documento.

La revista es la única revista en la que se dan explicaciones prácticas no solo por los principales expertos de la industria, sino también por especialistas del Servicio Federal Antimonopolio de Rusia y el Ministerio de Desarrollo Económico de Rusia.

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 17 de octubre de 2013 N 929 "Sobre el establecimiento del valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), por encima del cual los medicamentos con diferentes nombres genéricos internacionales o en ausencia de dichos nombres no pueden ser objeto de un contrato (un lote) con nombres de grupos químicos"

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

ACERCA DE ESTABLECER EL LÍMITE

PRECIO INICIAL (MÁXIMO) DEL CONTRATO (PRECIO DEL LOTE),

SUPERACIÓN QUE NO PUEDE SER OBJETO DE UNA

DEL CONTRATO (UN LOTE) MEDICAMENTOS CON DIFERENTES

NOMBRES COMUNES INTERNACIONALES

O EN AUSENCIA DE TALES NOMBRES

CON NOMBRES DE GRUPOS QUÍMICOS

De conformidad con la cláusula 6 de la parte 1 del artículo 33 de la Ley Federal "Sobre el sistema de contratos en el campo de la adquisición de bienes, obras, servicios para satisfacer las necesidades estatales y municipales", el Gobierno de la Federación de Rusia decide:

1. Establecer el valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), por encima del cual los medicamentos con denominaciones comunes internacionales diferentes o, en su defecto, con denominaciones comunes químicas, no pueden ser objeto de un contrato (una lote), por la cantidad de (salvo en los casos previstos en el apartado 2 de la presente resolución):

1 millón de rublos: para clientes cuyos fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior ascendieron a menos de 500 millones de rublos;

2,5 millones de rublos: para clientes cuyos fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior oscilaron entre 500 millones de rublos y 5 mil millones de rublos;

5 millones de rublos: para clientes cuyos fondos asignados para la compra de medicamentos en el año anterior ascendieron a más de 5 mil millones de rublos.

2. Establecer el valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote) en la cantidad de 1 mil rublos, si el objeto de un contrato (un lote), junto con otro medicamento (otros medicamentos ), es el suministro de los siguientes medicamentos:

un medicamento con un nombre común internacional (en ausencia de tal nombre, con un nombre químico, de agrupación), dentro del cual no hay medicamentos debidamente registrados similares en forma de dosificación y dosificación;

estupefaciente;

droga psicotrópica;

fármaco radiofarmacéutico.

3. Reconocer como inválido el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 6 de abril de 2013 N 301 "Sobre el establecimiento del valor límite del precio inicial (máximo) del contrato (precio del lote), si se excede, varios medicamentos con denominaciones comunes internacionales o, en su defecto, con denominaciones químicas de agrupación" (Sobraniye zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2013, N 15, art. 1787).